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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G30/G39/G33/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 30 de enero de 2004 CATE- DESCRIPCIÓN DISTRIBUCIÓN ARBITRIO GORÍA DEL COST O MÍNIMO MENSUAL LP 06 Hospitales Clínicas y Centros Costo asignado a la categoría S/. 300.00 de Salud no comprendidos en distribuido en función al áreala Categoría LP 08. construida del predio LP 07 Terrenos sin Construir Costo asignado a la categoría S/. 9.50 distribuido en función al área construida del predio LP 08 Establecimientos que generan Costo asignado a la categoría S/. 350.00 desplazamiento de la población distribuido en función al área flotante no residentes en San construida del predio Isidro con áreas construidas su-periores a 600 mt2 dedicadas a las actividades siguientes: Ban- cos, Financieras, AFP , Cia. deSeguros, Cooperativas, Institu- ciones y Empresas Públicas, Oficinas dependientes de empre-sas, Hoteles de 4 y 5 estrellas, Restaurantes de 4 y 5 tenedores, Clínicas, Centros Médicos y Con- sultorios, grandes almacenes Para efectos de la determinación del arbitrio de limpieza pública se considera la categoría de los predios vigentes al1 de enero de cada Ejercicio Fiscal. Cualquier cambio de categoría que se produzca por el cambio de uso del predio rige a partir del mes siguiente de producido el hecho. 2.- ARBITRIO DE PARQUES Y JARDINES PÚBLICOS El costo total del servicio de parques y jardines se distri- buye entre las diferentes categorías de predios, las cuales se han establecido en función al beneficio real y potencial que ofrecen y que se expresa en los factores establecidos. El Arbitrio de Parques y Jardines que corresponde pagar por cada predio es el resultado de distribuir el costo del servi- cio de la categoría correspondiente entre los predios com-prendidos en la misma, en función al factor de distribución según el beneficio y al área total construida de cada predio. CATE- DESCRIPCIÓN FACTOR DE ARBITRIO GORÍA DISTRIB UCIÓN MÍNIMO SEGÚN BENEFICIO MENSUAL REAL PJ 01 Predios con acceso directo a 3.50 S/. 5.00 parques, sólo con vías peatona-les o rodeado de parques PJ 02 Predios con acceso inmediato a 2.00 S/. 5.00 parques y con vías para el trán- sito vehicular PJ 03 Predios con frente a avenidas 1.80 S/. 5.00 con áreas verdes en la berma central, boulevares, plazas, pla- zuelas y otros similares PJ 04 Predios con acceso mediato 1.60 S/. 5.00 (cercano) a parques, área deinfluencia de 100 a 150 mts PJ 05 No comprendidos en otras 1.00 S/. 5.00 categorías PJ 06 Establecimientos que generan Costo del servicio, asignado a S/. 20.00 desplazamiento de la población la categoría, distribuido en fun-flotante no residentes en San ción al área construida del Isidro con áreas constr uidas su- predio periores a 600 mt2 dedicadas alas actividades siguientes: Ban- cos, Financieras, AFP , Cia. de Seguros, Cooperativas, Institu-ciones y Empresas Públicas, Oficinas dependientes de empre- sas, Hoteles de 4 y 5 estrellas,Restaurantes de 4 y 5 tenedores, Clínicas, Centros Médicos y Consultorios, grandes almacenes 3.- ARBITRIO DE SEGURIDAD CIUDADANA El monto del arbitrio se obtiene de distribuir el costo total del servicio de seguridad ciudadana entre las catego- rías, el factor de distribución que corresponde al nivel del beneficio y el valor de cada uno de los predios asociados alas actividades que las definen comprendidos en cada ca- tegoría de acuerdo a la tabla siguiente: CATE- DESCRIPCIÓN FACTOR DE ARBITRIO GORÍA DISTRIB UCIÓN MÍNIMO SEGUN BENEFICIO MENSUAL SC 01 Área especifica de seguridad 1.5 S/. 11.00 con personal permanente y vigi-lancia vehicular (vivienda)CATE- DESCRIPCIÓN FACTOR DE ARBITRIO GORÍA DISTRIB UCIÓN MÍNIMO SEGUN BENEFICIO MENSUAL SC 02 Área especifica de seguridad 3.0 S/. 11.00 con personal permanente y vi-gilancia vehicular (comercio) SC 03 Otras áreas del distrito con vigi- 1.0 S/. 11.00 lancia vehicular (vivienda) SC 04 Otras áreas del distrito con vigi- 2.0 S/. 11.00 lancia vehicular (comercio) SC 05 Establecimientos que generan Costo del servicio, asignado a S/. 20.00 desplazamiento de la población la categoría, distribuido en fun-flotante no residentes en San ción al valor del predio Isidro con áreas construidas su- periores a 600 mt2 dedicadas alas actividades siguientes: Ban- cos, Financieras, AFP , Cías. de Seguros, Cooperativas, Institu-ciones y Empresas Públicas, Oficinas dependientes de empre- sas, Hoteles de 4 y 5 estrellas,Restaurantes de 4 y 5 tenedores, Clínicas, Centros Médicos y Con- sultorios, grandes almacenes Artículo 13º.- OBLIGACIÓN DE LOS PREDIOS NUE- VOS QUE SE REGISTREN Los predios que se adquieran o se concluya su cons- trucción durante el Ejercicio Fiscal están obligados a pa-gar los arbitrios, a partir del mes siguiente de producido el hecho. CAPÍTULO III DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES Primera.- Facúltese al Alcalde de San Isidro para que mediante Decreto dicte las disposiciones complementariasnecesarias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza. Segunda.- La información complementaria que com- prende la descripción de los costos de los servicios públi- cos, el número de contribuyentes y la metodología para la distribución de los costos está contenida en el Anexo quese adjunta y forma parte de la presente Ordenanza. Tercera.- Deróguense las siguientes disposiciones - Ordenanza Nº 02-97-MSI publicada el 17 de abril de 1997 y Ordenanza Nº 002-99-MSI de fecha 19-1-99. - Edicto Nº 25-MSI de fecha 20-1-94 y la Edicto Nº 030- 94-MSI de fecha 9-6-94, que regula los arbitrios de Limpie- za Pública y de Parques y Jardines. - Ordenanza Nº 03-97- publicada el 17 de abril de 1997,- Ordenanza Nº 66-MSI de publicada el 14 de enero del 2004. Cuarta.- La presente Ordenanza rige a partir del Ejer- cicio Fiscal 2004. POR TANTO: Mando se registre, comunique, publique y cumpla. Dado en San Isidro a los veintinueve días del mes de enero del año dos mil cuatro. ANTONIO UCCELLI RODRÍGUEZ Alcalde (E) 01948 MUNICIPALIDAD DE SAN MARTÍN DE PORRES /G44/G65/G74/G65/G72/G6D/G69/G6E/G61/G6E/G20/G66/G65/G63/G68/G61/G20/G64/G65/G20/G6D/G61/G74/G72/G69/G6D/G6F/G6E/G69/G6F/G20/G63/G69/G76/G69/G6C /G6D/G61/G73/G69/G76/G6F DECRETO DE ALCALDÍA Nº 003-2004/MDSMP San Martín de Porres, 28 de enero de 2004 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MARTÍN DE PORRES