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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G31/G38/G31/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 10 de febrero de 2004 te Resolución CONASEV Nº 031-99-EF/94.10, establece que las Instituciones de Compensación y Liquidación de Valoresdeben contar con planes de contingencia para la recupe- ración de su capacidad operativa con la mayor inmediatez posible, de modo que aseguren que no se afecte el normaldesenvolvimiento del mercado. Asimismo, dispone que los planes de contingencia deben ser revisados, actualizados y sometidos a prueba, al menos, una vez al año y cualquieramodificación sustancial debe ser informada a CONASEV dentro de los siete (7) días posteriores a la modificación; Que, del texto citado se desprende la exigencia de rea- lizar la revisión, actualización y prueba al Plan de Contin- gencia al menos una vez al año, pudiendo derivarse de la lectura de la norma hasta tres criterios para la determina-ción del período anual: (i) según el año cronológico de ene- ro a diciembre de cada año, (ii) según períodos anuales contados a partir de la vigencia del Reglamento de las Ins-tituciones de Compensación y Liquidación de Valores, el mismo que tuvo vigencia desde el 6 de marzo de 1999, y (iii) dentro de los doce meses posteriores a la realizaciónde la última prueba efectuada; Que, de los criterios antes enumerados, el último ga- rantiza de una mejor manera la oportuna revisión, actuali-zación y prueba del Plan de Contingencia de las Institucio- nes de Compensación y Liquidación de Valores, dado que los dos criterios anteriores podrían permitir, en el extremo,que transcurra un período de hasta 23 meses y 30 días sin que se realice una nueva revisión, actualización y prueba a dicho plan; Que, dado que el sentido y alcance de la norma antes citada no han sido entendidos por el mercado del modo antes anotado, resulta necesario precisar la referida dis-posición normativa en los términos antes expuestos; Estando a lo dispuesto por el artículo 2º literal a) y artí- culo 11º literal b) del Texto Único Concordado de la LeyOrgánica de la Comisión Nacional Supervisora de Empre- sas y Valores, aprobado por Decreto Ley Nº 26126, y sus normas modificatorias, por el artículo 7º de la Ley del Mer-cado de Valores, Decreto Legislativo Nº 861 y lo acordado por su Directorio en sesión de fecha 19 de enero de 2004; SE RESUELVE: Artículo Único.- Precisar que el cumplimiento de la obligación contenida en el artículo 20º del Reglamento de Institución y Compensación de Valores, respecto a la pe- riodicidad mínima en que debe realizarse la revisión, ac-tualización y prueba al plan de contingencia se debe verifi- car dentro de los doce meses posteriores a la realización de la última prueba efectuada. Regístrese, comuníquese y publíquese. FABIOLA BARRIGA SAN MIGUEL Presidenta 02707 SEGURO INTEGRAL DE SALUD /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G65/G6C/G20/G50/G6C/G61/G6E/G20/G41/G6E/G75/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G41/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/G6F/G2D /G6E/G65/G73/G20/G79/G20/G43/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G65/G6A/G65/G72/G63/G69/G63/G69/G6F /G70/G72/G65/G73/G75/G70/G75/G65/G73/G74/G61/G6C/G20/G32/G30/G30/G34 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 0004-2004-SIS Lima, 30 de enero del 2004 VISTOS: El Memorando Nº 046-2004-SIS-OA de la Ofi- cina de Administración, Memorando Nº 06-2004/SIS-OPDde la Oficina de Planeamiento y Desarrollo y MemorandoNº 025-2004-SIS/OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 7º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Es-tado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001- PCM, establece que cada Entidad elaborará un Plan Anualde Adquisiciones y Contrataciones, debiendo prever losbienes, servicios y obras que se requieran durante el ejer-cicio presupuestal y el monto del presupuesto requerido, elque será aprobado por el Titular del Pliego o la máxima autoridad administrativa de la Entidad; Que, el Artículo 6º del Reglamento de la Ley de Contra- taciones y Adquisiciones del Estado, aprobado medianteDecreto Supremo Nº 013-2001-PCM, dispone que el PlanAnual contendrá por lo menos las Licitaciones Públicas,Concursos Públicos y Adjudicaciones Directas que se rea- lizarán durante el Año Fiscal; opcionalmente podrá incluir- se información relativa a las Adjudicaciones de Menor Cuan-tía; asimismo deberá contener la Síntesis de las Especifi-caciones Técnicas, el valor estimado, los niveles de cen-tralización y desconcentración, y las fechas probables delas convocatorias de los procesos; Que, el Artículo 7º del acotado Reglamento, establece que el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones seráaprobado por el Titular del Pliego o la máxima autoridadadministrativa, dentro de los treinta (30) días naturales si-guientes de aprobado el Presupuesto Institucional, debiendopublicarse la Resolución que aprueba el Plan Anual dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de su expedición y en igual plazo dicho Plan será remitido al CONSUCODEcon copia a la Comisión de Promoción de la Pequeña yMicro Empresa - PROMPYME; Que, mediante Directiva Nº 022-2001-CONSUCODE/ PRE se establecen disposiciones generales y específicas de obligatorio cumplimiento para la elaboración del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de las EntidadesPúblicas; De conformidad con lo establecido en la Ley de Contra- taciones y Adquisiciones y su Reglamento, y por lo dis-puesto en el literal i) del Artículo 11º del Decreto Supremo Nº 009-2002-SA; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Seguro Integral de Salud, para el Ejer- cicio Presupuestal 2004, cuyo texto en Anexo, forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- Encargar a la Oficina de Administración la publicación de la presente Resolución en el Diario OficialEl Peruano, dentro de los diez (10) días hábiles siguientesa la fecha de su aprobación. Artículo 3º.- Autorizar a la Oficina de Administración para que remita copia del Plan Anual aprobado al ConsejoNacional de Contrataciones y Adquisiciones del Estado -CONSUCODE y a la Comisión de Promoción de la Peque-ña y Micro Empresa - PROMPYME, dentro de los diez (10)días hábiles siguientes a su aprobación. Artículo 4º.- El Plan Anual de Adquisiciones y Contra- taciones aprobado estará a disposición de los interesadosen la página web y en la Oficina de Logística del SeguroIntegral de Salud, sito en la Av. Gregorio Escobedo Nº 426Jesús María. Regístrese, comuníquese y publíquese. MOISÉS ACUÑA DÍAZ Jefe del Seguro Integral de Salud 02747 SUNARP /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G65/G6E/G20/G73/G69/G74/G75/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G75/G72/G67/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G6C/G61 /G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G67/G75/G72/G69/G64/G61/G64/G79/G20/G76/G69/G67/G69/G6C/G61/G6E/G63/G69/G61/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G5A/G6F/G6E/G61/G20/G52/G65/G67/G69/G73/G74/G72/G61/G6C/G20/G4E/GBA /G58/G49/G49/G49/G20/G2D/G20/G53/G65/G64/G65/G20/G54/G61/G63/G6E/G61 RESOLUCIÓN DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS Nº 049-2004-SUNARP/SN Lima, 6 de febrero del 2004