Norma Legal Oficial del día 12 de febrero del año 2004 (12/02/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 12 de febrero de 2004

ga a efectuar una MORDAZA convocatoria, cuya realizacion hasta el otorgamiento de la Buena Pro demanda un lapso no previsto y que excede el plazo del contrato vigente con el actual proveedor, MORDAZA de acuerdo a lo dispuesto por el Articulo 141º del Reglamento hasta el 11.2.2004, durante cuyo periodo los trabajadores, padres y dependientes se verian desprotegidos de no contar con dicho servicio, originandose en tal sentido una situacion de urgencia que amerita la exoneracion del MORDAZA de seleccion para efectuar la contratacion por el MORDAZA de menor cuantia hasta por la suma de S/. 43,000.00, proveniente de la Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios y por el periodo de 40 dias calendario; Que, la Oficina General de Asesoria Juridica, en virtud de lo expuesto en el Informe emitido por la Oficina de Abastecimiento y Servicios Generales, estima que la situacion descrita se tipifica en el Articulo 19º inciso c) del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, como una causal de exoneracion del MORDAZA de seleccion correspondiente por situacion de urgencia, lo cual permite la contratacion del Servicio de Seguro Medico Familiar, a favor de los trabajadores de la Sede Central del INADE por el procedimiento de Adjudicacion de Menor Cuantia, por el lapso de 40 dias calendario, en cuyo periodo se debera culminar con el Concurso Publico convocado; Que, para tal efecto se debe dictar la Resolucion Presidencial que apruebe la referida exoneracion, en razon a que el Presidente Ejecutivo del Consejo Directivo del INADE es el Titular del Pliego, conforme se encuentra senalado en el Articulo 6º del Decreto Supremo Nº 003-2003VIVIENDA; Que, la contratacion de los servicios debe realizarse mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia, en el MORDAZA de los Articulos 105º y 116º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Estando al Informe Tecnico Nº001-2004-INADE-4131 e Informe Legal Nº 011-2003-INADE-3201-OGAJ; Con las visaciones de la Oficina General de Administracion y Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo establecido en el inciso c) del Articulo 19º e inciso a) del Articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, Articulos 105º, 113º y 116º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; Articulo 17º de la Ley Nº 27444 -Ley del Procedimiento Administrativo General; Decreto Legislativo Nº 599, Ley de Organizacion y Funciones del INADE y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-PRES; y Decreto Supremo Nº 003-2003-VIVIENDA; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Exonerar al Instituto Nacional de Desarrollo - INADE del MORDAZA de seleccion correspondiente para contratar el Servicio de Seguro Medico Familiar, en favor de los trabajadores de la Sede Central del INADE, por el valor de S/. 43,000.00 (Cuarenta y Tres Mil y 00/100 Nuevos Soles), proveniente de la Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios, por un plazo MORDAZA de 40 dias calendario, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Autorizar a la Oficina General de Administracion, a fin de que efectue la contratacion materia de la presente Resolucion, mediante el procedimiento de Adjudicacion de Menor Cuantia, por el periodo de 40 dias calendario, en el MORDAZA de los Articulos 105º y 116º del Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM. Articulo 3º.- La contratacion a que se refiere el articulo precedente, se realizara de acuerdo a las normas del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Articulo 4º.- Poner la presente Resolucion Presidencial en conocimiento de la Contraloria General de la Republica, conjuntamente con los Informes Tecnico y Legal sustentatorios, disponiendose su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los diez (10) dias calendario siguientes a su aprobacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Ejecutivo 02784

SUNARP
Aprueban Reglamento de Inscripciones del Registro de Derechos Mineros
RESOLUCION DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS Nº 052-2004-SUNARP/SN
MORDAZA, 9 de febrero de 2004 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 26366, se crea el Sistema Nacional de los Registros Publicos y la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos - SUNARP, como organismo descentralizado MORDAZA del Sector Justicia y ente rector del Sistema Nacional de los Registros Publicos; Que, por Resolucion del Superintendente Nacional de los Registros Publicos Nº 548-2002-SUNARP/SN, del 21 de noviembre de 2002, se constituyo la Comision encargada de revisar el Reglamento del Registro Publico de Mineria y proponer un reglamento sustitutorio, a fin de adecuarlo al Sistema Nacional de los Registros Publicos; Que, la citada Comision elevo a la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, en marzo de 2003, el anteproyecto del Reglamento de Inscripciones del Registro de Derechos Mineros; Que, el 22 de MORDAZA de 2003 se difundio en el Diario Oficial El Peruano el citado anteproyecto, a fin de conocer las opiniones y comentarios que permitan su perfeccionamiento; Que, con los aportes y sugerencias recibidas, se remitio dicho anteproyecto al Consejo Consultivo del Registro de Mineria para su revision, siendo aprobado el proyecto final en su sesion del 3 de diciembre de 2003; Que, es facultad del Directorio de la SUNARP dictar las normas registrales requeridas para la eficacia y seguridad juridica de la funcion registral, de conformidad con lo dispuesto por el literal b) del articulo 18º de la Ley Nº 26366 y el literal b) del articulo 12º del Estatuto de la SUNARP, aprobado por Resolucion Suprema Nº 135-2002-JUS; Que, el proyecto final del Reglamento se remitio al Directorio de la SUNARP, cuyo texto fue aprobado por unanimidad por dicho organo colegiado, en su sesion de fecha 15 de enero de 2004; Estando a lo acordado y de conformidad con lo dispuesto en el literal v) del articulo 7º del Estatuto de la SUNARP, aprobado por Resolucion Suprema Nº 135-2002-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el Reglamento de Inscripciones del Registro de Derechos Mineros, el mismo que consta de 3 Titulos, 6 Capitulos, 47 articulos, 3 Disposiciones Transitorias y 5 Disposiciones Complementarias y Finales, cuyo texto forma parte de la presente resolucion. Articulo 2º.- El presente Reglamento de Inscripciones del Registro de Derechos Mineros entrara en vigencia a partir del 1 de MORDAZA de 2004. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA UGAZ Superintendente Nacional de los Registros Publicos REGLAMENTO DE INSCRIPCIONES DEL REGISTRO DE DERECHOS MINEROS INDICE TITULO I DISPOSICIONES GENERALES Articulo 1º.Articulo 2º.Articulo 3º.Articulo 4º.Articulo 5º.Articulo 6º.Articulo 7º.Articulo 8º.Articulo 9º.Articulo 10º.Registro de Derechos Mineros Principios Registrales Contenido del Reglamento Folio real y causal Organizacion de la partida registral Actos inscribibles Actos de Anotacion Preventiva Vigencia de la anotacion preventiva Folio Real en anotaciones preventivas Oficina Registral competente

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