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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE FEBRERO DEL AÑO 2004 (10/02/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 41

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G31/G38/G31/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 10 de febrero de 2004 los procedimientos de Ejecución Coactiva previstos en la Ley Nº 26979, sus normas modificatorias y reglamenta-rias. DE LAS INAFECTACIONESArtículo 13º.- Se encuentran exceptuados del pago del Aporte para Obras Públicas, los predios de propiedad de: a) Las Municipalidades. b) Las entidades religiosas, por sus predios destinados exclusivamente a templos, conventos, monasterios o asis-tencia social y hospitalarias no remuneradas. c) El Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú respecto de los predios destinados a sus funciones institu-cionales. d) Los centros educativos estatales.e) La Universidades Estatales siempre que se dediquen a fines educativos. Los pensionistas propietarios de un solo inmueble a nombre propio o de la sociedad conyugal destinado en suintegridad a casa habitación y que tengan como único in-greso económico la pensión que perciben cancelarán sóloel cincuenta por ciento (50%) del monto que le correspon-da aportar. Artículo 14º.- El Aporte para Obras Públicas será de- terminado por la Junta de Administración del Aporte paraObras Públicas que estará conformada por 3 (tres) miem-bros designados por Resolución de Alcaldía. Artículo 15º.- La Junta tendrá las siguientes atribucio- nes: a) Establecer las obras públicas por las que se exigirá el Aporte. b) Determinar la zona de beneficio.c) Establecer el costo de la obra materia del Aporte así como el Aporte individual. d) Solicitar a la Municipalidad la contratación de exper- tos o consultores para los estudios que resulten necesa-rios en la aplicación del Aporte y aprobar los mismos. e) Crear y administrar un Banco de propuestas que contengan las peticiones vecinales para obras que se en-cuentren dentro de este régimen. f) Otras que por su naturaleza sean necesarias. Artículo 16º.- Es obligación de la Municipalidad comu- nicar individualmente y bajo cargo a los beneficiarios elmonto aproximado al que ascenderá el aporte, en formaprevia a la contratación y ejecución de la obra, en coordi-nación con los representantes de la organización territo-rial. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIASPrimera.- La presente Ordenanza, por excepción, po- drá ser aplicada a las Organizaciones Territoriales (Organi-zaciones Vecinales), Comunidades Urbanas Autogestio-narias, Cooperativas de Viviendas, Asentamientos Huma-nos, Asociaciones de Vivienda, etc.), que a la fecha nohayan culminado su proceso de Habilitación Urbana, quese encuentren en la etapa previa de recepción de obras. Segunda.- Dispóngase que la Gerencia de Desarrollo Urbano, a través de sus órganos correspondientes, imple-mente lo dispuesto en la presente Ordenanza. Tercera.- Facúltese al Alcalde a dictar las disposicio- nes complementarias que sean necesarias para la adecua-ción y mejor aplicación de lo dispuesto en la presente Or-denanza. Cuarta.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi-cial El Peruano. POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla.MAURICIO RABANAL TORRES Alcalde 02752/G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G70/G72/G6F/G70/G75/G65/G73/G74/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G6D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E /G61/G6C/G20/G52/GE9/G67/G69/G6D/G65/G6E/G20/G64/G65/G20/G4F/G72/G67/G61/G6E/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G49/G6E/G74/G65/G72/G69/G6F/G72/G20/G79/G46/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G47/G6F/G62/G69/G65/G72/G6E/G6F/G20/G4C/G6F/G63/G61/G6C ORDENANZA Nº 026 San Juan de Lurigancho, 29 de enero de 2004 EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE SAN JUAN DE LURIGANCHO CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 010 de fecha 4 de se- tiembre del 2003, publicado en el Diario Oficial El Pe-ruano el 7 de octubre del mismo año, se aprobó el Ré-gimen de Organización Interior y Funcionamiento delGobierno Local de la Municipalidad de San Juan deLurigancho; Que, la Ordenanza precitada, dispuso en la Segun- da Disposición Final la delegación de facultades al Al- calde para que mediante Decreto de Alcaldía apruebe un Plan de Implantación del nuevo diseño de la organi-zación municipal; en mérito a ello mediante Decreto deAlcaldía Nº 013 se aprobó el Plan de Implantación refe-rido; Que, mediante Ordenanza Nº 022, se amplió la vigen- cia de la Ordenanza Nº 010; Que, mediante memorándum Nº 117-2004-GM, la Ge- rencia Municipal remite a la Gerencia de Planificación delDesarrollo las propuestas de modificación al ROF aproba- do mediante la Ordenanza Nº 010; atendiendo a criterios de gradualidad, desarrollo de procesos de crecimiento sos-tenido, principios de especialización de funciones, discre-cionalidad, y control, dentro de un marco de viabilidad le-gal; Que, mediante Informe Nº 003-2004-JDI/GPD/MSJL, la Gerencia de Planificación del Desarrollo y la Jefatura deDesarrollo Institucional emiten opinión técnica previa favo- rable, en aplicación de lo dispuesto por el Art. 93º numeral 4 inciso j) de la Ordenanza Nº 010; Estando a lo expuesto y al amparo de las atribuciones otorgadas por el artículo 40º de Ley Orgánica de Municipa-lidades Nº 27972, con el VOTO MAYORITARIO del Plenodel Concejo, las ABSTENCIONES de los REGIDORESROMER BENIGNO LAYME ESCOBAR, JOEL ESTRAVERTORRES Y JUAN BALDEON SURICHAQUI y la dispensa del trámite de aprobación del acta; ORDENANZA Artículo Primero.- APROBAR las propuestas de mo- dificación al Régimen de Organización Interior y Funciona-miento del Gobierno Local, efectuadas por la Gerencia Municipal, el mismo que forma parte integrante de la pre- sente Ordenanza. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Pla- nificación del Desarrollo, a través de la Jefatura de Desa-rrollo Institucional la redacción final del Régimen de Orga-nización Interior y Funcionamiento del Gobierno Local, con-forme a las modificaciones que se aprueban. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Munici- pal a través de la Gerencia de Planificación del desarrollola evaluación periódica (cada tres meses) de los resulta- dos del proceso de implantación de acuerdo al diseño or- ganizacional aprobado, debiendo emitir un informe al Ple-no del Concejo de los logros y metas alcanzados. Artículo Cuarto: La presente Ordenanza entra en vi- gencia al día siguiente de su publicación. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MAURICIO RABANAL TORRES Alcalde