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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G30/G39/G33/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 30 de enero de 2004 dades, Ley Nº 27972; por Unanimidad, con dispensa del trámite de aprobación del acta; el Concejo aprobó la si- guiente: ORDENANZA Artículo 1º.- APROBAR el Reglamento Interior del Concejo Distrital de San Borja, el cual consta de cinco Tí- tulos, diez Capítulos, cinco Subcapítulos; setenta y un ar- tículos y dos Disposiciones Finales; de acuerdo al textoadjunto que debidamente visado forma parte integrante de la presente norma municipal. Artículo 2º.- Deróguese cualquier norma municipal que se oponga al presente Reglamento. Artículo 3º.- La presente Ordenanza entrará en vigen- cia a partir del día siguiente de su publicación. POR TANTO: Mando se publique, registre, comunique y cumpla. CARLOS ALBERTO TEJADA NORIEGA Alcalde 01942 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G43/G75/G61/G64/G72/G6F/G20/G64/G65/G20/G41/G73/G69/G67/G6E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G50/G65/G72/G2D /G73/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G6D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64 ACUERDO DE CONCEJO Nº 012-2004-MSB-C San Borja, 9 de enero de 2004 EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN BORJAVisto; en la I Sesión Ordinaria de fecha 7 de enero del 2004, el Informe Nº 012-2003-CEMRO de la Comisión Es- pecial Mixta de Reestructuración Organizacional; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú establece que las municipalidades son órganos de gobier-no local con autonomía política, económica y administrati-va en los asuntos de su competencia; Que, el numeral 32) del artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, establece que correspondeal Concejo Municipal aprobar el Cuadro de Asignación dePersonal; Que, el artículo 8º de la Ley precitada señala que la Administración Municipal está integrada por los funciona- rios y servidores públicos, empleados y obreros, que pres- tan servicios para la municipalidad; correspondiendo a cadamunicipalidad organizar la administración de acuerdo consus necesidades y presupuesto; Que, el artículo 16º de la Ley de Presupuesto del Sec- tor Público para el Año Fiscal 2004 - Ley Nº 28128 estable- ce que los Gobiernos Locales aprueban el Cuadro para Asignación de Personal mediante el acuerdo respectivo,previo informe favorable de la Oficina de Presupuesto yPlanificación o la que haga sus veces; Que, los Acuerdos son decisiones que toma el Concejo referidas a asuntos específicos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de go- bierno para practicar un determinado acto o sujetarse auna conducta o norma institucional; Que, mediante Acuerdo Nº 005-2004-MSB de fecha 7 de enero del 2004 se dispuso, hasta la conclusión de laaprobación de todos los instrumentos de gestión, la pró- rroga del Acuerdo de Concejo Nº 004-2003-MSB-C de fe- cha 8 de enero del 2003 y Acuerdo de Concejo Nº 043-2003-MSB-C de fecha 14 de mayo del 2003, por los que sedeclaró a la Municipalidad de San Borja en Reestructura-ción Orgánica y Reorganización Administrativa y se dispu-so la conformación de una Comisión Especial Mixta de Reestructuración Organizacional; De conformidad con lo establecido en el numeral 32) del artículo 9º y 41º de la Ley Orgánica de MunicipalidadesNº 27972, con dispensa del trámite de lectura y aprobaciónde acta, por unanimidad;ACORDÓ: Artículo Primero.- APROBAR el Cuadro de Asigna- ción de Personal (C.A.P.) de la Municipalidad de San Borja,el mismo que forma parte integrante de la presente Orde- nanza. Artículo Segundo.- DEJAR sin efecto cualquier dispo- sición que se oponga al presente Acuerdo. Artículo Tercero.- ENCARGAR el cumplimiento del presente acuerdo a la Gerencia General. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. CARLOS ALBERTO TEJADA NORIEGA Alcalde 01950 MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G52/GE9/G67/G69/G6D/G65/G6E/G20/G54/G72/G69/G62/G75/G74/G61/G72/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G6F/G73 /G41/G72/G62/G69/G74/G72/G69/G6F/G73/G20/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G65/G73 ORDENANZA Nº 070-MSI EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN ISIDRO POR CUANTO:EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN ISIDRO Visto en Sesión Ordinaria de fecha 23 de enero de 2004, el Dictamen Nº 003-2004-CAJ/MSI de la Comisión de Asun- tos Jurídicos, Dictamen Nº 002-2004-ADM-FIN/MSI de laComisión de Administración y Finanzas, el Informe Nº 050- 2004-15-OAJ/MSI de la Oficina de Asesoría Jurídica y el Informe Nº 003-2004-17-GREN/MSI de la Gerencia deRentas; y, CONSIDERANDO:Que, la Constitución Política del Perú reconoce a los Gobiernos Locales autonomía política, económica y admi-nistrativa en los asuntos de su competencia, y les otorga la potestad tributaria para crear, modificar y suprimir contri- buciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipa-les; Que, en aplicación del artículo 60º del Decreto Legisla- tivo Nº 776, el mismo que conforme a lo establecido por losartículos 195º inciso 4) y 74º de la Constitución Política del Perú, las Municipalidades crean, modifican y suprimen con- tribuciones o tasas y otorgan exoneraciones dentro de loslímites que fija la Ley; Que, el literal a) del artículo 68º del Decreto Legislativo Nº 776 modificado por Ley Nº 27180, establece que lasMunicipalidades podrán imponer tasas por servicios públi- cos o arbitrios, definiéndolas como aquellas que se pagan por la prestación o mantenimiento de un servicio públicoindividualizado en el contribuyente; Que, en los Gobiernos Locales, el Concejo Municipal cumple la función normativa, de acuerdo a lo establecidoen el artículo 194º de la Constitución Política del Perú; Que, la determinación de la cuantía de los arbitrios su- pone tanto la determinación de los costos totales de losservicios prestados, como la distribución de tales costos entre los contribuyentes sobre la base de criterios que ten- gan relación con el servicio prestado; Que, mediante la presente Ordenanza se establece el marco del régimen tributario aplicable a los arbitrios de lim- pieza pública, parques y jardines y seguridad ciudadanaen la jurisdicción del distrito de San Isidro, a fin de facilitar su distribución equitativa entre los contribuyentes; Que, es necesario adoptar las medidas pertinentes a fin de asegurar la continuidad y el buen financiamiento de los arbitrios mencionados en el considerando precedente; Estando a los informes y emitidos por la Gerencia de Rentas y la Oficina de Asesoría Jurídica; En uso de las facultades conferidas por el artículo 9º de Ley Nº 27972, Ley Orgánica de las Municipalidades y D. S.Nº 135-99-EF - Texto Único Ordenado del Código Tributa- rio, y con el voto unánime de los miembros del Concejo Municipal y aprobada la dispensa del trámite de aproba-ción de acta, se sanciona la siguiente: