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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G32/G32/G35/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 14 de febrero de 2004 vos Soles), que deducido del monto referencial considera- do en la primera convocatoria, queda disponible para la nueva adjudicación directa pública S/.224,640.00 (Doscien- tos veinticuatro mil seiscientos cuarenta mil y 00/100 Nue-vos Soles). Haciendo la salvedad que no se considerará la previsión del 10% en razón que no se cuenta con el presu- puesto para propuestas que excedan del monto referen-cial; Que, mediante Informe Nº 190-04-OAJ/MDCH de la Ofi- cina de Asesoría Jurídica, establece la procedencia de laampliación de la Situación de Urgencia contemplada en la Ley; Que, de acuerdo a las atribuciones conferidas en el in- ciso 3) del artículo 20º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades y con el voto MAYORITARIO; ACUERDA: Primero.- AMPLIAR LA DECLARACIÓN DE SITUA- CIÓN DE URGENCIA PARA LA ADQUISICIÓN DE LOS CARBURANTES por un plazo de 30 (treinta) días hábiles y/o por el tiempo que dure el nuevo proceso de selecciónde la segunda convocatoria, con valor referencial de S/. 36,000.00 (Treinta y seis mil y 00/100 Nuevos soles), con fuente de financiamiento por recursos propios. Segundo.- Encargar al Comité Especial la función de llevar a cabo la segunda convocatoria del Proceso de Ad- judicación con las formalidades de Ley. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. VÍCTOR GONZALES ANDRADE Alcalde 03191 MUNICIPALIDAD DE PUNTA HERMOSA /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G72/G65/G64/G75/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G72/G65/G6D/G75/G6E/G65/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E /G64/G65/G20/G61/G6C/G63/G61/G6C/G64/G65/G73/G61/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G61/G6C ACUERDO DE CONCEJO Nº 002-2004-CDPH Punta Hermosa, 10 de enero del 2004 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DE PUNTA HERMOSA Visto, en Sesión Ordinaria de Concejo, de fecha 9 de enero del 2004, la Carta presentada por la señora Alcalde- sa en la cual solicita la disminución de su remuneración; CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son órganos de Gobierno Local promotores del desarrollo local, con personería jurí- dica de derecho público y plena capacidad para el cumpli- miento de sus fines, los Gobiernos Locales gozan de auto-nomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el inciso 28) del artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades establece como una de las facultades del Concejo Municipal, la de aprobar la remuneración del Al- calde y las Dietas de los señores Regidores; Que, el Art. 12º de la Ley Nº 27972, establece que los Regidores desempeñan su cargo a tiempo parcial y tienen derecho a Dietas fijadas por Acuerdo de Concejo Munici-pal, dentro del primer trimestre del primer año de Gestión, el mismo que debe ser publicado de acuerdo a Ley. El monto de las Dietas es fijado discrecionalmente de acuerdo a lareal y tangible capacidad económica del Gobierno Local, previas las constataciones presupuestales del caso. No pueden otorgarse más de cuatro Dietas mensuales a cadaRegidor. Las Dietas se pagan por asistencia efectiva a las Sesiones de Concejo; Que, el Art. 21º de la Ley Nº 27972, establece que el Alcalde Provincial o Distrital desempeña su cargo a tiem- po completo y es rentado mediante una remuneración mensual fijada mediante Acuerdo de Concejo Municipal,dentro del primer trimestre del año de Gestión, el mismo que debe ser publicado de acuerdo a Ley. La remunera- ción del Alcalde es fijada discrecionalmente de acuerdo a la real y tangible capacidad económica del Gobierno Lo-cal, previas las constataciones presupuestales del caso, la misma que anualmente podrá ser incrementada con arreglo a Ley, siempre y cuando se observe estrictamen-te las exigencias presupuestales y económicas propias de su remuneración; Que, con Acuerdo de Concejo Nº 200-2003-CDPH de fecha 21 de noviembre del 2003 se fija el sueldo de la se- ñora Alcaldesa en 2.5 de una UIT y las Dietas de los seño- res Regidores en un 30% de la UIT por Sesión; Que, vista y hecha de conocimiento del Concejo, la carta presentada por la señora Alcaldesa en la cual manifiesta y solicita la disminución de su remuneración acordada y sus-crita en el Acuerdo de Concejo Nº 0200-2003-CDPH de fecha 21 de noviembre del 2003, habiendo sido fijado en un monto de S/. 2.5 de una UIT, por lo que propone la reba-ja de su sueldo a un monto de 1.5 de una UIT, el mismo que se deberá aplicar a partir de enero del 2004, manifiesta la señora Alcaldesa que dicha decisión ha sido adoptada te-niendo en consideración la real situación económica de la Municipalidad y la vocación de servicio de la señora Alcal- desa; Por lo antes expuesto, sometido a votación, contando con la presencia de todos los miembros del Concejo Distri- tal de Punta Hermosa, y con el voto unánime; ACUERDA: Artículo Primero.- APROBAR la Disminución del suel- do de la señora Alcaldesa de la Municipalidad Distrital de Punta Hermosa de 2.5 de una UIT (aprobado con Acuerdode Concejo Nº 200-2003-CDPH, fecha 21 de noviembre del 2003) a 1.5 de una UIT, que será percibida de manera mensual. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Secretaría Ge- neral la publicación del presente Acuerdo de Concejo. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Munici- pal, Unidad de Logística, Unidad de Contabilidad, Oficina de Planeación y Presupuesto, Tesorería y a todas las de- más Unidades en cuanto les corresponda. Regístrese, comuníquese y cúmplase. GLORIA A. LIZANO H. DE MATSUKAWA Alcaldesa 03192 MUNICIPALIDAD DE SAN MARTÍN DE PORRES /G44/G65/G6A/G61/G6E/G20/G65/G6E/G20/G73/G75/G73/G70/G65/G6E/G73/G6F/G20/G65/G66/G65/G63/G74/G6F/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G41/G63/G75/G65/G72/G64/G6F /G64/G65/G20/G43/G6F/G6E/G63/G65/G6A/G6F/G20/G4E/GBA/G20/G30/G34/G39/G2D/G32/G30/G30/G31 ACUERDO DE CONCEJO Nº 007-2004/MDSMP San Martín de Porres, 14 de enero del 2004 Visto, en Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Oficio Nº 1976-2003-MML-DMDU, de la Dirección Muni- cipal de Desarrollo Urbano de la Municipalidad Metropo- litana de Lima, quien solicita a esta Corporación Munici-pal una salida coherente y definitiva a la problemática presentada en la zona del Naranjal por el derecho de vía de la Av. Cuzco del distrito de San Martín de Porres y elInforme Nº 010-2004-GHI-DHU/MDSMP. de la División de Habilitaciones Urbanas de la Gerencia de Desarrollo Urbano de esta Municipalidad, que informa de los pro-gramas de viviendas afectadas por la definición del tra- zo de la Av. Cuzco; CONSIDERANDO: Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 049-2001- MDSMP de la Municipalidad de San Martín de Porres de fecha 22 de noviembre de 2001, se Acordó cumplir con lo