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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE FEBRERO DEL AÑO 2004 (14/02/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 63

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G32/G32/G35/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 14 de febrero de 2004 Artículo Tercero.- PUBLICAR la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, a cargo de los interesados, dentro de los 30 días siguientes de notificada la misma. Comuníquese, regístrese y cúmplase. LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima 02974 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G50/G6C/G61/G6E/G20/G41/G6E/G75/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G41/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73 /G79/G20/G43/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G49/G6E/G73/G74/G69/G74/G75/G74/G6F/G20/G43/G61/G74/G61/G73/G74/G72/G61/G6C/G65/G20/G49/G6E/G66/G6F/G72/G6D/GE1/G74/G69/G63/G6F/G20/G64/G65/G20/G4C/G69/G6D/G61/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G61/GF1/G6F/G20/G32/G30/G30/G34 INSTITUTO CATASTRAL E INFORMÁTICO DE LIMA RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 005-2004-DE-ICIL-MML Lima, 5 de febrero del 2004CONSIDERANDO: Que, de conformidad al artículo 7º del Texto Único Or- denado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Ad-quisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, cada Entidad debe elaborar un Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones en el que se debeprever los bienes, servicios y obras que se requerirán du- rante el Ejercicio Presupuestal, el mismo que debe ser apro- bado por el Titular del Pliego o la máxima autoridad admi-nistrativa de la Entidad; Que, la Ley Nº 28128 “Ley de Presupuesto para el Sec- tor Público para el Año Fiscal 2004”, en su artículo 22º,Ley Nº 27209 - “Ley de Gestión Presupuestaria del Esta- do” en su artículo 21º y D.S. Nº 187-2003-EF establecen los montos y límites a tener en cuenta para las Adquisicio-nes y Contrataciones de Obras, Bienes y Servicios y Con- sultorías, de las Empresas Municipales y Organismos Pú- blicos Descentralizados Municipales; En virtud de las facultades conferidas en el Art. 28º del Estatuto del ICIL; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar “El Plan Anual de Adquisi- ciones y Contrataciones para el año 2004” del Instituto Catastral e Informático de Lima, el mismo que forma partede la presente Resolución. Artículo Segundo.- Hacer de su conocimiento al CON- SUCODE y a la Comisión de Promoción de la Pequeña yMicro Empresa - PROMPYME, de acuerdo con los proce- dimientos establecidos. Artículo Tercero.- Disponer que el Plan Anual aproba- do en el Artículo Primero esté a disposición de los intere- sados, de conformidad a lo establecido en el numeral 4 del artículo 7º del Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM. Regístrese, comuníquese y publíquese. JESÚS F. DÍAZ ÁVALOS Director Ejecutivo 03036 MUNICIPALIDAD DE CIENEGUILLA /G50/G72/G6F/G72/G72/G6F/G67/G61/G6E/G20/G76/G69/G67/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G62/G65/G6E/G65/G66/G69/G63/G69/G6F/G20/G74/G72/G69/G62/G75/G2D /G74/G61/G72/G69/G6F/G20/G79/G20/G61/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G74/G69/G76/G6F/G20/G6F/G74/G6F/G72/G67/G61/G64/G6F/G20/G6D/G65/G64/G69/G61/G6E/G2D/G74/G65/G20/G6C/G61/G20/G4F/G72/G64/G65/G6E/G61/G6E/G7A/G61/G20/G4E/GBA/G20/G33/G37/G2D/G32/G30/G30/G33/G2D/G4D/G44/G43 ORDENANZA Nº 02-2004-MDC Cieneguilla, 12 de febrero de 2004EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE CIENEGUILLAPOR CUANTO: El Concejo Municipal, en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 30 de enero del 2004, aprobó por UNANIMIDADla presente Ordenanza; Que, la Ley Nº 27680, “Ley de Reforma Constitucional sobre Descentralización”, reconoce a las Municipalidadescomo los órganos de Gobierno Local con autonomía políti- ca, económica y administrativa en los asuntos de su com- petencia; Que, mediante Ordenanza Nº 37-2003-MDC, de fecha 25 de noviembre del 2003, se otorgó el Beneficio Tributario y Administrativo a favor de los contribuyentes disponiendosu plazo de vigencia hasta el 31 de diciembre del 2003; Que, mediante Ordenanza Nº 038-2003-MDC, de fecha 15 de diciembre del 2003, se prorrogó hasta el 31 de enerodel 2004, la vigencia del plazo para acogerse al Beneficio Tributario y Administrativo; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27972, Ley Orgá- nica de Municipalidades; ORDENANZA Artículo Primero.- Prorrogar hasta el 14 de febrero del 2004 la vigencia de la Ordenanza Nº 37-2003-MDC, la cualotorga el Beneficio Tributario y Administrativo a favor de los contribuyentes del distrito. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia Municipal y a la Oficina de Rentas su cumplimiento, publicación y difusión. Artículo Tercero.- La presente Ordenanza se publica- rá en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y archívese.MANUEL SCHWARTZ F. Alcalde de Cieneguilla 03193 MUNICIPALIDAD DE CHACLACAYO /G41/G6D/G70/G6C/GED/G61/G6E/G20/G70/G6C/G61/G7A/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G64/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G73/G69/G2D /G74/G75/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G75/G72/G67/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G61/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G63/G61/G72/G62/G75/G72/G61/G6E/G74/G65/G73 ACUERDO DE CONCEJO Nº 005-04 Chaclacayo, 5 de febrero de 2004EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE CHACLACAYO Reunido el Honorable Concejo Distrital de Chaclacayo en Sesión Ordinaria de fecha 5 de febrero de 2004, bajo lapresidencia del señor Alcalde y con el quórum reglamenta- rio: CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Locales gozan de autonomía políti- ca, económica y administrativa en los asuntos de su com-petencia, según lo establecen los artículos 194º y 195º de la Constitución Política, modificado por la Ley de Reforma Constitucional - Ley Nº 2780 y en concordancia con el artí-culo II de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972; Que, mediante Informe Nº 002-04-CE/MDCH, el Comi- té Especial comunica a la Gerencia Municipal que la Adju- dicación Directa Pública Nº 001-2004-CE-MDCH para la Adquisición del Combustible, fue declarada Desierta. Enatención a ello, solicita al Concejo ampliar el período de Situación de Urgencia por 30 días hábiles y/o por el tiem- po que dure el nuevo proceso de selección de la segundaconvocatoria; Que, asimismo señala que el monto referencial, previs- to para el período de ampliación de la Declaratoria de Ur-gencia es de S/. 36,000.00 (Treinta y seis mil y 00/100 Nue-