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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE ENERO DEL AÑO 2004 (30/01/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 96

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G30/G39/G32/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 30 de enero de 2004 Nº 077-2003-OPP/MDMM de la Oficina de Presupuesto y Planificación. Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal para que disponga que la Dirección de Administración adopte las medidas pertinentes para el cumplimiento del presente Acuerdo. Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General la publi- cación del presente Acuerdo de Concejo y remitir copia certificada del mismo a la Contraloría General de la Repú-blica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisi- ciones del Estado - CONSUCODE. POR TANTO: Mando se registre y cumpla.FRANCIS JAMES ALLISON OYAGUE Alcalde 01851 MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G52/G65/G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G49/G6E/G74/G65/G72/G6E/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G43/G6F/G6E/G2D /G63/G65/G6A/G6F/G20/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C ORDENANZA Nº 144 Miraflores, 21 de enero del 2004 EL ALCALDE DE MIRAFLORES POR CUANTO: El Concejo Municipal de Miraflores, en Sesión Ordina- ria de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Es- tado, consagra el concepto de Autonomía Municipal, Ga- rantía Institucional sobre la base de la cual las Municipali- dades tienen autonomía política, económica y administra-tiva en los asuntos de su competencia; Que, en concordancia con la autonomía política de la que gozan las Municipalidades, el artículo constitucionalcitado en el párrafo anterior ha otorgado expresamente al Concejo Municipal, conformante de la estructura orgánica de cada gobierno local, la función normativa respecto deaquellos asuntos que son de su competencia; Que, en tal orden de ideas, el Concejo Municipal cum- ple su función normativa, fundamentalmente a través delas Ordenanzas Municipales, las cuales de conformidad con lo previsto por el artículo 200º, inciso 4) de la Constitu- ción, en concordancia con el artículo 194º arriba glosado,ostentan rango normativo de ley, en su calidad de normas de carácter general de mayor jerarquía dentro de la estruc- tura normativa municipal, calidad reconocida por el artícu-lo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalida- des vigente a la fecha; Que, en armonía con lo hasta aquí expuesto, el nume- ral 8 del artículo 9º de la aludida Ley Nº 27972, establece que corresponde al Concejo Municipal aprobar, modificar o derogar las Ordenanzas; Que, con fecha 18 de enero de 1984 se expidió el Acuer- do de Concejo Nº 08-A, Reglamento Interno de Sesiones del Concejo Distrital de Miraflores, con el objeto de regularla organización y funcionamiento de las Sesiones de Con- cejo llevadas a cabo en el distrito; Que, dicha norma, que rigió las Sesiones de Concejo del distrito de Miraflores durante un amplio período de tiem- po, fue, al encontrarse desactualizada, sustituida por el Edicto Nº 01, norma publicada en el Diario Oficial El Pe-ruano con fecha 29 de marzo de 2003, que aprobó el “Re- glamento Interno del Concejo y de las Sesiones de Conce- jo de la Municipalidad”; Que, al expedirse el Edicto Nº 01, citado en el párrafo precedente, se encontraba aún vigente la Ley Orgánica de Municipalidades aprobada mediante Ley Nº 23853;Que, esta norma legal, en su artículo 110º, establecía que “(...) los Edictos son normas generales por cuya virtud se aprueban los tributos municipales y el Reglamento de Organización Interior (...)”; Que, en consecuencia, el Reglamento Interno del Con- cejo y de las Sesiones de Concejo de la Municipalidad, de fecha 29 de marzo de 2003, se aprobó mediante Edictotoda vez que éste era, al amparo del artículo 110º de la entonces vigente Ley Nº 23853, el mecanismo normativo idóneo para regular los aspectos organizativos de la co-muna, de la cual forma parte el Concejo Municipal, confor- me se desprendía del Título II, Capítulo II de dicha norma; Que, posteriormente a la publicación del Edicto Nº 01, se publicó en el Diario Oficial El Peruano la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades que nos rige a la fecha, y que deroga expresamente, en su Vigésimo Quinta Dispo-sición Complementaria, a la Ley Nº 23853; Que, la Ley Nº 27972, en el Capítulo II de su Título III, establece nuevos lineamientos básicos respecto de lasnormas municipales, clasificándose éstas, según esta nue- va norma en: 1. Ordenanzas (artículo 40º), 2. Acuerdos de Concejo (artículo 41º), y 3. Decretos de Alcaldía (artículo42º), sin perjuicio de las Resoluciones de Alcaldía que tie- nen como misión resolver asuntos de carácter administra- tivo (artículo 43º); Que, conforme podemos apreciar, la Ley Nº 27972 ha eliminado el concepto de Edictos, normas que, a mayor abundamiento, carecen del rango legal que sí ostentan lasOrdenanzas Municipales, como se ha sostenido líneas atrás; Que, el artículo 40º de la Ley Nº 27972, con respecto a las Ordenanzas, establece textualmente en su primer pá- rrafo que “... las ordenanzas de las municipalidades pro- vinciales y distritales, en la materia de su competencia,son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna (...)”; Que, en este orden de ideas, el artículo 9º, numeral 3 de la Ley Nº 27972, establece como competencia del Con- cejo Municipal la aprobación del Régimen de OrganizaciónInterior y Funcionamiento del Gobierno Local; Que, dentro de este contexto, resulta necesario apro- bar una norma que, dotada de la fuerza legal de una Or-denanza, desarrolle una regulación acorde, en la forma y en el contenido, con los cambios normativos que se han venido dando desde la dación del Edicto Nº 01, pu-blicado en el Diario Oficial El Peruano con fecha 29 de marzo de 2003, facilitando de tal modo el ejercicio cabal de las funciones normativas y fiscalizadoras constitu-cionalmente consagradas, de las cuales son titulares los regidores como parte integrante de los Concejos Muni- cipales; Estando a lo expuesto, en uso de las facultades esta- blecidas en la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, y con dispensa del trámite de aprobación del Acta,el Concejo por UNANIMIDAD, aprobó la siguiente: ORDENANZA REGLAMENTO INTERNO DEL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE MIRAFLORES TÍTULO I GENERALIDADES Artículo 1º.- Objeto: La presente Ordenanza tiene como propósito esencial regular el ejercicio, por parte del Concejo Municipal del Distrito de Miraflores, de las faculta- des normativas y fiscalizadoras conferidas a este órganomunicipal por el artículo 194º de la Constitución, y desa- rrolladas legalmente por el artículo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. En tal sentido, con esta regulación se busca que el ejer- cicio de las facultades mencionadas en el párrafo prece- dente, se realice de manera organizada, dotando así deuna mayor eficiencia a las decisiones tomadas. Artículo 2º.- Definiciones: Para todos los efectos de esta norma, se establece a continuación las siguientesdefiniciones básicas: 2.1. Concejo Municipal: Órgano de gobierno local, con- formante de la estructura orgánica de la Municipalidad de Miraflores, que ejerce facultades normativas y fiscalizado- ras.