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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE FEBRERO DEL AÑO 2004 (14/02/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 55

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G32/G32/G34/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 14 de febrero de 2004 1.7. Que, mediante escrito de registro Nº 303886, del 9 de enero del 2003, la empresa fiscalizada alcanza el desa- rrollo del Plan de Recomposición Constructiva de los sec- tores Pk 108; 109; 111 y 135; 2. SUSTENTACIÓN DE LOS DESCARGOS 2.1. Que, la empresa fiscalizada solicita acogerse a lo establecido en el artículo 83º del Reglamento General de OSINERG, comprometiéndose a modificar los aspectosrelacionados con los hechos investigados, mediante la eje- cución del Plan de Recomposición Constructiva; 2.2. Que, asimismo, manifiesta que el compromiso que está asumiendo tiene por objeto alcanzar un acuerdo sa- tisfactorio para mitigar los impactos ambientales genera- dos por la construcción del derecho de vía en las progresi-vas antes citadas y suspender el procedimiento sanciona- dor iniciado; sin embargo, alega que ello no implica el reco- nocimiento de haber cometido la infracción administrativaimputada por OSINERG; 2.3. Que, posteriormente, alcanza el desarrollo del Plan de Recomposición Constructiva de los sectores Pk 108;109; 111 y 135; 3. ANÁLISIS3.1. Que, el artículo 83º del Reglamento General de OSINERG, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM, establece que dentro del plazo para formular los des- cargos por la comisión de una infracción, el presunto res- ponsable podrá suscribir un compromiso de cese de loshechos investigados o de la modificación de aspectos re- lacionados con ellos; 3.2. Que, el compromiso presentado por la empresa Transportadora de Gas del Perú S.A., a través del escrito de registro Nº 291179, del 19 de noviembre del 2002, se limita a un índice de la Tabla de Contenido del Plan de Re-composición Constructiva, no existiendo desarrollo alguno del contenido del mismo y, recién con el escrito de registro Nº 303886, del 9 de enero del 2002, la empresa fiscalizadaalcanza el desarrollo del Plan de Recomposición Construc- tiva antes citado; 3.3. Que, sin perjuicio de lo antes expuesto, es preciso señalar que aunque la empresa recurrente hubiera cumpli- do con presentar el Plan de Recomposición Constructiva dentro del plazo otorgado para realizar los descargos, di-cho documento no podría haber sido calificado como una propuesta a fin de suscribir un compromiso de cese de los hechos investigados o de la modificación de aspectos re-lacionados con ello, toda vez que la elaboración y ejecu- ción del citado Plan es una obligación de la empresa Trans- portadora de Gas del Perú S.A.; 3.4. Que, de lo antes expuesto se infiere que la empre- sa Transportadora de Gas del Perú S.A. no cumplió, dentro del plazo fijado para formular descargos, con presentar lapropuesta a ser evaluada por OSINERG a efectos de sus- cribir, durante dicho período, un compromiso de cese de los hechos investigados o de la modificación de aspectosrelacionados con ello; por lo que, la solicitud planteada al respecto debe ser desestimada; 3.5. Que, conforme lo dispuesto en el literal a) del artí- culo 46º del Reglamento para la Protección Ambiental en las Actividades de Hidrocarburos, aprobado por Decreto Supremo Nº 046-93-EM, el ancho del Derecho de Vía paraoleoductos principales no debe ser mayor de 30 metros y las vías de acceso no deben tener más de 15 metros de ancho; 3.6. Que, de la evaluación efectuada se ha acreditado que la empresa Transportadora de Gas del Perú S.A., ha infringido lo dispuesto en el artículo 46º del Reglamentopara la Protección Ambiental en las Actividades de Hidro- carburos, al haber afectado áreas que exceden los treinta (30) metros de ancho en los tramos KP 108+000 a 108+960,KP 109+000 a 111+200 y en KP 135+600; en consecuen- cia, el ilícito administrativo se encuentra tipificado en lo dis- puesto en el artículo 48º del citado Reglamento en concor-dancia con el artículo 1º de la Ley Complementaria de For- talecimiento Institucional de OSINERG, Ley Nº 27699 y con el Código de Medio Ambiente y los Recursos Naturales,aprobado por Decreto Legislativo Nº 613; 3.7. Que, el numeral 2.3 del Anexo IV de la Escala de Multas y Sanciones de OSINERG, aprobada por Resolu-ción Ministerial Nº 176-99-EM/SG modificada por Resolu- ción Ministerial Nº 087-2001-EM/VME, acorde con lo dis- puesto en el literal a) del artículo 114º del Código de MedioAmbiente y Recursos Naturales y el literal c) del artículo 13º de la Ley Nº 26734, establece la imposición de una multa de 1 a 10000 UIT por daños al medio ambiente; 3.8. Que, en el Informe del 23 de enero del 2003 y, en el Informe Técnico Nº 152411-2003-OS-GFH-S, se fijaron los criterios a considerar para establecer la sanción que co- rresponde aplicar en el caso materia de autos, siendo és-tos los siguientes: 3.8.1. La magnitud del impacto es seria por las siguien- tes consideraciones: a. En el Estudio de Impacto Ambiental (en adelante EIA) aprobado por Resolución Directoral Nº 092-2002-EM- DGAA, a favor de la empresa Transportadora de Gas del Perú S.A. (en adelante TGP), se establece que el anchodel derecho de vía (en adelante DDV), aprobado por la au- toridad competente, no debe exceder de 25 m. Estas di- mensiones no se cumplen en el área indicada del SectorSelva comprendido entre las progresivas KP 108-109-111- 135. b. El desbroce de la foresta, origina desestabilización del terreno y erosión del suelo que de por sí, es inestable debido a las fuertes pendientes topográficas que presenta el área. c. El horizonte de suelo orgánico (top soil) que por na- turaleza es pobre en nutrientes, tiene un espesor que osci- la de 5 a 10 cm. La pérdida del top soil implica la pérdida dela cobertura vegetal, pues al no tener capacidad de nu- trientes el suelo residual, la deforestación del área se hace inminente con el aumento de la erosión del suelo originadapor las lluvias y el incremento o mayor transporte de sóli- dos en suspensión a los cuerpos de agua. d. También se ha establecido que debido al corte de los taludes sin dar la importancia necesaria al diseño y cortes de los mismos, ha ocurrido relajación de esfuerzos de con- finamiento, exponiendo el suelo al medio ambiente, cam-biando la posición de equilibrio del suelo por una de dete- rioro acelerado. Asimismo, los taludes de corte favorecen la deforestación del bosque primario, alterando y disminu-yendo la biodiversidad de especies de flora y fauna silves- tre, de manera que afecta la cadena trófica y desequilibra los ecosistemas naturales presentes en ella. e. A este respecto, se ha calculado el área de terreno afectada: PK 108+000: Margen derecha e izquierda: 1000 m 2 aproxi- madamente. PK 108+500: Margen derecha: 6 400 m2 aproximadamente. PK 109+000: Margen derecha e izquierda: 2450 m2 aproxi- madamente. PK 109+600: 3 400 m2 aproximadamente. PK 111+000: Margen izquierda: 1 200 m2 aproximadamente PK 133+000: 1 350 m2 aproximadamente. PK 134+050: 2 100 m2 aproximadamente. PK 135: 1500 m2 aproximadamente. TOTAL: 19 400 m2 aproximadamente (1,94 hectáreas) Asimismo, se ha considerado que la magnitud del im- pacto es de alta dificultad en la remediación por las siguien- tes consideraciones: aa. La desestabilización del suelo origina la pérdida de la cobertura vegetal favoreciendo la deforestación. Esta condición está precisada en el Plan de RecomposiciónConstructiva de TGP de noviembre de 2002. bb. Se considera que corresponde a una zona de fuer- tes pendientes inestables de altas precipitaciones, dondelos suelos son muy pobres en nutrientes, otro factor que dificulta la remediación y recomposición de las áreas afec- tadas. cc. Por otro lado, el desbroce de las plantas favorece a la erosión del suelo, así como el aumento del transporte de sedimentos como sólidos en suspensión en los cursos deagua superficiales, este arrastre de sedimentos conlleva a la pérdida del suelo orgánico (top soil) por efecto erosivo de las aguas de escorrentía superficial (principalmente por