Norma Legal Oficial del día 14 de febrero del año 2004 (14/02/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 14 de febrero de 2004

turales, aprobado por Decreto Legislativo Nº 613, el articulo 13º literal c) de la Ley Nº 26734 y el inciso m) del primer rubro del articulo 65º del Reglamento General de OSINERG, aprobado por el Decreto Supremo Nº 054-2001PCM modificado por Decreto Supremo Nº 055-2001-PCM. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Sancionar a las empresas VOPAK SERLIPSA S.A. y PETROPERU S.A. de forma solidaria con una multa de noventa (90) UIT, vigente a la fecha de pago, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Disponer que el importe de la multa sea depositado en la cuenta corriente Nº 071-3967417 del Banco Wiese Sudameris o 193-1071665-0-97 del Banco de Credito del Peru, dentro de un plazo MORDAZA de quince (15) dias calendario, contados a partir del dia siguiente de notificada la presente Resolucion y que en el mismo plazo se haga llegar a OSINERG el original de la boleta de pago de la multa correspondiente, haciendose pasible a las acciones legales pertinentes en caso de incumplimiento. Articulo 3º.- De conformidad al articulo 41º, MORDAZA parrafo del Reglamento General de OSINERG, aprobado por el Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM, la multa se reducira en un 25% si se cancela el monto de la misma dentro del plazo fijado en el articulo anterior de la presente Resolucion y las empresas fiscalizadas se desisten del derecho de impugnar administrativa y judicialmente la presente Resolucion. MORDAZA QUINTANILLLA MORDAZA Gerente General 02996

- MORDAZA Mensual de Informacion sobre adquisiciones. - Atencion de requerimientos y resoluciones. - Suscripcion y MORDAZA de declaraciones juradas. Articulo Segundo.- Poner la presente resolucion en conocimiento del Consejo Directivo de OSINERG. MORDAZA MORDAZA LA MORDAZA Gerente General (e) 03071

Sancionan con multa de 750 UIT a Transportadora de Gas del Peru S.A.
RESOLUCION DE GERENCIA GENERAL ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA OSINERG Nº 089-2004-OS/GG MORDAZA, 28 de enero de 2004 VISTOS: El Expediente Nº 11347 de la Gerencia de Fiscalizacion en Hidrocarburos del OSINERG, el Informe Tecnico Nº 11347-2002-OSINERG-CMA, sobre la Visita de Fiscalizacion Ambiental Regular realizada del 14 al 21 de junio del 2002, a las operaciones de construccion e instalacion del gasoducto responsabilidad de la empresa Transportadora de Gas del Peru S.A., el Informe del 23 de enero del 2003, el Informe Tecnico Nº 1524112003-OS-GFH-S y en el Informe Legal Nº 322-2003-OSINERG-GFH-L. CONSIDERANDO: 1. ANTECEDENTES 1.1. Que, la empresa Transportadora de Gas del Peru S.A. es la concesionaria a cargo de las operaciones de construccion e instalacion del gasoducto, que se vienen llevando a cabo en los tramos KP 108+000 a 108+960, KP 109+000 a 111+200 y en KP 135+600, provincia de La Convencion, departamento de Cusco; 1.2. Que, en el Informe Tecnico Nº 11347-2002-OSINERG-CMA, se manifiesta que del 14 al 21 de junio del 2002, se llevo a cabo una Visita de Fiscalizacion Ambiental Regular a las operaciones de construccion e instalacion del gasoducto de la empresa Transportadora de Gas del Peru S.A., en la que se detecto que en los tramos KP 108+000 a 108+960, KP 109+000 a 111+200 y en KP 135+600, el derecho de via excede los treinta (30) metros de ancho establecido en el Reglamento para la Proteccion Ambiental en las Actividades de Hidrocarburos, lo que implica una mayor deforestacion en la MORDAZA, con efectos potenciales negativos para la conservacion de suelos y mayor perdida de biodiversidad; 1.3. Que, mediante Oficio Nº 6934-2002-OSINERGGFH-L, del 21 de octubre del 2002, se le comunico a la empresa Transportadora de Gas del Peru S.A. que se le habia iniciado procedimiento administrativo sancionador por los incumplimientos senalados en el Informe Tecnico Nº 11347-2002-OSINERG-CMA, otorgandole un plazo de cinco (5) dias habiles para que realicen sus descargos; 1.4. Que, a traves del escrito de registro Nº 286652, del 30 de octubre del 2002, la citada empresa solicita la prorroga del plazo para la MORDAZA de descargos al Informe Nº 11347-2002-OSINERG-CMA; 1.5. Que, por Oficio Nº 7756-2002-OSINERG-GFH-L, del 4 de noviembre del 2002, se le otorgo a la empresa MORDAZA mencionada un plazo ampliatorio de diez dias utiles para realizar los descargos al Informe Nº 11347-2002-OSINERG-CMA; 1.6. Que, a traves del escrito de registro Nº 291179, de fecha 19 de noviembre del 2002, la empresa Transportadora de Gas del Peru S.A., solicita acogerse a lo establecido en el articulo 83º del Reglamento General de OSINERG, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM, adjuntando el indice de la Tabla de Contenido del Plan de Recomposicion Constructiva;

Otorgan facultades al Jefe de la Oficina de Administracion y Finanzas para que represente a OSINERG ante la SUNAT
RESOLUCION DE GERENCIA GENERAL ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA OSINERG Nº 088-2004-OS/GG MORDAZA, 27 de enero de 2004 CONSIDERANDO: Que, el inciso c) del articulo 65º del Reglamento General de OSINERG, aprobado por Decreto Supremo Nº 0542001-PCM, modificado por Decreto Supremo Nº 055-2001PCM establece que corresponde al Gerente General ejercer la representacion legal, administrativa y judicial de OSINERG; Que, el ultimo parrafo del articulo 65º del Reglamento MORDAZA mencionado senala que el Gerente General podra delegar temporalmente las facultades indicadas en los literales "c", "g", "h" e "i" de este articulo, dando cuenta de ello al Consejo Directivo; Que, con la finalidad de procurar un normal desarrollo de las funciones de OSINERG es necesario otorgar facultades al Jefe de la Oficina de Administracion y Finanzas para que represente al Organismo ante la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria - SUNAT, en todos los tramites y procedimientos administrativos que se lleven a cabo ante dicha Superintendencia; De conformidad con el articulo 65º del Reglamento General de OSINERG, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM, modificado por el Decreto Supremo Nº 0552001-PCM; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Otorgar facultades al Jefe de la Oficina de Administracion y Finanzas para que represente a OSINERG ante la SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA - SUNAT, en todos los tramites y procedimientos administrativos que se lleven a cabo ante dicha Superintendencia, en especial los siguientes:

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