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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE FEBRERO DEL AÑO 2004 (27/02/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 81

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G33/G33/G33/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 27 de febrero de 2004 MIGUEL REYES CONTRERAS Presidente del Consejo Regional POR TANTO:Publíquese y cúmplase.Dado en la ciudad de San Juan de la Frontera de los Chachapoyas, sede del Gobierno Regional de Amazonas,a los 16 días del mes de enero del dos mil cuatro. MIGUEL REYES CONTRERAS Presidente del Gobierno Regional de Amazonas 03948 /G44/G65/G6A/G61/G6E/G20/G73/G69/G6E/G20/G65/G66/G65/G63/G74/G6F/G20/G4F/G72/G64/G65/G6E/G61/G6E/G7A/G61/G20/G79/G20/G73/G75/G70/G72/G69/G6D/G65/G6E /G65/G6C/G20/G69/G6E/G63/G69/G73/G6F/G20/G44/G29/G20/G64/G65/G6C/G20/G41/G72/G74/GED/G63/G75/G6C/G6F/G20/G33/G36/GBA/G20/G64/G65/G6C/G20/G52/G65/G67/G6C/G61/G2D /G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G49/G6E/G74/G65/G72/G6E/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G43/G6F/G6E/G73/G65/G6A/G6F/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C ORDENANZA REGIONAL Nº 007-2004-CR/RA EL CONSEJO REGIONAL DE AMAZONAS Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente:CONSIDERANDO:Que, mediante Ordenanza Regional Nº 002-2003- CR/RA, de fecha 5 de febrero del 2003, se aprobó elReglamento Interno del Consejo Regional de Amazo-nas; Que, según Acuerdo Nº 001 del Consejo Regional, aprobado en Sesión Ordinaria Nº 021 de fecha 4 dediciembre del 2003, por unanimidad se dispone inte-grar el Art. 36º del Reglamento Interno del ConsejoRegional 2003-2006, en el sentido que existe cuatroclases de comisiones conformadas por ConsejerosRegionales, agregando las Comisiones Especiales paraprocesar e investigar a Altos Funcionarios del ex CTARAMAZONAS y Fiscalizar a la Gestión Institucional; asi-mismo, acordaron suprimir en el Inc. C) del citado artí-culo la palabra especial, debiendo quedar solamenteComisiones; acuerdo que se concretizó mediante Or-denanza Regional Nº 019-2003-CR/RA, de fecha 5 dediciembre del 2003; Que, con Acuerdo Nº 044-2004 de Sesión Ordinaria de Consejo Regional Nº 003 de fecha 4 de febrero del2004, se acordó dejar sin efecto el inciso D) del Artícu-lo 36º del Reglamento Interno del Consejo Regional,Acuerdo Nº 01 - Sesión Ordinaria del Consejo Regio-nal de Amazonas de fecha 04-12-2003, que textualmen-te aparece: "inciso D) Comisiones Especiales, para pro-cesar e investigar a altos funcionarios del ex CTAR-AMAZONAS y fiscalizar a la gestión institucional; porlo que es necesario implementar dicho Acuerdo, emi-tiendo la norma respectiva, dejando sin efecto la preci-tada Ordenanza Regional; Por lo que, en ejercicio de las atribuciones conferi- das por el Art. 37º, Inc. a) de la Ley Nº 27867, Ley Or-gánica de Gobiernos Regionales, modificada por LeyNº 27902; de conformidad con los considerandos ex-puestos, y en atención a lo aprobado por el ConsejoRegional, en su Tercera Sesión Ordinaria del año 2004. Se ha aprobado la Ordenanza siguiente: Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO LEGAL la Ordenanza Regional Nº 019-2003-CR/RA, de fecha 5 dediciembre del 2003; en consecuencia, suprimir el inciso D)del Artículo 36 del Reglamento Interno del Consejo Regio-nal; quedando subsistente lo demás que dicho Reglamen-to contiene. Artículo Segundo.- AUTORIZAR a la Secretaría del Consejo Regional, la publicación de la presente modifica-ción en el diario encargado de las publicaciones judiciales,disponiéndose su inclusión en el Portal Electrónico delGobierno Regional. Comuníquese al señor Presidente del Consejo Regio- nal de Amazonas para su promulgación. En la ciudad de San Juan de la Frontera de los Chacha- poyas, a los diecinueve días del mes de febrero del dos milcuatro.MIGUEL REYES CONTRERAS Presidente del Consejo Regional POR TANTO:Mando se publique y cumpla.Dado en la ciudad de San Juan de la Frontera de los Chachapoyas, Sede del Gobierno Regional Amazonas alos diecinueve días del mes de febrero del dos mil cuatro. MIGUEL REYES CONTRERAS Presidente del Gobierno Regionalde Amazonas 03945 GOBIERNO REGIONAL DE SAN MARTÍN /G44/G65/G73/G63/G6F/G6E/G6F/G63/G65/G6E/G20/G61/G64/G6A/G75/G64/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G70/G6F/G72/G20/G70/G61/G72/G74/G65/G20/G64/G65/G6C /G4D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G72/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G45/G64/G75/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G70/G6C/G61/G7A/G61/G73/G20/G6F/G72/G67/GE1/G2D/G6E/G69/G63/G61/G73/G20 /G65/G78/G69/G73/G74/G65/G6E/G74/G65/G73/G20 /G65/G6E/G20 /G65/G6C/G20 /GE1/G6D/G62/G69/G74/G6F/G6A/G75/G72/G69/G73/G64/G69/G63/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C /G64/G65/G20/G45/G64/G75/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E ORDENANZA REGIONAL Nº 003-2004-GRSM/CR Moyobamba, 17 de febrero del 2004 POR CUANTO:El Consejo Regional del Gobierno Regional de San Martín, de conformidad con lo previsto en los artículos197º y 198º de la Constitución Política del Perú de 1993,modificado por la Ley de Reforma Constitucional delCapítulo XIV, sobre Descentralización Ley Nº 27680,Ley de Bases de Descentralización Ley Nº 27783, LeyOrgánica de Gobiernos Regionales Ley Nº 27867 y sumodificatoria Ley Nº 27902, demás normas complemen-tarias, y, CONSIDERANDO:Que, de conformidad con el artículo 38º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867 y sumodificatoria, la misma que en el marco del ordenamientonormativo regional establece que las Ordenanzas Regio-nales norman asuntos de carácter general, la organizacióny administración del Gobierno Regional y reglamentanmaterias de su competencia; Que, la adjudicación de plazas orgánicas vacantes exis- tentes en la Dirección Regional de Educación de San Mar-tín, próximas a adjudicarse en una tercera etapa del Con-curso Nacional realizado en el año 2000, transgrede loslineamientos de Política Educativa Regional y con los li-neamientos de Política Educativa Intercultural y de la iden-tidad Regional; Que, el Consejo Regional por el mejoramiento de la calidad educativa y por los intereses de miles de maestrosnaturales y foráneos desocupados y con título profesional,egresados de la Universidad Nacional de San Martín y delos Institutos Superiores Pedagógicos públicos y privadosexistentes en el ámbito de la Región San Martín, quienesestán a la espera de un Concurso de docentes para cubrirplazas vacantes, el mismo que no se ha desarrollado des-de el año 2000; Que, el Concurso Nacional para cubrir plazas docen- tes a nivel nacional realizado el año 2000, no debe ser uti-lizado como referencia para adjudicar plazas en el año 2004,pues los maestros egresados y capacitados posteriormenteestán siendo marginados y limitados en sus derechos deser tratados con igualdad de oportunidades; Que, escuchando el clamor de los maestros de la Re- gión San Martín el Consejo Regional adopta una decisióntrascendental para exigir se respeten las competencias delGobierno Regional asignadas por Ley y no se atropelle susfacultades para reglamentar asuntos que son competen-cias exclusivas del Gobierno Regional de San Martín; Que, en sesión Ordinaria del día 11 de febrero del 2004, el Consejo Regional en pleno a acordado por unanimidad