Norma Legal Oficial del día 14 de febrero del año 2004 (14/02/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

MORDAZA, sabado 14 de febrero de 2004

NORMAS LEGALES

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documentos falsos, causal tipificada en el inciso f) del articulo 205º del Reglamento, segun Resolucion Nº 018/ 2004.TC-S1 de 8.1.04, sancion que entrara en vigencia a partir del dia siguiente de la notificacion de la indicada resolucion. 5. SEGSA ORIENTE S.A.C., Suspension de un (1) ano en su derecho a presentarse a procesos de seleccion y contratar con el Estado, por presentar documentos falsos, causal tipificada en el inciso f) del articulo 205º del Reglamento, segun Resolucion Nº 019/2004.TC-S1, de 9.1.04, sancion que entrara en vigencia a partir del dia siguiente de la notificacion de la indicada resolucion. 6. R & V CONSTRUCTORA INMOBILIARIA S.A.C., Suspension de un (1) ano en su derecho a presentarse a procesos de seleccion y contratar con el Estado, por presentar declaracion jurada con informacion inexacta; causal tipificada en el inciso f) del articulo 205º del Reglamento, segun Resolucion Nº 020/2004.TC-S1, de 9.1.04, sancion que entrara en vigencia a partir del dia siguiente de la notificacion de la indicada resolucion. 7. COMERCIO Y REPRESENTACIONES GENERALES DE MORDAZA ALBUQUERQUE MORDAZA y/o MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Suspension de un (1) ano en su derecho a presentarse a procesos de seleccion y contratar con el Estado, por haber incumplido injustificadamente sus obligaciones derivadas de la orden de compra; causal tipificada en el inciso a) del articulo 205º del Reglamento, segun Resolucion Nº 023/ 2004.TC-S1, de 9.1.04, sancion que entrara en vigencia a partir del dia siguiente de la notificacion de la indicada resolucion. Articulo Segundo.- Disponer que la Gerencia de Registros incorpore la relacion de inhabilitados para contratar con el Estado del mes de enero, a la pagina web de la entidad, www.consucode.gob.pe, donde se encuentran consignados los inhabilitados de meses anteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 02964

Que, mediante Informe Nº 001-04-ABAS, de fecha 7 de enero de 2004, el Jefe de la Oficina de Abastecimiento, sustenta la necesidad de declarar en situacion de urgencia, la adquisicion de combustible por ser indispensable y crucial para el normal desarrollo de las actividades institucionales en cuanto al transporte diario de personal, que aproximadamente en el 80% presta servicios en el Centro Nuclear, sito en las Pampas de Huarangal, Carabayllo, a 42 Kms. de MORDAZA, lugar de emplazamiento del Reactor de 10 Mw, de la Planta de Produccion de Radioisotopos y demas laboratorios, presentando para ello el cuadro de requerimiento referido a petroleo y gasolina de 90 octanos, precisando asimismo que la situacion de urgencia sea por un periodo de 90 dias y por un monto de Cincuenta y Un Mil Ochocientos Sesentiun y 00/100 Nuevos Soles (S/. 51,861.00); Que, mediante Memorandum Nº 006-04-PLPR, el Director de Planificacion, Presupuesto y Racionalizacion, informa sobre disponibilidad de recursos presupuestales, para atender la adquisicion de combustible por el monto de S/. 51,975.00; Que, efectuada la evaluacion sobre la situacion presentada, mediante Informe Legal Nº 020-04-ASJU, la Oficina General de Asesoria Juridica se pronuncia por la procedencia de declarar en situacion de urgencia la adquisicion del combustible, situacion prevista en el articulo 19º del TUO de la Ley, aprobado por Decreto Supremo Nº 0122001-PCM, en MORDAZA con el Art. 105º del Reglamento de la Ley, contandose con los requisitos de tiempo y cantidad que para estos efectos precisa el Art. 21º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 012-2001-PCM y teniendo en cuenta que la falta de combustible compromete en forma directa e inminente las actividades que la institucion tiene a su cargo, entre estas, la produccion y distribucion de material radiactivo para el abastecimiento a Hospitales y Centros Medicos; De conformidad con el Art. 9º inciso i) del Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado por R.S. Nº 05491-EM/VME; Con el visto del Director Ejecutivo, de la Directora General de Asesoria Juridica y del Director General de Administracion; SE RESUELVE:

IPEN
Declaran en situacion de urgencia la adquisicion de combustible para la flota vehicular institucional
INSTITUTO PERUANO DE ENERGIA NUCLEAR RESOLUCION DE PRESIDENCIA Nº 021-04-IPEN/PRES MORDAZA, 2 de febrero de 2004 VISTO: El Informe Legal Nº 020-04-ASJU y el Memorandum Nº 008-04-ADMI, de fecha 13 de enero de 2004, del Director General de Administracion, mediante el cual se solicita se declare en situacion de urgencia la adquisicion de combustible; CONSIDERANDO: Que, el MORDAZA de adjudicacion de combustible estuvo considerado en el PAAC institucional 2003, expidiendose las Resoluciones de Presidencia Nº 104-03-IPEN/PRES y Resolucion de Presidencia Nº 105-03-IPEN/PRES, sobre autorizacion de inicio de MORDAZA asi como aprobacion de las Bases Administrativas respectivamente; Que, mediante Ley Nº 28034, se dictan medidas complementarias de austeridad y racionalidad en el gasto publico conteniendo una drastica medida en el ahorro de combustible, lo que obligo al reajuste presupuestal en la especifica del gasto 23, quedando sin financiamiento el MORDAZA ADP0003-2003/IPEN, motivando se expida la Resolucion de Presidencia Nº 195-03-IPEN/PRES, de fecha 31 de diciembre de 2003, que deja sin efecto las Resoluciones de Presidencia Nº 104-03-IPEN/PRES y Nº 105-03IPEN/PRES;

Articulo Primero.- Declarar en situacion de urgencia la adquisicion del combustible para atender el requerimiento de la flota vehicular institucional, por un monto de Cincuenta y Un Mil Novecientos Setenticinco y 00/ 100 Nuevos Soles (S/. 51,975.00), que no excedera de noventa (90) dias a partir de la fecha de la presente Resolucion, para que se realice el MORDAZA de seleccion correspondiente. Articulo Segundo.- Autorizar a la Oficina General de Administracion efectuar las acciones necesarias para la adquisicion de combustible mediante Adjudicacion de Menor Cuantia y de acuerdo al procedimiento establecido para estos efectos por el TUO y el Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Articulo Tercero.- Poner la presente Resolucion, en conocimiento de la Contraloria General de la Republica, asi como a otras instancias que la Ley establece y dentro de los plazos previstos. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 03033

OSINERG
Sancionan con multa de 90 UIT a Vopak Serlipsa S.A. y a Petroperu S.A.
RESOLUCION DE GERENCIA GENERAL ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA OSINERG Nº 079-2004-OS/GG MORDAZA, 23 de enero de 2004

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