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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE FEBRERO DEL AÑO 2004 (27/02/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 82

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G33/G33/G33/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 27 de febrero de 2004 la siguiente Ordenanza Regional, con la cual se ordena la publicación y cumplimiento en el ámbito de la región SanMartín; Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: ORDENA:Artículo Primero.- Desconocer la adjudicación por parte del Ministerio de Educación de 392 plazas orgánicasexistentes en el ámbito jurisdiccional de la Dirección Re-gional de Educación del Gobierno Regional de San Martín,por no corresponder a los lineamientos de Política Educa-tiva Regional y por atentar contra los principios de la Edu-cación Intercultural e Identidad Regional. Artículo Segundo.- FACULTAR al Presidente del Go- bierno Regional de San Martín Max Henrry Ramírez Gar-cía, realizar las gestiones pertinentes en coordinación conla Dirección Regional de Educación, a efecto de mantenerlas plazas docentes orgánicas vacantes existentes en laRegión San Martín, para que sean cubiertas bajo la moda-lidad de contrato, hasta la convocatoria de concurso en elcual se apliquen criterios coherentes con la política educa-tiva de la Región San Martín y la educación intercultural. Artículo Tercero.- La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publica-ción en el Diario Oficial El Peruano. Artículo Cuarto.- Autorizar al señor Alfonso Reina Cabrera, Secretario de Consejo Regional, la publicaciónde la presente Ordenanza Regional en el diario encargadode las publicaciones regionales disponiéndose su inclusiónen el portal electrónico del Gobierno Regional. Artículo Quinto.- DÉJESE SIN EFECTO cualquier Resolución que se oponga a la presente. POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla.MAX HENRRY RAMÍREZ GARCÍA Presidente Regional 04072 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G4C/G4F/G43/G41/G4C/G45/G53 MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G70/G6C/G61/G6E/G6F/G20/G64/G65/G20/G7A/G6F/G6E/G69/G66/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G67/G65/G6E/G65/G2D /G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G6C/G6F/G73/G20/G75/G73/G6F/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G73/G75/G65/G6C/G6F/G20/G64/G65/G20/G4C/G69/G6D/G61/G4D/G65/G74/G72/G6F/G70/G6F/G6C/G69/G74/G61/G6E/G61/G20/G61/G20/G6D/G65/G64/G69/G61/G6E/G6F/G20/G70/G6C/G61/G7A/G6F/G2C/G20/G63/G6F/G72/G72/G65/G73/G2D/G70/G6F/G6E/G64/G69/G65/G6E/G74/G65/G20/G61/G20/G6C/G6F/G73/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G41/G74/G65/G20/G79/G20/G53/G61/G6E/G2D/G74/G69/G61/G67/G6F/G20/G64/G65/G20/G53/G75/G72/G63/G6F ORDENANZA Nº 595 EL TENIENTE ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA, ENCARGADO DE LA ALCALDÍA; POR CUANTO:EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA;Visto en Sesión Ordinaria de fecha 19 de febrero de 2004, el Documento Simple Nº 19013-03 (Expediente Nº 12092-02)seguido por la Asociación de Vivienda Los Pinos de Lima y laAsociación de Vivienda Los Robles del Sur, quienes solicitanel cambio de zonificación de Vivienda Taller - I1R4, ComercioVecinal - C2 y Zona de Recreación Pública - ZRP a Residen-cial de Densidad Media - R4, de un predio de propiedad de lossolicitantes, cuya área total es de 11,564.00 m2, ubicado enLote 3 - Mz. L con frente a la calle 6, lotización Barbadillo deldistrito de Ate, provincia y departamento de Lima, en dondeexisten viviendas unifamiliares en proceso de consolidación yque el pedido de cambio es para regularizar una habilitaciónurbana para uso de vivienda; y, CONSIDERANDO:Que, es competencia de la Municipalidad Metropolita- na de Lima planificar el desarrollo urbano y rural de su cir-cunscripción, incluyendo la zonificación, urbanismo y el acondicionamiento territorial, de conformidad con el Artí-culo 195º, inciso 6) de la Constitución Política del Perú,modificada por la Ley Nº 27680, de Reforma Constitucio-nal del Capítulo XIV del Título IV; Que, de acuerdo al Artículo 79º inciso 1, numeral 1.2) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, son fun-ciones exclusivas de las municipalidades provinciales, enmateria de organización del espacio físico y uso del suelo:Aprobar el Plan de Desarrollo Urbano, el Plan de Desarro-llo Rural, el Esquema de Zonificación de áreas urbanas, elPlan de Desarrollo de Asentamientos Humanos y demásplanes específicos de acuerdo con el Plan de Acondicio-namiento Territorial; Que, el cambio de zonificación solicitado corresponde a un predio de propiedad privada en un 56.76% a favor dela Asociación de Vivienda Los Pinos de Lima, tal como seadvierte en la Partida Nº 45142957 del Registro de la Pro-piedad Inmueble de Lima, corriente a fs. 12 y en un 43.24%a favor de la Asociación de Vivienda Los Robles del Sur, talcomo se advierte en el Testimonio de Transferencia de Ac-ciones y Derechos y cuyo dominio figura debidamente ins-crito en la Ficha Nº 149926 del Registro de la PropiedadInmueble de Lima; Que, está acreditado que el cambio de zonificación so- licitado cuenta con opinión favorable de los vecinos; Que, la Municipalidad Distrital de Ate solicitó a la Muni- cipalidad Metropolitana de Lima, considere el citado cam-bio de zonificación dentro del proceso de Actualización yReajuste del Plano de Zonificación General de Lima Me-tropolitana del 2002, opinando por la procedencia del cam-bio solicitado, debido a que en el inmueble se desarrollaactualmente edificaciones de uno y dos pisos, cuentan conlos servicios básicos de alumbrado y teléfono y necesitanculminar su proceso de habilitación urbana vía regulariza-ción. Asimismo, indica que la referida propuesta de cam-bio de zonificación está siendo incorporada en la nuevaPropuesta de Zonificación del distrito, según Informe Nº463-02-SDPUOPyC-DGU/MDA del 3 de julio de 2002; Que, el Instituto Metropolitano de Planificación, mediante Informe Técnico de Zonificación Nº 11-2002/MML-IMP deagosto de 2002, opina por la procedencia del cambio deI1-R4 y C2 a R4, toda vez que se ha constatado que elpredio está ocupado por edificaciones de uno y dos pisos,con características de uso Residencial de Densidad Me-dia - R4, ocupando también 3,200.00 m2 correspondientea parte del área calificada como ZRP, esta área reservadapara Zona de Recreación Pública deberá mantener su ca-lificación; Que, de conformidad con la Constitución Política del Perú, la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 y laOrdenanza Nº 134-MML; y con lo opinado por la ComisiónPermanente de Desarrollo Urbano y Nomenclatura median-te Dictamen Nº 131-2003-MML-CDU del 9 de diciembre de2003; Aprobó la siguiente: ORDENANZA MODIFICATORIA DEL PLANO DE ZONIFICACIÓN GENERAL DE LOS USOS DEL SUELO DE LIMA METROPOLITANA A MEDIANO PLAZO, CORRESPONDIENTE AL DISTRITO DE ATE Artículo Único.- Modificar el Plano de Zonificación General de los Usos del Suelo de Lima Metropolitana aMediano Plazo correspondiente al distrito de Ate, pro-vincia y departamento de Lima, de Vivienda Taller - I1R4,Comercio Vecinal - C2 y Zona de Recreación Pública -ZRP a Residencial de Densidad Media - R4, de un pre-dio de propiedad de la Asociación de Vivienda Los Pi-nos de Lima y la Asociación de Vivienda Los Roblesdel Sur, cuya área total es de 11,564.00 m2, ubicadoen Lote 3 - Mz. L con frente a la calle 6, lotizaciónBarbadillo, debido al grado de consolidación en que seencuentra la totalidad del terreno materia de evaluación.La Municipalidad Distrital de Ate, dentro del procesode regularización de la Habilitación Urbana de este pre-dio, deberá exigir a los recurrentes, incorporen los apor-tes en equipamientos educativo y recreacional que sonposibles, así como el pago de los derechos que corres-pondan por los déficits en que incurran. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla.