Norma Legal Oficial del día 30 de enero del año 2004 (30/01/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 30 de enero de 2004

lo cual viene ocasionando problemas y reclamos de los beneficiarios debido a que no se entrega oportunamente el producto. Asimismo muestra su preocupacion por que estamos en el mes de diciembre y se corre el riesgo nuevamente que el producto que corresponde a esta remesa no sea distribuido en forma oportuna. Asimismo el Comite de Administracion del Programa Vaso de Leche muestra su preocupacion por las mismas razones, por lo que en reunion de fecha 5 de diciembre de 2003 acordaron solicitar al Concejo Municipal se DECLARE EN URGENCIA EL PROGRAMA VASO DE LECHE, durante los meses de noviembre y diciembre del 2003, con el mismo producto que las madres solicitaron en su oportunidad para los meses de MORDAZA a diciembre del presente ano (quinua, MORDAZA, kiwicha tostada con leche azucarada); De otro lado, el Comite Especial Permanente de esta Municipalidad manifiesta que de iniciarse el MORDAZA de Adjudicacion Directa Publica Nº 001-2003-MDLA/CEP, que aun se encuentra en CONSUCODE para su conformidad de la integracion de las Bases, este se desarrollaria en un plazo aproximado hasta fines de diciembre del presente ano, lo que significa que el producto de los meses de noviembre y diciembre del 2003 se estaria distribuyendo en enero del 2004, considerando el tiempo adicional por la firma de contrato, consentimiento de la Buena Pro y Analisis del Producto. Todo esto configura una situacion de caracter extraordinario y sobre el cual se hace necesario adoptar las medidas pertinentes a efectos de no desatender el suministro del producto alimenticio para el Programa Vaso de Leche, recomendando por lo tanto se DECLARE EN URGENCIA EL PROGRAMA VASO DE LECHE; Que, mediante Informe Nº 038-2003-MDLA-AL, la Asesoria Legal de la Municipalidad, comunica que de acuerdo al numeral 2) del articulo 108º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por D.S. Nº 013-2001-PCM, establece que la situacion de URGENCIA, debe entenderse como una medida temporal ante un hecho de excepcion que determina una accion rapida a fin de adquirir o contratar lo indispensable para paliar la URGENCIA, sin perjuicio que se realice el MORDAZA de Seleccion correspondiente para las adquisiciones y contrataciones definitivas; En tal sentido la Asesoria Legal manifiesta que resulta necesario que el Despacho de Alcaldia disponga las acciones inmediatas a efectos de restablecer y garantizar en forma oportuna la continuidad de la racion alimenticia del Programa Vaso de Leche y evitar un perjuicio a sus beneficiarios; por lo tanto recomienda DECLARAR EN SITUACION DE URGENCIA la Adquisicion de los insumos para el Programa Vaso de Leche del distrito de La MORDAZA, por el lapso de sesenta (60) dias, correspondiente a los meses de noviembre y diciembre del 2003, mediante Acuerdo de Concejo; Que, conforme lo establece el articulo 20º del D.S. Nº 012-2001-PCM, la declaracion de situacion de URGENCIA, se adoptara por Acuerdo de Concejo en el caso de los gobiernos locales, previo Informe Tecnico - Legal, a la cual se ha dado cumplimiento con los Informes Nº 0462003-MDLA/ADM; Nº 003-2003-MDLA/C ADM-PVL, Nº 038-2003-MDLA/AL, de la Oficina de Administracion, Comite de Administracion del Programa Vaso de Leche, y Asesoria Legal, respectivamente; En uso de las facultades establecidas por la Nueva Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, y de conformidad con lo establecido en el articulo 19º, inciso c), 20º inciso c) y 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por el D.S. Nº 012-2001-PCM, y contando con el MORDAZA mayoritario del Concejo; SE ACUERDA: Articulo Primero.- DECLARAR en situacion de URGENCIA la adquisicion de insumos para el Programa Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de La MORDAZA, correspondiente a los meses de noviembre y diciembre del 2003. Articulo Segundo.- AUTORIZAR al Area de Administracion para que traves de Abastecimiento proceda a la adquisicion de: 16,744.46 Kg. del producto: Quinua, MORDAZA, Kiwicha tostada con leche azucarada para el Programa Vaso de Leche con un valor referencial total de: S/. 100,466.76 (Cien Mil Cuatrocientos Sesenta y Seis y 76/100 Nuevos Soles); teniendo en cuenta la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento.

Articulo Tercero.- El egreso que origine la adquisicion del producto alimenticio, afectara la Fuente de Financiamiento: 13: "Donaciones y Transferencias - Programa Vaso de Leche". Articulo Cuarto.- PONER en conocimiento de la Contraloria General de la Republica, asi como disponer su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, en los plazos establecidos por la ley. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MACALUPU MORDAZA MORDAZA 01941

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA CHIMBOTE
.ijan monto de dieta de regidores y de remuneraciones del MORDAZA
ACUERDO DE CONCEJO Nº 001-2004-MDNCH MORDAZA Chimbote, 7 de enero del 2004 EL CONCEJO DISTRITAL DE MORDAZA CHIMBOTE: VISTO: En Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 07enero-2004, Fijar el monto de Dietas de los senores Regidores y Remuneracion del Titular del Pliego de la Municipalidad Distrital de MORDAZA Chimbote, ha tomado el siguiente Acuerdo: CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad son organos de Gobierno Local, que emanan de la voluntad popular. Son personas juridicas de derecho publico con autonomia economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Les son aplicables las leyes y disposiciones que de manera general y de conformidad con la Constitucion, regulan las actividades y funcionamiento del Sector Publico Nacional; Que, de conformidad con el Art. 12º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece que los regidores desempenan su cargo a tiempo parcial y tienen derecho a dietas fijadas por acuerdo del concejo municipal dentro del primer trimestre del primer ano de gestion. El acuerdo que las fija sera publicado obligatoriamente; Que, de conformidad al Art. 21º de la ley MORDAZA acotada, establece que el MORDAZA Provincial o Distrital, segun sea el caso, desempena su cargo a tiempo completo, y es rentado mediante una remuneracion mensual fijada por acuerdo de concejo municipal dentro del primer trimestre del primer ano de gestion y se publica obligatoriamente; Que, en Sesion de Concejo ordinaria de fecha 7 de enero del 2004, se acordo reajustar a un monto menor las dietas de los regidores y remuneracion del senor MORDAZA de la Municipalidad Distrital de MORDAZA Chimbote; Que, de conformidad a lo establecido en el Art. 9º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, con la MORDAZA Unanime del MORDAZA y Regidores y con el tramite de lectura y aprobacion del Acta; ACORDO: Articulo Primero.- FIJAR en S/. 2,075.00 Nuevos Soles, el monto por concepto de Dietas de los senores Regidores por Asistencia efectiva a cada sesion de concejo convocada y en S/. 6,750.00 Nuevos Soles, monto por concepto de Remuneracion del senor MORDAZA de la Municipalidad Distrital de MORDAZA Chimbote. Articulo Segundo.- DISPONER, que solo dos (2) sesiones de concejo remuneradas y las demas sesiones convocadas dentro del mes pertinente, seran AD HONOREM. Articulo Tercero.- La Gerencia Municipal, Oficina de Administracion, Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Sistemas, quedan encargadas de realizar las acciones pertinentes que conlleve al cumplimiento del presente

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