Norma Legal Oficial del día 10 de febrero del año 2004 (10/02/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 10 de febrero de 2004

te Resolucion CONASEV Nº 031-99-EF/94.10, establece que las Instituciones de Compensacion y Liquidacion de Valores deben contar con planes de contingencia para la recuperacion de su capacidad operativa con la mayor inmediatez posible, de modo que aseguren que no se afecte el normal desenvolvimiento del mercado. Asimismo, dispone que los planes de contingencia deben ser revisados, actualizados y sometidos a prueba, al menos, una vez al ano y cualquiera modificacion sustancial debe ser informada a CONASEV dentro de los siete (7) dias posteriores a la modificacion; Que, del texto citado se desprende la exigencia de realizar la revision, actualizacion y prueba al Plan de Contingencia al menos una vez al ano, pudiendo derivarse de la lectura de la MORDAZA hasta tres criterios para la determinacion del periodo anual: (i) segun el ano cronologico de enero a diciembre de cada ano, (ii) segun periodos anuales contados a partir de la vigencia del Reglamento de las Instituciones de Compensacion y Liquidacion de Valores, el mismo que tuvo vigencia desde el 6 de marzo de 1999, y (iii) dentro de los doce meses posteriores a la realizacion de la MORDAZA prueba efectuada; Que, de los criterios MORDAZA enumerados, el ultimo garantiza de una mejor manera la oportuna revision, actualizacion y prueba del Plan de Contingencia de las Instituciones de Compensacion y Liquidacion de Valores, dado que los dos criterios anteriores podrian permitir, en el extremo, que transcurra un periodo de hasta 23 meses y 30 dias sin que se realice una nueva revision, actualizacion y prueba a dicho plan; Que, dado que el sentido y alcance de la MORDAZA MORDAZA citada no han sido entendidos por el MORDAZA del modo MORDAZA anotado, resulta necesario precisar la referida disposicion normativa en los terminos MORDAZA expuestos; Estando a lo dispuesto por el articulo 2º literal a) y articulo 11º literal b) del Texto Unico Concordado de la Ley Organica de la Comision Nacional Supervisora de Empresas y Valores, aprobado por Decreto Ley Nº 26126, y sus normas modificatorias, por el articulo 7º de la Ley del MORDAZA de Valores, Decreto Legislativo Nº 861 y lo acordado por su Directorio en sesion de fecha 19 de enero de 2004; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Precisar que el cumplimiento de la obligacion contenida en el articulo 20º del Reglamento de Institucion y Compensacion de Valores, respecto a la periodicidad minima en que debe realizarse la revision, actualizacion y prueba al plan de contingencia se debe verificar dentro de los doce meses posteriores a la realizacion de la MORDAZA prueba efectuada. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA SAN MORDAZA Presidenta 02707

tado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001PCM, establece que cada Entidad elaborara un Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, debiendo prever los bienes, servicios y obras que se requieran durante el ejercicio presupuestal y el monto del presupuesto requerido, el que sera aprobado por el Titular del Pliego o la MORDAZA autoridad administrativa de la Entidad; Que, el Articulo 6º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, dispone que el Plan Anual contendra por lo menos las Licitaciones Publicas, Concursos Publicos y Adjudicaciones Directas que se realizaran durante el Ano Fiscal; opcionalmente podra incluirse informacion relativa a las Adjudicaciones de Menor Cuantia; asimismo debera contener la Sintesis de las Especificaciones Tecnicas, el valor estimado, los niveles de centralizacion y desconcentracion, y las fechas probables de las convocatorias de los procesos; Que, el Articulo 7º del acotado Reglamento, establece que el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones sera aprobado por el Titular del Pliego o la MORDAZA autoridad administrativa, dentro de los treinta (30) dias naturales siguientes de aprobado el Presupuesto Institucional, debiendo publicarse la Resolucion que aprueba el Plan Anual dentro de los diez (10) dias habiles siguientes de su expedicion y en igual plazo dicho Plan sera remitido al CONSUCODE con MORDAZA a la Comision de Promocion de la Pequena y Micro Empresa - PROMPYME; Que, mediante Directiva Nº 022-2001-CONSUCODE/ PRE se establecen disposiciones generales y especificas de obligatorio cumplimiento para la elaboracion del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de las Entidades Publicas; De conformidad con lo establecido en la Ley de Contrataciones y Adquisiciones y su Reglamento, y por lo dispuesto en el literal i) del Articulo 11º del Decreto Supremo Nº 009-2002-SA; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Seguro Integral de Salud, para el Ejercicio Presupuestal 2004, cuyo texto en Anexo, forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Encargar a la Oficina de Administracion la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion. Articulo 3º.- Autorizar a la Oficina de Administracion para que remita MORDAZA del Plan Anual aprobado al Consejo Nacional de Contrataciones y Adquisiciones del Estado CONSUCODE y a la Comision de Promocion de la Pequena y Micro Empresa - PROMPYME, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a su aprobacion. Articulo 4º.- El Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones aprobado estara a disposicion de los interesados en la pagina web y en la Oficina de Logistica del Seguro Integral de Salud, sito en la Av. MORDAZA MORDAZA Nº 426 MORDAZA Maria. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe del Seguro Integral de Salud 02747

SEGURO INTEGRAL DE SALUD
Aprueban el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para el ejercicio presupuestal 2004
RESOLUCION JEFATURAL Nº 0004-2004-SIS MORDAZA, 30 de enero del 2004 VISTOS: El Memorando Nº 046-2004-SIS-OA de la Oficina de Administracion, Memorando Nº 06-2004/SIS-OPD de la Oficina de Planeamiento y Desarrollo y Memorando Nº 025-2004-SIS/OAJ de la Oficina de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que, el Articulo 7º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Es-

SUNARP
Declaran en situacion de urgencia la contratacion del servicio de seguridad y vigilancia para la MORDAZA Registral Nº XIII - Sede Tacna
RESOLUCION DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS Nº 049-2004-SUNARP/SN MORDAZA, 6 de febrero del 2004

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