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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE FEBRERO DEL AÑO 2004 (27/02/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 86

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G33/G33/G34/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 27 de febrero de 2004 MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA /G52/G65/G63/G74/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G61/G72/G74/GED/G63/G75/G6C/G6F/G20/G32/GBA/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4F/G72/G64/G65/G6E/G61/G6E/G7A/G61 /G4E/GBA/G20/G30/G35/G39/G2D/G4D/G44/G4C/G56 /G2C/G20/G73/G6F/G62/G72/G65/G20/G64/G65/G74/G65/G72/G6D/G69/G6E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65 /G61/G72/G62/G69/G74/G72/G69/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G69/G6D/G70/G69/G65/G7A/G61/G20/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G2C/G20/G70/G61/G72/G71/G75/G65/G73 /G79/G20/G6A/G61/G72/G64/G69/G6E/G65/G73/G20/G79/G20/G73/G65/G72/G65/G6E/G61/G7A/G67/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G61/GF1/G6F/G20/G32/G30/G30/G31 ORDENANZA Nº 018-04-MDLV La Victoria, 17 de febrero de 2004 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA VICTORIA Visto en la Sesión Ordinaria de Concejo celebrada con fecha 17 de febrero del 2004, el Informe Nº 045-2004-DR/MDLV de la Dirección de Rentas, con relación a la Deter-minación del Importe de los Arbitrios de Limpieza Pública,Parques y Jardines y Serenazgo regulados por la Orde-nanza Nº 059-MDLV de fecha 29 de diciembre del 2000,publicada en el Diario Oficial El Peruano el 31 de diciem-bre del 2000; y, CONSIDERANDO:Que, el Artículo 2º.- Determinación de los Arbitrios año 2001, de la Ordenanza Nº 059-MDLV de fecha 29de diciembre del 2000, señala que "En Aplicación delos Criterios señalados en el artículo precedente, seestablece, en los Anexos I y II de la presente Ordenan-za el importe anual de los Arbitrios destinados a finan-ciar los servicios mencionados en el primer párrafo delArtículo 1º."; Que, comparando con los importes de los Arbitrios de los años 1999 y 2000, es claro que el espíritu de la Ordenan-za Nº 059-MDLV, fue el de determinar los importes de losArbitrios mensuales, toda vez que el Artículo 5º de la Or-denanza Nº 058-MDLV, que aprueba el Régimen Tributariode los Arbitrios en el distrito, precisa con toda claridad quelos Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines ySerenazgo son de periodicidad mensual; Que, por lo expuesto y a efecto de su debido esclareci- miento, resulta de aplicación el Artículo 201º.- Rectifica-ción de Errores numeral 201.1 de la Ley Nº 27444 - Ley deProcedimientos Administrativos General, que establece quelos errores material o aritmético en los actos administrati-vos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cual-quier momento, de Oficio o a Instancia de los Administra-dos, siempre que no se altere lo sustancial de su conteni-do ni el sentido de la decisión; Que, asimismo en el numeral 201.2, del mismo cuerpo legal, se establece que la rectificación adopta las formas ymodalidades de comunicación o publicación que corres-ponda para el acto original; Que, en mérito a los fundamentos expuestos y debién- dose efectuar la debida corrección a la norma en referen-cia, el Concejo, de conformidad con el Artículo 9º numeral8) y Artículo 40º, de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica deMunicipalidades, en la forma reglamentaria, por Unanimidady con dispensa del trámite de la lectura y aprobación delActa, aprobó la siguiente: ORDENANZA RECTIFICAR EL ERROR MATERIAL CONTENIDO EN EL ARTÍCULO 2º DE LA ORDENANZA Nº 059-MDLV DE FECHA 29/12/00, SOBRE DETERMINACIÓN DE LOS ARBITRIOS DE LIMPIEZA PÚBLICA, PARQUES Y JARDINES Y SERENAZGO AÑO 2001 Artículo Único.- Rectificar el Artículo 2º de la Orde- nanza Nº 059-MDLV de fecha 29 de diciembre del 2000, dela manera siguiente: DICE: Artículo 2º.- DETERMINACIÓN DE LOS ARBITRIOS.- En aplicación de los criterios señalados en el artículo pre-cedente, se establece, en los Anexos I y II de la presenteOrdenanza, el importe anual de los arbitrios destinados afinanciar los servicios mencionados en el primer párrafodel Artículo 1º.DEBE DECIR: Artículo 2º.- En aplicación de los criterios señalados en el Título precedente, se establece, en los Anexos I y II dela presente Ordenanza, el importe mensual de los Arbi-trios destinados a financiar los servicios mencionados enel primer párrafo del Artículo 1º. POR TANTO:Regístrese, comuníquese, cúmplase y publíquese.ALEJANDRO BAZÁN GONZALES Alcalde 03990 /G43/G6F/G6E/G66/G6F/G72/G6D/G61/G6E/G20/G65/G6C/G20/G43/G6F/G6D/G69/G74/GE9/G20/G64/G65/G20/G41/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G2D /G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G72/G6F/G67/G72/G61/G6D/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G56/G61/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G4C/G65/G63/G68/G65 ACUERDO DE CONCEJO Nº 065-04-MDLV La Victoria, 27 de enero de 2004 EL CONCEJO DISTRITAL DE LA VICTORIA:Visto en la Sesión Extraordinaria de Concejo celebrada con fecha 27 de enero del 2004, el Oficio Nº 017-DBS/MDLV de fecha 21 de enero del 2004, emitido por la Direc-ción de Bienestar Social, por el que plantea el Reconoci-miento del Comité de Administración del Programa del Vasode Leche, período 2004-2006; y, CONSIDERANDO:Que, a través de la Ley Nº 26637, se dictan Normas referidas a la Administración del Programa del Vaso deLeche; Que, el Artículo 2º numeral 2.2 de la Ley Nº 27470, es- tablece que en cada Municipalidad Provincial en el DistritoCapital de la Provincia, en las Municipalidades Distritalesy Delegadas ubicadas en su jurisdicción se conforma unComité de Administración del Programa del Vaso de Lecheintegrado por el Alcalde, un Funcionario Municipal, tresRepresentantes de la Organización del Programa del Vasode Leche elegidas democráticamente por sus Bases, deacuerdo a los Estatutos de su Organización y adicional-mente complementada por un Representante de la Aso-ciación de Productores Agropecuarios de la Región o Zonay un Representante del Ministerio de Salud, cuyarepresentatividad será debidamente acreditada por losrespectivos Ministerios; Que, la Ley Nº 27712 de fecha 30 de abril del 2002, modifica el Artículo 2º numeral 2.2 y el Artículo 4º numeral4.1 de la Ley Nº 27470 y establece que los integrantes delComité del Programa del Vaso de Leche, ejercen sus fun-ciones máximo hasta un período de dos (2) años consecu-tivos, no pudiendo ser reelectos en forma inmediata, e in-corpora al Comité de Administración a una Representanteelegida por el Comité Distrital del Programa del Vaso deLeche, en calidad de Veedora; Que, por Acuerdo de Concejo Nº 0015-03-MDLV de fe- cha 21 de marzo del 2003, se conformó el Comité de Admi-nistración del Programa del Vaso de Leche del Distrito deLa Victoria, por un período máximo de dos (2) años; Que, la Organización del Programa del Vaso de Leche del Distrito de La Victoria con fecha 12 de enero del 2004,da a conocer la elección de las Tres Representantes delComité de Administración del Vaso de Leche, período 2004- 2006, así como también la elección de su Representanteque actuará en condición de Veedora; Que, en mérito a estos fundamentos, con el Informe de la Dirección de Asesoría Jurídica, de conformidad con laLey Nº 27470 y su modificatoria Ley Nº 27712 y con lasatribuciones conferidas por la Ley Orgánica de Munici-palidades - Ley Nº 27972, el Concejo, en la forma regla-mentaria, por Unanimidad y con dispensa del trámite de lalectura y aprobación del Acta; ACORDÓ: Artículo Primero.- Reconocer a las señoras Gloria Ele- na Balta Enciso, Gloria Reyes Salazar, Olga Maria RamosHinostroza e Isabel Susana Castillo Becerra, como Repre-