Norma Legal Oficial del día 30 de enero del año 2004 (30/01/2004)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 104

Pag. 260934

NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 30 de enero de 2004

Visto, el pedido de la Regidora MORDAZA MORDAZA MORDAZA Castaneda, de realizar un Matrimonio Comunitario en el distrito de San MORDAZA de Porres, el mismo que fuera aprobado mediante Ordenanza Nº 085-MDSMP en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 14 de enero de 2003, la misma que fue publicada en el Diario Oficial El Peruano el dia 28 de enero de 2004; CONSIDERANDO Que, los Gobiernos Locales como parte del Estado tienen el deber de proteger a la familia y promover el matrimonio como institucion natural y fundamental de la sociedad de conformidad con lo dispuesto en el articulo 4º de la Constitucion Politica del Peru; Que, mediante Ordenanza Nº 085-MDSMP fue aprobada la realizacion de un Matrimonio Comunitario en el distrito de San MORDAZA de Porres, dando la Facultad al MORDAZA de establecer la fecha mediante Decreto de Alcaldia; Que, el articulo 233º del Codigo Civil establece la regularizacion juridica de la familia que tiene por finalidad contribuir a su consolidacion y fundamentalmente en MORDAZA con los principios y normas estipuladas en nuestra Constitucion Politica; Que, es facultad de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Porres, ayudar a aquellos vecinos del distrito que se encuentran aun en una situacion de hecho y requieren formalizar su situacion conyugal, facilitando para ello el procedimiento establecido; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en el Art. 20º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972; DECRETA: Articulo Primero.- Determinar que el MATRIMONIO CIVIL MASIVO se realizara el dia viernes 13 de febrero del 2004, a horas de 6.00 p.m., en la Plaza de MORDAZA del distrito de San MORDAZA de Porres. Articulo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Servicios de Programas Sociales, a la Division de Registros Civiles, el estricto cumplimiento del presente Decreto. Articulo Tercero.- Encargar a la Unidad de Imagen Institucional la publicacion y difusion del presente Decreto. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 01926

Que, el Concejo Distrital de Comas, mediante Ordenanza Nº 104-C/MC del 31.12.2003, publicada el 18.1.2004, en forma totalmente ilegal y arbitraria, pretende incluir como parte de su jurisdiccion la MORDAZA de Infantas, la cual pertenece a la Municipalidad de San MORDAZA de Porres, desconociendo los limites fijados mediante el articulo 3º Decreto Ley Nº 11369 del 22.5.1950; Que, esta actitud asumida por el Concejo Distrital de Comas, merece el rechazo total de parte de la Comunidad Sanmartiniana; Que, en uso de las atribuciones conferidas por los articulos 194º y 195º de la Ley Nº 27680 "Ley de Reforma Constitucional sobre Descentralizacion" que modifica el Capitulo XIV del Titulo IV de la Constitucion Politica del Peru y el articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, el Concejo por Mayoria aprobo el siguiente; ACUERDO: Articulo Primero.- RECHAZAR las pretensiones de la Municipalidad de Comas, quien mediante la Ordenanza Nº 104-C/MC publicada el 18.1.2004, aprueba el Expediente Tecnico que precisa una nueva Demarcacion Territorial del distrito de Comas, en la cual pretende anexarse la MORDAZA de Infantas. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Unidad de Imagen Institucional programe mediante forum, cursos, seminarios, la difusion adecuada de los limites del distrito de San MORDAZA de Porres. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA DUARTE MORDAZA MORDAZA 01929

Inician procedimiento disciplinario a ex funcionarios de la municipalidad
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 086-2004-AL-MDSMP San MORDAZA de Porres, 26 de enero de 2004 Visto, el Informe 001-2004/CEPAD de fecha 26 de enero de 2004, CONSIDERANDO: Que, mediante el Informe Nº 005-2002-02-2170 EXAMEN ESPECIAL A LA UNIDAD DE LOGISTICA CORRESPONDIENTE AL PERIODO COMPRENDIDO ENTRE EL 01 DE ENERO DEL 2000 AL 31 DE DICIEMBRE DEL 2001, del 28 de enero del 2003, en cuyo inciso 07 del acapite respectivo se recomienda al Titular que remita el mismo a la Comision de Procesos Administrativos Disciplinarios a fin que califique las faltas administrativas imputadas alli detalladas atribuidas a ex funcionarios de esta entidad y se proceda de acuerdo a lo previsto en los Articulos 166º al 168º del Reglamento de Bases de la MORDAZA Administrativa, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-90PCM; Que, de acuerdo al Articulo 173º del Reglamento de la MORDAZA Administrativa, ya citado, la Comision se encuentra dentro del plazo previsto para la apertura del MORDAZA administrativo disciplinario; Que, segun establece la Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de Contraloria de la Republica Nº 27785, Art. 15º Inc. "f", los informes que emitan los organos del Sistema constituyen pruebas pre constituidas para el inicio de las acciones administrativas y/o legales que MORDAZA recomendadas en dichos informes; Que, asimismo, la Comision de Procesos tiene la facultad de calificar las denuncias que le MORDAZA remitidas y de pronunciarse sobre la procedencia de abrir el MORDAZA, segun lo establece el Art. 166º del Reglamento de la MORDAZA Administrativa; Que, la Comision analizo el sustento de las observaciones consignadas en el informe, que a continuacion se detallan:

Expresan opinion respecto a expediente tecnico que precisa nueva demarcacion territorial del distrito de Comas
ACUERDO DE CONCEJO Nº 009-2004 San MORDAZA de Porres, 20 de enero de 2004 EL MORDAZA DISTRITAL DE SAN MORDAZA DE PORRES Visto, en Sesion Ordinaria de Concejo de la fecha, la Ordenanza Nº 104-C/MC del 31.12.2003, publicada el 18.1.2004, del Concejo Municipal Distrital de Comas, quien en forma totalmente ilegal ha incluido como parte de su jurisdiccion la MORDAZA de Infantas; CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, senala que las Municipalidades son los organos de Gobierno Local, tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, como lo establece el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.