Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE FEBRERO DEL AÑO 2004 (27/02/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 90

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G33/G33/G34/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 27 de febrero de 2004 dial - 2004 resulta insuficiente para los contribuyentes, por lo cual y siendo política de esta Administración brindar lasmayores facilidades al contribuyente Sanmiguelino, toman-do en consideración su opinión, resulta necesario otorgaruna prórroga al plazo de vencimiento del referido tributo; y, En uso de sus facultades conferidas en el inciso 6) del artículo 20º y 42º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica deMunicipalidades; DECRETA:Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 31 de mar- zo de 2004, el plazo para el pago de la primera cuota delImpuesto Predial, correspondiente al año 2004. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Rentas y Administración Tributaria, Secretaría de Imagen Institu-cional y Subgerencia de Informática, el cumplimiento delpresente Decreto. Regístrese, comuníquese y cúmplase.SALVADOR HERESI CHICOMA Alcalde 04053 MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO FE DE ERRATAS ORDENANZA Nº 174-MSS Mediante Oficio Nº 161-2004-SG-MSS, la Municipali- dad de Santiago de Surco solicita se publique Fe de Erra-tas de la Ordenanza Nº 174-MSS, publicada en la edicióndel día 21 de febrero de 2004. En la página 262931DICE:GERENCIA DE MEDIO AMBIENTEDEBE DECIR:GERENCIA DE MEDIO AMBIENTE CONTAMINACIÓN AMBIENTAL Y MEDIOAMBIENTE 03986 MUNICIPALIDAD DE VILLA EL SALVADOR /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G65/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G6D/G65/G63/G61/G6E/G69/G7A/G61/G64/G61/G20/G64/G65 /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G4A/G75/G72/G61/G64/G61/G20/G79/G20/G66/G69/G6A/G61/G6E/G20/G6D/G6F/G6E/G74/G6F/G20/G6D/GED/G6E/G69/G2D/G6D/G6F/G20/G70/G6F/G72/G20/G63/G6F/G6E/G63/G65/G70/G74/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G49/G6D/G70/G75/G65/G73/G74/G6F/G20/G50/G72/G65/G64/G69/G61/G6C ORDENANZA MUNICIPAL Nº 078-MVES Villa El Salvador, 19 de febrero del 2004 Visto: El Memorando Nº 026-MVES-DR-04, de fecha 19.2.2004, suscrito por el Director de Rentas. CONSIDERANDO:Que, de acuerdo al ultimo párrafo del Art. 13º del De- creto Legislativo Nº 776, Ley de Tributación Municipal, lasMunicipalidades están facultadas para establecer un mon-to mínimo a cobrar por concepto de Impuesto Predial, equi-valente al 0.6% de la UIT vigente de enero del año a quecorresponde el Impuesto siendo conveniente además, es-tablecer la forma de pago al contado y/o fraccionado delmencionado Impuesto para el Ejercicio Fiscal del año 2004; Que, asimismo la cuarta disposición final de la Ley an- tes mencionada, faculta a las Municipalidades a cobrar porel servicio de emisión mecanizada de recibos de pago, un monto no mayor del 0.4% de la UIT vigente al 1 de enerode cada Ejercicio, siendo necesario establecer para el pre-sente año la suma que deben de abonar los contribuyentespor dicho servicio, habiéndose determinado el monto delmismo en S/. 4.80 (CUATRO Y 80/100 NUEVOS SOLES); Que, el valor de la Unidad Impositiva Tributaria UIT vi- gente el 1 de enero del Ejercicio Fiscal 2004, ha sido esta-blecida en S/. 3,200.00 (TRES MIL DOSCIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES); Estando a lo informado, contando con el Informe Nº 175- 2004-OAJ/MVES proveniente de la Oficina de AsesoríaJurídica, en el cual el Director opina favorablemente, enuso de las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica deMunicipalidades Nº 27972, contando con el Voto Unánimedel Concejo Municipal, se expide la siguiente; ORDENANZA Artículo 1º.- AUTORIZAR a la Oficina de Rentas la emisión mecanizada de la Declaración Jurada del Impues-to Predial y su correspondiente recibo de pago, cuya fechade vencimiento se indica a continuación: PAGO AL CONTADO : 31 DE MARZOPAGO FRACCIONADO- Primera Cuota : 31 DE MARZO - Segunda Cuota : 31 DE MAYO- Tercera Cuota : 31 DE AGOSTO- Cuarta Cuota : 30 DE NOVIEMBRE Artículo 2º.- AUTORIZAR la declaración Jurada Masiva de Datos por la cual en forma gratuita, los vecinos podrán de-clarar, rectificar, regularizar, modificar, incorporar, subsanar, yen general actualizar la información relativa a su impuesto pre-dial, estableciéndose la condonación del pago de cualquier clasede multa, respecto de dichas declaraciones y de transferen-cias de inmuebles, para los vecinos que cumplan con efectuarsus declaraciones hasta el 31 de marzo del 2004, para lo cualdeberán cumplir con los siguientes requisitos: - Presentar el formulario de Declaración Jurada de Ac- tualización de Datos. - Copia fedateada de su documento de identidad.- Copia del documento que acredita la propiedad (en los casos que así lo amerite por cambio de nombre otransferencia de propiedad), o en su caso copia del docu-mento público que acredite la posesión o tenencia, segúnel artículo siguiente. Podrán acogerse también los vecinos que tuvieren ex- pedientes en trámite. Artículo 3º.- Precisar que la incorporación como posee- dores o tenedores se efectuará de conformidad a lo previstoen el último párrafo del Art. 9º del D.L. Nº 776, significándoseque la incorporación mediante la presente Declaración Jura-da Masiva tiene sólo efectos de prestación tributaria, por loque no constituye reconocimiento de otros derechos de natu-raleza civil, comercial u otros distintos a los tributarios. Artículo 4º.- Fijar en S/. 19.20 (DIECINUEVE Y 20/100 NUEVOS SOLES), el monto mínimo que se pagará por elconcepto del Impuesto Predial para el presente año 2004. Artículo 5º.- Fíjese el costo por el concepto de emisión mecanizada de la Declaración Jurada, recibos de pago,incluida la distribución domiciliaria en S/. 4.80 (CUATRO Y80/100 NUEVOS SOLES). Por cada predio adicional se abonará S/.2.50 (DOS Y 50/100 NUEVOS SOLES) por concepto de derecho deemisión. Artículo 6º.- Establézcase como horario de atención para la presente Campaña tanto en el Palacio Municipalcomo en las Agencias Municipales, el siguiente: - De lunes a viernes de 08:00 a 17:00 Horas - Sábados de 08:00 a 12:00 Horas Artículo 7º.- Disponer el cumplimiento de la presente a la Dirección Municipal, Oficina de Asesoría Técnica, Di-rección de Administración, y demás áreas pertinentes. Regístrese, comuníquese y cúmplase.JAIME A. ZEA USCA Alcalde 03924