Norma Legal Oficial del día 30 de enero del año 2004 (30/01/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 112

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 30 de enero de 2004

cial El Peruano de la presente Resolucion, asi como la remision del Plan Anual a CONSUCODE y a PROMPYME, dentro del plazo establecido. Registrese, comuniquese, cumplase y publiquese.

dicha contratacion MORDAZA tenido en cuenta como requisito esencial la persona del locador, ya sea por sus caracteristicas inherentes, particulares o esenciales o por su determinada calidad profesional, ciencia arte u oficio," DEBE DECIR:

MORDAZA MORDAZA REVOLLAR MORDAZA 01884

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA
FE DE ERRATAS ACUERDO DE CONCEJO Nº 0187-2004-MDSA-CM Mediante Oficio Nº 035-2004-MDSA/ALC, la Municipalidad Distrital de San MORDAZA solicita se publique Fe de Erratas del Acuerdo de Concejo Nº 0187-2004-MDSA-CM, publicado en nuestra edicion del dia 22 de enero de 2004. DICE: "San MORDAZA, 5 de enero de 2003: DEBE DECIR: "San MORDAZA, 5 de enero de 2004: DICE: VISTO: En Sesion Ordinaria del Concejo Municipal de fecha 05 de enero del 2004, el Informe Tecnico Nº 01652003 -UR-MDSA de la Unidad de Rentas de fecha 29 de noviembre y el Informe Legal Nº 0191-2003-AL-MDSA de fecha 23 de diciembre de 2003 del Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Asesor Legal de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA, sobre Contratacion de Servicios Personalisimos de la Consultoria & Negociaciones MORDAZA E.I.R.L. para efectuar servicios de Fiscalizacion Tributaria Selectiva. DEBE DECIR: VISTO: en Sesion Ordinaria de Concejo Municipal de fecha 05 de enero del 2004, el Informe Tecnico Nº 01652003-UR-MDSA de la Unidad de Rentas, de fecha 29 de noviembre del 2003 y el Informe Legal Nº 0191-2003-ALMDSA de fecha 23 de diciembre del 2003, del Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Asesor Legal de la Municipalidad de San MORDAZA, sobre contratacion de Servicios Personalisimos de la Consultoria & Negociaciones MORDAZA E.I.R.L. para efectuar servicios de Fiscalizacion tributaria Selectiva." DICE: "Que el Inciso h) del Articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por D.S. Nº 012-2001-PCM, establece que se encuentran exonerados de los procesos de licitacion publica, concurso publico y adjudicaciones directas o contrataciones de servicios personalisimos," DEBE DECIR: "Que, el inciso h) del Articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por D.S. Nº 012-2001-PCM, establece que se encuentran exonerados de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico y Adjudicaciones Directa, las adquisiciones o contrataciones de servicios Personalisimos," DICE: "Que el articulo 111 del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones, aprobado por Nº 125-2002PCM, senala que se encuentran exonerados de los procesos de seleccion los contratos de locacion de servicios celebrado con personas naturales o juridicas cuando para

"Que el articulo 111º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones aprobado por el Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM y Modificado por D.S. Nº 1252002-PCM, senala que se encuentran exonerados de los procesos de seleccion los contratos de locacion de servicios celebrado con personas naturales o juridicas cuando para dicha contratacion MORDAZA tenido en cuenta como requisito esencial la persona del locador, ya sea por sus caracteristicas inherentes, particulares , esenciales o por su determinada calidad, profesion, ciencia arte u oficio;" DICE: "Que, el Articulo 113º del Reglamento interno establece que las resoluciones que aprueban las exoneraciones de MORDAZA de seleccion requerida obligatoriamente de un informe tecnico legal preciso que contenga la justificacion tecnico-legal de la adquisicion o contratacion y de la necesidad de la exoneracion y contemplara criterios de economia, tales como costos y la oportunidad;" DEBE DECIR: "Que, el Articulo 113º del Reglamento establece que las resoluciones que aprueban las exoneraciones de procesos de seleccion, requieren obligatoriamente de un informe tecnico legal previo, que contenga la justificacion tecnica- legal de la adquisicion o contratacion y de la necesidad de la exoneracion y contemplara criterios de economia tales como costos y la oportunidad" DICE: "Que, se ha considerado un valor Referencial de Recaudacion de 8'000,000.00" DEBE DECIR: "Que, se ha considerado un valor Referencial de Recaudacion de S/. 8'000,000.00" DICE: "Que la Empresa que cuenta con las caracteristicas y cualidades inherentes del servicio a prestar, la eficiencia y eficacia demostrada, infraestructura equipos staff tecnico, innovacion tecnologica y brinda la garantia de efectuar el servicio a contratar es la CONSULTORIA & NEGOCIACIONES MORDAZA E.I.R..L." DEBE DECIR: "Que la Empresa que cuenta con las caracteristicas y cualidades inherentes del servicio a prestar, la Eficiencia y Eficacia demostrada, Infraestructura Equipos Staff Tecnico, Innovacion Tecnologica, asi como profesionales Ingenieros, Contadores, Abogados , Tecnicos, analistas y brinda la garantia de efectuar el servicio a contratar es la CONSULTORIA & NEGOCIACIONES MORDAZA E.I.R.L." DICE: "Que, este servicio sera pagado con el 24% (Incluido Impuestos), cuando la Empresa, efectue la cobranza por via forzosa del Ejecutor Coactivo y 20% cuando LA EMPRESA efectue la cobranza por la via forzosa del Ejecutor coactivo, el porcentaje sera aplicado del valor recaudado; siendo el tiempo de Contrato de (06)seis meses." DEBE DECIR: "Que, este servicio sera pagado con el 24% (Incluido Impuestos), cuando la EMPRESA efectue la cobranza sin la intervencion forzosa del ejecutor coactivo y 20% cuando LA EMPRESA efectue la cobranza por la via forzosa del ejecutor coactivo, el porcentaje sera aplicado del valor recaudado, siendo el tiempo de contrato de (06) seis meses" 01879

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