Norma Legal Oficial del día 12 de febrero del año 2004 (12/02/2004)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 19

MORDAZA, jueves 12 de febrero de 2004

NORMAS LEGALES

Pag. 262069

- COFIDE para la modificacion del numeral 7.3 del Reglamento Operativo, con la finalidad de flexibilizar el Programa, adecuarlo a la situacion actual del MORDAZA, proteger el capital del Fondo, asi como ordenar algunos terminos que permitan una apropiada aplicacion y seguimiento del limite para dejar de emitir nuevas garantias; Que, en consecuencia con el objeto de asegurar el logro de los objetivos del indicado Programa, se requiere modificar y adicionar regulaciones al citado Reglamento Operativo, acordes con las nuevas circunstancias y condiciones producidas durante el periodo de ejecucion del mencionado Programa; Que, acorde con lo previsto por la Setima Disposicion Complementaria y Final de la Ley Nº 27711, Ley del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, corresponde al Titular del Sector expedir la Resolucion respectiva; y, Con las visaciones del Director General de la Oficina de Asesoria Juridica y del Director Nacional de la Micro y Pequena Empresa; De conformidad con el literal d) del Articulo 12º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, aprobado por la Resolucion Ministerial Nº 173-2002-TR, modificado por Resolucion Ministerial Nº 341-2002-TR; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Apruebase la modificacion del Reglamento Operativo del Fondo de Respaldo para la ejecucion de un Programa de Afianzamiento para la Pequena y Microempresa, constituido por el Decreto de Urgencia Nº 056-96, aprobado mediante Resolucion Ministerial Nº 055-97-EF/ 11, en los terminos que se senalan en el Anexo que forma parte de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 2º.- La modificacion dispuesta por el articulo 1º entrara en vigencia al ser comunicada por escrito por la Corporacion Financiera de Desarrollo S.A. - COFIDE a las Instituciones Ejecutoras Intermediarias (IEI). Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DE MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo ANEXO MODIFICACION AL REGLAMENTO OPERATIVO DEL FONDO DE RESPALDO PARA LA EJECUCION DE UN PROGRAMA DE AFIANZAMIENTO PARA LA PEQUENA Y MICROEMPRESA, CONSTITUIDO POR EL DECRETO DE URGENCIA Nº 056-96 Y APROBADO MEDIANTE RESOLUCION MINISTERIAL Nº 055-97EF/11 Primero.- Modificase el Numeral 7.3 del Reglamento Operativo aprobado por Resolucion Ministerial Nº 055-97EF/11, en los terminos siguientes: "7.3 Procedimientos de honramiento y limites para dejar de emitir nuevas garantias a) Del honramiento de las garantias. COFIDE procedera a honrar la(s) garantia (s) coberturada (s) por el Programa, con cargo a los recursos del Fondo, previa MORDAZA de las solicitudes de honramiento por parte de las instituciones ejecutoras intermediarias (IEI). b) Limites para dejar de emitir garantias. La IEI dejara de emitir nuevas garantias con recursos del Fondo, cuando: i) Las Honras Netas de los ultimos doce meses superen el 3.70% de las Garantias Vigentes promedio de los ultimos doce meses; o, ii) Las Honras Netas Acumuladas superen el 75% de los recursos disponibles del Fondo luego de descontar los aportes del MEF. En caso que se supere cualquiera de los indicadores senalados en el literal b), la IEI dejara de emitir garantias, en tanto COFIDE proceda a efectuar una evaluacion de la IEI y se determinen y ejecuten las medidas correctivas a que MORDAZA lugar a fin de cautelar los recursos del Programa. Independientemente de la ocurrencia de este evento, COFIDE podra efectuar en cualquier momento una evaluacion de la IEI y de los IFIs que intervienen en el Programa adoptando las medidas necesarias que considere convenientes a fin de salvaguardar los recursos y fines del Programa.

c) Tratandose de garantias de caracter individual, luego de producido el honramiento con cargo a la cobertura del Programa, la IEI debera efectuar las acciones de cobranza contra el empresario, a que hubiere lugar, debiendo destinar a COFIDE hasta el porcentaje de cobertura que se le MORDAZA otorgado sobre toda recuperacion obtenida. En el caso de garantias de caracter global, las IEI, deberan a su vez exigir a los intermediarios financieros intervinientes (IFIs) la realizacion de las acciones de cobranza contra el empresario, a que hubiere lugar. Dependiendo de la forma de operacion de este MORDAZA de garantia, y de ser aplicable, deberan asimismo destinar a COFIDE hasta el porcentaje de cobertura que se le MORDAZA otorgado sobre la recuperacion obtenida posterior al honramiento. d) Las IEI deberan informar sobre el estado de las operaciones objeto de honramiento, en forma trimestral. En caso no lo hicieren se dejara en suspenso la cobertura de garantia que les MORDAZA sido otorgada. 02858

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Designan Director Ejecutivo de la Direccion General de Caminos y Ferrocarriles
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 081-2004-MTC/02
MORDAZA, 9 de febrero de 2004 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 594-2003MTC/02 de fecha 1 de agosto de 2003, se designo al ingeniero MORDAZA MORDAZA MORDAZA Kauoxs, en el cargo de confianza de Director de la Oficina de Emergencias Viales de la Direccion General de Caminos y Ferrocarriles del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, asimismo, se encuentra vacante el cargo de Director Ejecutivo de la Direccion General de Caminos y Ferrocarriles del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, en consecuencia, resulta necesario designar a la persona que desempenara dicho cargo, el mismo que se considera de confianza; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27594, el Decreto Legislativo Nº 276 y los Decretos Supremos Nº 005-90-PCM y Nº 041-2002-MTC; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Dar por concluida la designacion dispuesta mediante Resolucion Ministerial Nº 594-2003-MTC/02. Articulo 2º.- Designar al ingeniero MORDAZA MORDAZA MORDAZA Kauoxs, en el cargo de confianza de Director Ejecutivo de la Direccion General de Caminos y Ferrocarriles del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Articulo 3º.- El funcionario designado en el articulo precedente, al termino de la designacion reasumira sus funciones del grupo ocupacional y nivel de MORDAZA que le corresponda. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 02803

Autorizan viaje de Inspector de la Direccion General de Aeronautica Civil a EE.UU. en comision de servicios
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 084-2004-MTC/02
MORDAZA, 10 de febrero de 2004

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.