Norma Legal Oficial del día 14 de febrero del año 2004 (14/02/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 14 de febrero de 2004

cion del MORDAZA de seleccion para la adquisicion del servicio de recuperacion de rentas, fiscalizacion tributaria y no tributaria y administrativa de principales contribuyentes, autorizandose la contratacion de la Empresa Constructora Inmobiliaria y Consultoria J.M. & Asociados S.A.C. - COINCO JM S.A.C. Que, la nomenclatura del Acuerdo de Concejo Nº 1002003-AL/MDSMP., se ha consignado erroneamente como Acuerdo de Concejo Nº 100-2003-AL/MDSMP, debiendo decir correctamente: Acuerdo de Concejo Nº 100-2003; Que, en la publicacion del Acuerdo de Concejo, en el primer parrafo de los considerandos dice: la Empresa Compania Inmobiliaria y Consultorio J.M. & S.A.C. - COINCO, debiendo decir: la Empresa Constructora Inmobiliaria y Consultoria J.M. & Asociados S.A.C. - COINCO JM S.A.C., tal como se encuentra inscrita en la Partida Electronica Nº 03018726, expedida por la Oficina Registral de MORDAZA y Callao, Oficina Lima., pudiendo utilizar el nombre abreviado COINCO JM S.A.C. de conformidad al estatuto de la empresa, y a la MORDAZA Literal de la partida electronica; Que, en el octavo parrafo de los considerandos dice: Y el Consorcio conformado por la empresa COINCO SAC Y LA GRAN FAMILIA S.R. Ltda. Debiendo decir: Y el Consorcio conformado por la Empresa Constructora Inmobiliaria y Consultoria J.M. & Asociados S.A.C - COINCO JM S.A.C. Y SERVICIOS MULTIPLES LA GRAN FAMILIA S.R. Ltda., tal como se encuentra inscrita en la Partida Nº 11050528, expedidas por la Oficina Registral de MORDAZA y Callao; Que, la Empresa Constructora Inmobiliaria y Consultoria J.M. & Asociados S.A.C. - COINCO JM S.A.C. se encuentra inscrita en SUNAT con el RUC Nº 20373365999, y la empresa de SERVICIOS MULTIPLES LA GRAN FAMILIA S.R. Ltda., con el RUC Nº 20420082810; Que estando a lo informado por la Gerencia de Asesoria Juridica mediante Informe Nº 159-2004-GAJ/MDSMP del 2.3.2004, de conformidad con lo establecido por la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972 y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, el Concejo por Mayoria aprobo el siguiente: ACUERDO: Articulo Primero.- RECTIFICAR la nomenclatura del Acuerdo de Concejo Nº 100-2003-AL/MDSMP, en el sentido siguiente: DICE: Acuerdo de Concejo Nº 100-2003-AL/MDSMP. DEBE DECIR: Acuerdo de Concejo Nº 100-2003. Articulo Segundo.- RECTIFICAR el Acuerdo de Concejo Nº 100-2003, de fecha 26.11.2003, en el extremo siguiente: En el primer parrafo del primer considerando: DICE: La Empresa inmobiliaria y Consultoria J.M. & S.A.C. - COINCO. DEBE DECIR: la Empresa Constructora Inmobiliaria y Consultoria J.M. & Asociados S.A.C. - COINCO JM S.A.C., En el octavo considerando: DICE: Y el Consorcio conformado por la empresa COINCO SAC Y LA GRAN FAMILIA S.R. Ltda. DEBE DECIR: Y el Consorcio conformado por la Empresa Constructora Inmobiliaria y Consultoria J.M. & Asociados S.A.C - COINCO JM S.A.C. Y SERVICIOS MULTIPLES LA GRAN FAMILIA S.R. Ltda. Articulo Tercero.- Precisar que las citadas empresas se encuentran inscritas en los Registros Publicos de MORDAZA como sigue: La Empresa Constructora Inmobiliaria y Consultoria J.M. & Asociados S.A.C. - COINCO JM S.A.C., inscrita en la Partida Electronica Nº 03018726. Y empresa SERVICIOS MULTIPLES LA GRAN FAMILIA S.R. Ltda., inscrita en la Par tida Electronica Nº 11050528. Articulo Cuarto.- Precisar que las citada empresas se encuentran inscritas en SUNAT siendo sus RUC como sigue:

La Empresa Constructora Inmobiliaria y Consultoria J.M. & Asociados S.A.C. - COINCO JM S.A.C. con el RUC Nº 20373365999. La empresa de SERVICIOS MULTIPLES LA GRAN FAMILIA S.R. Ltda., con el RUC Nº 20420082810. Articulo Quinto.- Encargar a la Oficina de Secretaria General, la notificacion del presente Acuerdo de Concejo a la Contraloria General de la Republica, asi como la publicacion del mismo en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 03082

Dejan sin efecto Acuerdo Nº 100-2003 relativo a la contratacion de empresa para prestar servicio de recuperacion de rentas y de fiscalizacion
ACUERDO DE CONCEJO Nº 016-2004 San MORDAZA de Porres, 5 de febrero de 2004 EL MORDAZA DISTRITAL DE SAN MORDAZA DE PORRES VISTO: en Sesion Extraordinaria de Concejo de la fecha, el pedido del MORDAZA Lic. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien senala que el Acuerdo de Concejo Nº 100-2003, de fecha 26.11.2003, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 7.1.2004, se advierte que hasta la fecha no se ha firmado el contrato con la Empresa Constructora Inmobiliaria y Consultoria J.M. & Asociados S.A.C. - COINCO JM S.A.C., el articulo 118º del D.S. Nº 013-2001-JUS, habiendo perdido la buena pro, solicita dejar sin efecto el acuerdo; asi como tambien dejar sin efecto el acuerdo de rectificacion; y el Informe Nº 052-2004-UL-GAF/MDSMP del 5.2.2004 del Jefe de Abastecimientos y el Informe Legal Nº 174-04GAJ/MDSMP del 5.2.2004 de la Gerencia de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, senala que las Municipalidades son los organos de Gobierno Local, tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia como lo establece el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades; Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 100-2003, de fecha 26.11.2003 y publicado en el Diario Oficial El Peruano el dia 7 de enero de 2004, se aprobo la exoneracion del MORDAZA de seleccion para la adquisicion del servicio de recuperacion de rentas, fiscalizacion tributaria y no tributaria y administrativa de principales contribuyentes, autorizandose la contratacion de la Empresa Constructora Inmobiliaria y Consultoria J.M. & Asociados S.A.C. - COINCO JM S.A.C.; Que, el Articulo 36º del Decreto Supremo Nº 012-2001PCM, Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado dispone que: "El contrato debera celebrarse por escrito y se ajustara a la proforma incluida en las Bases con las modificaciones aprobadas por la Entidad durante el MORDAZA de seleccion. El Reglamento senala los casos en que el contrato puede formalizarse con una orden de compra o servicio, a la misma que no se le aplicara lo dispuesto en el Articulo 41º de la presente Ley. El contrato entra en vigencia cuando se cumplan las condiciones establecidas para dicho efecto en las Bases y podra incorporar otras modificaciones, siempre que no impliquen variacion alguna en las caracteristicas tecnicas, precio, objeto, plazo, calidad y condiciones ofrecidas en el MORDAZA de seleccion."

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