Norma Legal Oficial del día 05 de julio del año 2004 (05/07/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

MORDAZA, lunes 5 de MORDAZA de 2004

NORMAS LEGALES

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los ciudadanos adherentes para dar inicio e impulsar cualesquiera de los procedimientos destinados a garantizar los derechos de participacion y control ciudadano; como tambien lo preve la Guia de procedimientos aprobada mediante Resolucion Jefatural Nº 070-2004-JEE/RENIEC; Que en el ejercicio de las atribuciones y funciones conferidas por la ley, el RENIEC, emite el informe tecnico relativo a la solicitud de revocatoria de autoridades municipales del distrito de Omas, el mismo que al ser expedido por organo competente, cumpliendo su objeto, finalidad publica, sustentado y emitido en un procedimiento regular, conforme lo dispone el articulo 3º de la Ley del Procedimiento Administrativo General, es valido; y en consecuencia surtio sus efectos juridicos al expedirse la Resolucion Nº 072-2004-JNE por el que se convoca a consulta popular de revocatoria del mandato de autoridades municipales, entre otras, a la citada jurisdiccion; Que el apelante solicita la nulidad del acto de verificacion de firmas y se deje sin efecto la convocatoria a consulta popular de revocatoria de su mandato; pedido que contraviene el derecho de los ciudadanos a participar en los asuntos publicos, entre ellos la revocatoria de autoridades, como esta previsto en el articulo 31º de la Constitucion Politica del Estado, que dispone que es nulo y punible todo acto que prohiba o limite al ciudadano el ejercicio de sus derechos; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar infundado el recurso de apelacion interpuesto por don MORDAZA Duber MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Omas, Provincia de Yauyos, departamento de Lima; en consecuencia, confirmar la Resolucion Jefatural Nº 268-2004-JEF/RENIEC del 21 de MORDAZA de 2004,. Articulo Segundo.- Ratificar la Resolucion Nº 072-2004JNE que convoca a consulta popular de revocatoria del mandato de autoridades municipales, entre otras, a la jurisdiccion del distrito de Omas, provincia de Yauyos, departamento de Lima. Articulo Tercero.- Poner en conocimiento del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, y de las partes interesadas, el contenido de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. SANCHEZ-PALACIOS PAIVA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA MORDAZA BALLON-LANDA MORDAZA, Secretario General 12477

Que el Concejo Provincial de Chachapoyas en sesion extraordinaria del 15 de marzo de 2004, acordo con el MORDAZA aprobatorio de seis de sus diez miembros, rechazar la solicitud de don MORDAZA Olmegardo Esquerre Puicon, segun consta de fojas 16 a 22; y, en sesion extraordinaria del 15 de MORDAZA de 2004 acordo denegar la reconsideracion, segun consta de la MORDAZA del acta de fojas 38 a 47; Que con el Informe Nº 032-2004-MPCH/UP de fojas 51, el Jefe de Personal de la Municipalidad Provincial de Chachapoyas da cuenta que el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA y la senora MORDAZA del MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ingresaron a prestar servicios el 1º de enero de 1999 y 2 de MORDAZA de 1996, respectivamente; y amparados en la Ley Nº 24041, que establece que los servidores publicos contratados para labores de naturaleza permanente que tengan mas de un ano ininterrumpido de servicios, no pueden ser cesados ni destituidos sino por las causas previstas en el Decreto Legislativo Nº 276, dichos trabajadores a la fecha mantienen vinculo laboral con la Municipalidad Provincial de Chachapoyas; en consecuencia, no se acredita que la Regidora MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA MORDAZA ejercido injerencia en la contratacion de los citados servidores, pues mantenian vinculo laboral MORDAZA de que MORDAZA asumiera el cargo edil; Que con el Contrato de Servicios Profesionales Nº 0212003-MPCH, de fecha 5 de diciembre de 2003, se contrato a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como Residente del Proyecto de Obra: Construccion y Acondicionamiento de Vias Urbanas, Meta Presupuestaria: Construccion de Via de Evitamiento, por el periodo del 10 de noviembre de 2003 al 31 de diciembre de 2003, por tanto, culminada la vigencia del citado contrato, la solicitud de vacancia basada en dicha contratacion y en otras anteriores, no es atendible; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar INFUNDADO el recurso de apelacion interpuesto por don MORDAZA Olmegardo Esquerre Puicon; en consecuencia, CONFIRMAR los acuerdos tomados por el Concejo Provincial de Chachapoyas, departamento de Amazonas, en las sesiones extraordinarias del 15 de MORDAZA y 15 de marzo de 2004, que deniegan el recurso de reconsideracion y rechaza el pedido de vacancia del cargo de Regidora de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, respectivamente. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. SANCHEZ-PALACIOS PAIVA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA MORDAZA BALLON-LANDA MORDAZA, Secretario General 12478

Confirman acuerdos del Concejo Provincial de Chachapoyas que deniegan recurso de reconsideracion y rechazan pedido de vacancia del cargo de Regidora
MORDAZA NACIONAL DE ELECCIONES RESOLUCION Nº 123-2004-JNE
Exp. Nº 398-2004 MORDAZA, 2 de MORDAZA de 2004 VISTO el recurso de apelacion interpuesto por el ciudadano MORDAZA Olmegardo Esquerre Puicon, contra el acuerdo que denego el recurso de reconsideracion, emitido por el Concejo Provincial de Chachapoyas, departamento de Amazonas, respecto del pedido de vacancia del cargo de Regidora de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de Porras; y, oidos los informes orales en Audiencia Publica de fecha 15 de junio de 2004; CONSIDERANDO: Que con la solicitud de fojas 2 a 4, el ciudadano MORDAZA Olmegardo Esquerre Puicon denuncio a la Regidora MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA por nepotismo, al haberse contratado a los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quienes serian sus cunados, al ser esposos y esposa de sus hermanos, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, respectivamente;

REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Autorizan a procurador iniciar acciones legales a presuntos responsables de la comision de delito contra la fe publica
RESOLUCION JEFATURAL Nº 325-2004-JEF/RENIEC
MORDAZA, 8 de junio de 2004 Visto, el Oficio Nº 3453-2004/GP/SGDAC/HYC RENIEC, el Informe Nº 078-2004-GP/SGDAC/HYC RENIEC y el Informe Nº 563-2004-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, de fecha 28 de MORDAZA del 2004. CONSIDERANDO: Que, la Gerencia de Procesos del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, en su permanente labor fiscalizadora, asi como del MORDAZA de depuracion inherente al procedimiento administrativo, ha detectado que el ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA ALCEDO, en atencion del MORDAZA de veracidad de las declaraciones y dada la simplificacion administrativa para el procedimiento registral solicito

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