Norma Legal Oficial del día 05 de julio del año 2004 (05/07/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

MORDAZA, lunes 5 de MORDAZA de 2004

NORMAS LEGALES

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recreativos en los campamentos administrados por el INRENA, bajo el sistema de reservas, el cual ascendera a la suma de quince y 00/100 Dolares Americanos (US$ 15.00) por persona o pasajero, siempre que su permanencia sea no mayor a cuatro (4) dias. En caso el pasajero permanezca por un periodo superior a los cuatro (4) dias, pagara la suma de cinco y 00/100 Dolares Americanos (US$ 5.00) por dia adicional. Articulo 3º - De la implementacion y desarrollo Delegar a la Jefatura del MORDAZA Nacional MORDAZA la ejecucion del Sistema de Reservas la misma que sera supervisada por la Intendencia de Areas Naturales Protegidas. Registrese y comuniquese MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe DIRECTIVA DE IMPLEMENTACION DEL SISTEMA DE RESERVAS AL INTERIOR DEL MORDAZA NACIONAL MORDAZA I.- OBJETIVO Normar el Sistema de Reserva de los campamentos ubicados en la MORDAZA del Bajo Rio MORDAZA al interior del MORDAZA Nacional del MORDAZA, en adelante PNM II.- FINALIDAD Garantizar la prestacion de servicios turisticos y recreativos bajo la modalidad de campamentos al interior del PNM. III.- BASE LEGAL - Ley del Procedimiento Administrativo General, dada por Ley Nº 27444. - Ley de Areas Naturales Protegidas, dada por Ley Nº 26834, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 038-2001-AG.

- Reglamento de Organizacion y Funciones del INRENA, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2003-AG, modificado por Decreto Supremo Nº 018-2003-AG. - Decreto Supremo Nº 018-2004-AG, que aprobo el regimen transitorio de sistema de reservas a ser administrado por el INRENA. IV.- MECANICA OPERATIVA 4.1. De los derechos a ser abonados a) Del pago por derecho de ingreso al PNM Es el pago a cancelar por el ingreso al PNM con fines turisticos o recreativos a fin de usar de manera no consuntiva el paisaje natural del area, de acuerdo con lo aprobado por Resolucion Jefatural Nº 502-2002-INRENA, publicada en el Diario Oficial El Peruano en fecha 30 de enero de 2003, modificada por Resolucion Jefatural Nº 079-2003-INRENA, publicada el 14 de junio de 2003, en el Diario Oficial El Peruano. b) Del pago por aprovechamiento economico del recurso natural paisaje y derecho a la prestacion de servicios turisticos en campamento El monto a ser pagado por los operadores turisticos como derecho por el aprovechamiento economico del recurso natural paisaje y derecho a la prestacion de servicios turisticos en los campamentos administrados por el INRENA, bajo el sistema de reservas, ascendera a la suma de quince y 00/100 Dolares Americanos (US$ 15.00) por persona o pasajero, siempre que su permanencia sea no mayor a cuatro (4) dias. En caso el pasajero permanezca por un periodo superior a los cuatro (4) dias, pagara la suma de cinco y 00/100 Dolares Americanos (US$ 5.00) por dia adicional. 4.2. De las Reservas El operador turistico que desee solicitar la reserva de uso de campamentos administrados por el INRENA al interior del PNM se cumplira con el siguiente procedimiento:

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DIARIO OFICIAL
FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR MORDAZA MORDAZA

REQUISITOS PARA PUBLICACION DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica al Congreso de la Republica, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autonomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y Sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales, respectivamente, deberan tener en cuenta lo siguiente: 1.- Las normas y sentencias por publicar se recibiran en la Direccion del Diario Oficial en el horario de 10.30 a.m. a 5.00 p.m. de lunes a viernes. 2.- Las normas y sentencias cuya publicacion se solicite para el dia siguiente no deberan exceder de diez (10) paginas. 3.- Si las normas y sentencias que ingresaran al diario, en suma, tuvieran una extension igual o mayor a dos (2) paginas de texto, se requerira la MORDAZA adjunta de disquete. 4.- Las normas y sentencias ademas, deben ser remitidas en disquete o al correo electronico: normaslegales@editoraperu.com.pe. 5.- Cualquiera sea la cantidad de paginas, si las normas contuvieran tablas o MORDAZA, estas deberan venir en diskette y trabajados en Excel una linea por celda sin justificar y, si contuvieran graficos, estos deberan ser presentados en formato EPS o TIF a 300 DPI y en escala de grises.

LA DIRECCION

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