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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE FEBRERO DEL AÑO 2004 (10/02/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 39

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G31/G38/G31/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 10 de febrero de 2004 ORDENANZA QUE DISPONE LA REALIZACIÓN DE MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO EN EL DISTRITO DE MAGDALENA DEL MAR Artículo Primero.- DISPONER que la Unidad de Re- gistros Civiles de esta Municipalidad convoque y realice el PRIMER MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO 2004, elmismo que se celebrará el día 14 de febrero de 2004, ahoras 12.00 m., en el distrito de Magdalena del Mar. Artículo Segundo.- ESTABLECER que los contra- yentes del Matrimonio Civil Comunitario abonen como pago por Apertura de Expediente Matrimonial el costo único de S/. 20.00 (VEINTE Y 00/100 NUEVOS SOLES), y por Exa-men Pre-Nupcial S/. 25.00 (VEINTICINCO Y 00/100 NUE-VOS SOLES) por pareja. Artículo Tercero.- Los contrayentes para acreditar que cumplen con los requisitos señalados en el Código Civil, deberán cumplir con presentar los siguientes do- cumentos: - Partida de Nacimiento de ambos, certificadas y ac- tualizadas (máximo 6 meses de antigüedad) - Copia autenticada por Fedatario, de los Documentos de Identidad (D.N.I. vigente con la constancia de sufragio,C.I.P., Pasaporte o carné de Extranjería, según sea el caso), debiendo mostrarse los originales. - Una fotografía tamaño carné y/o pasaporte por cada contrayente. - Certificado Médico Pre-nupcial, extendido por la Mu- nicipalidad. - Certificado Domiciliario y/o Declaración Jurada de re- sidir en el Distrito, adjuntándose copia de recibos de agua, luz, teléfono y/o arbitrios. - Dos testigos mayores de edad, que deberán conocer- los como mínimo tres (3) años, quienes deberán portar susdocumentos de identidad originales, adjuntando copiasautenticadas por el fedatario Municipal. Los Viudos, Divorciados, menores de edad, militares y/ o extranjeros que deseen participar de este PRIMER MA- TRIMONIO CIVIL COMUNITARIO 2004, deberán cumplircon presentar la documentación adicional según sea elcaso, de acuerdo al Texto Único de Procedimientos Admi-nistrativos. Artículo Cuarto.- DISPENSAR a los contrayentes que participen en el presente Matrimonio Civil Comunitario de la publicación de sus Edictos Matrimoniales correspondien-tes, en observancia de la atribución conferida por el Art.252º del Código Civil; sin perjuicio de ello la Municipalidadprocederá a efectuar la difusión y publicación correspon-diente con arreglo a lo dispuesto por el Art. 250º de la nor- ma antes acotada. Artículo Quinto.- ESTABLECER como plazo para la presentación de expedientes hasta el 10 de febrero de 2004. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. FRANCIS JAMES ALLISON OYAGUE Alcalde 02728 MUNICIPALIDAD DE PUENTE PIEDRA /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G6C/G61/G20/G72/G65/G61/G6C/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6D/G61/G74/G72/G69/G6D/G6F/G6E/G69/G6F /G63/G69/G76/G69/G6C/G20/G63/G6F/G6D/G75/G6E/G69/G74/G61/G72/G69/G6F ORDENANZA Nº 020-MDPP Puente Piedra, 31 de enero de 2004 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUENTE PIEDRAPOR CUANTO: El Concejo Municipal de la Municipalidad Distrital de Puente Piedra en Sesión Ordinaria de la fecha, revisó lasolicitud presentada por la Oficina de Registro Civil por in-termedio del señor Alcalde, al amparo de lo dispuesto porel inciso 4) del artículo 20º de la Ley Nº 27972, para larealización de un matrimonio civil comunitario; En uso de las atribuciones conferidas por el inciso 9) del artículo 9º y el inciso 5) del artículo 20º de la Ley Nº27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Mu-nicipal aprobó por mayoría la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- AUTORIZAR al señor Alcalde para que lleve a cabo la realización de un MATRIMONIO CIVILCOMUNITARIO el día 14 de febrero del 2004, a horas 12.00m., en la Plaza de Armas del distrito. Artículo Segundo.- ESTABLECER, los requisitos para la celebración del matrimonio civil mencionado en el artí-culo anterior, siendo los que a continuación se detallan: a) Partida de Nacimiento de ambos contrayentes ac- tualizada (con antigüedad no mayor de un año). b) Fotocopia legalizada del DNI, de ambos contrayentes.c) Recibo de agua, luz o teléfono de ambos contrayentes (en caso de ser propietarios) y Contrato de Arrendamiento(en caso de ser arrendatario o inquilino). d) Copia simple del DNI de dos testigos.e) Pago único de S/. 75.00 (incluye pago por concepto de examen médico). f) Declaración Jurada de Soltería. Artículo Tercero.- AUTORIZAR la exoneración, por única vez, del pago por concepto de dispensa de publica-ción de edictos matrimoniales. Artículo Cuarto.- ENCARGAR el cumplimiento del pre- sente dispositivo a la Gerencia Municipal, a la Gerencia deAdministración, y a la Oficina de Registros Civiles. Regístrese, comuníquese y cúmplase.RENNAN S. ESPINOZA ROSALES Alcalde 02727 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO /G45/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G65/G6E/G20/G41/G70/G6F/G72/G74/G65/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G4F/G62/G72/G61/G73/G20/G50/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G73 /G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F ORDENANZA Nº 025 San Juan de Lurigancho, 29 de enero de 2004 EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN JUAN DE LURIGANCHO POR CUANTO:El Concejo Municipal de la Municipalidad de San Juan de Lurigancho en Sesión Ordinaria de la fecha; y, CONSIDERANDO:Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Es- tado, modificada por la Ley de Reforma Constitucional, LeyNº 27680, preceptúa que las Municipalidades Provincialesy Distritales son gobiernos locales con autonomía política,económica y administrativa en los asuntos de su compe-tencia; Que, el Artículo IV del Título Preliminar de la Ley Orgá- nica de Municipalidades Nº 27972, establece que los go-biernos locales representan al vecindario, promueven laadecuada prestación de los servicios públicos locales y el