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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE JULIO DEL AÑO 2004 (05/07/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 17

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G31/G38/G31/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 5 de julio de 2004 los ciudadanos adherentes para dar inicio e impulsar cua- lesquiera de los procedimientos destinados a garantizar losderechos de participación y control ciudadano; como tam-bién lo prevé la Guía de procedimientos aprobada medianteResolución Jefatural Nº 070-2004-JEE/RENIEC; Que en el ejercicio de las atribuciones y funciones confe- ridas por la ley, el RENIEC, emite el informe técnico relativo ala solicitud de revocatoria de autoridades municipales del dis-trito de Omas, el mismo que al ser expedido por órgano com-petente, cumpliendo su objeto, finalidad pública, sustentado yemitido en un procedimiento regular, conforme lo dispone elartículo 3º de la Ley del Procedimiento Administrativo Gene-ral, es válido; y en consecuencia surtió sus efectos jurídicosal expedirse la Resolución Nº 072-2004-JNE por el que seconvoca a consulta popular de revocatoria del mandato deautoridades municipales, entre otras, a la citada jurisdicción; Que el apelante solicita la nulidad del acto de verifica- ción de firmas y se deje sin efecto la convocatoria a consul-ta popular de revocatoria de su mandato; pedido que contra-viene el derecho de los ciudadanos a participar en los asun-tos públicos, entre ellos la revocatoria de autoridades, comoestá previsto en el artículo 31º de la Constitución Políticadel Estado, que dispone que es nulo y punible todo acto queprohíba o limite al ciudadano el ejercicio de sus derechos; El Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribu- ciones; RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar infundado el recurso de apela- ción interpuesto por don Walter Duber Ponce Fernández, Alcaldede la Municipalidad Distrital de Omas, Provincia de Yauyos, de-partamento de Lima; en consecuencia, confirmar la ResoluciónJefatural Nº 268-2004-JEF/RENIEC del 21 de mayo de 2004,. Artículo Segundo.- Ratificar la Resolución Nº 072-2004- JNE que convoca a consulta popular de revocatoria del manda-to de autoridades municipales, entre otras, a la jurisdicción deldistrito de Omas, provincia de Yauyos, departamento de Lima. Artículo Tercero.- Poner en conocimiento del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, y de las partesinteresadas, el contenido de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SÁNCHEZ-PALACIOS PAIVA SOTO VALLENASVELA MARQUILLÓROMERO ZAVALABALLÓN-LANDA CÓRDOVA,Secretario General 12477 /G43/G6F/G6E/G66/G69/G72/G6D/G61/G6E/G20/G61/G63/G75/G65/G72/G64/G6F/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G43/G6F/G6E/G63/G65/G6A/G6F /G50/G72/G6F/G76/G69/G6E/G63/G69/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G43/G68/G61/G63/G68/G61/G70/G6F/G79/G61/G73/G20/G71/G75/G65/G20/G64/G65/G6E/G69/G65/G2D /G67/G61/G6E/G20/G72/G65/G63/G75/G72/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G72/G65/G63/G6F/G6E/G73/G69/G64/G65/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G79/G20/G72/G65/G63/G68/G61/G2D /G7A/G61/G6E/G20/G70/G65/G64/G69/G64/G6F/G20/G64/G65/G20/G76/G61/G63/G61/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G63/G61/G72/G67/G6F/G20/G64/G65/G52/G65/G67/G69/G64/G6F/G72/G61 JURADO NACIONAL DE ELECCIONES RESOLUCIÓN Nº 123-2004-JNE Exp. Nº 398-2004 Lima, 2 de julio de 2004 VISTO el recurso de apelación interpuesto por el ciuda- dano José Olmegardo Esquerre Puicón, contra el acuerdo quedenegó el recurso de reconsideración, emitido por el ConcejoProvincial de Chachapoyas, departamento de Amazonas, res-pecto del pedido de vacancia del cargo de Regidora de doñaDora Mercedes Salazar de Porras; y, oídos los informes ora-les en Audiencia Pública de fecha 15 de junio de 2004; CONSIDERANDO: Que con la solicitud de fojas 2 a 4, el ciudadano José Olmegardo Esquerre Puicón denunció a la Regidora DoraMercedes Salazar de Porras por nepotismo, al habersecontratado a los señores Julio Martínez Alva, Jesús Anto-nio Sandoval Gonzáles y Rocío Torrejón Ocampo, quienesserían sus cuñados, al ser esposos y esposa de sus her-manos, Asunta Elizabeth Salazar Rojas, Lourdes SalazarRojas y Enrique Salazar Rojas, respectivamente;Que el Concejo Provincial de Chachapoyas en sesión extraordinaria del 15 de marzo de 2004, acordó con el votoaprobatorio de seis de sus diez miembros, rechazar la so-licitud de don José Olmegardo Esquerre Puicón, segúnconsta de fojas 16 a 22; y, en sesión extraordinaria del 15de abril de 2004 acordó denegar la reconsideración, segúnconsta de la copia del acta de fojas 38 a 47; Que con el Informe Nº 032-2004-MPCH/UP de fojas 51, el Jefe de Personal de la Municipalidad Provincial de Chachapoyasda cuenta que el señor Julio Martínez Alva y la señora Rocío delCarmen Torrejón Ocampo, ingresaron a prestar servicios el 1º deenero de 1999 y 2 de mayo de 1996, respectivamente; y ampara-dos en la Ley Nº 24041, que establece que los servidores públi-cos contratados para labores de naturaleza permanente que ten-gan más de un año ininterrumpido de servicios, no pueden sercesados ni destituidos sino por las causas previstas en el Decre-to Legislativo Nº 276, dichos trabajadores a la fecha mantienenvínculo laboral con la Municipalidad Provincial de Chachapoyas;en consecuencia, no se acredita que la Regidora Dora MercedesSalazar de Porras haya ejercido injerencia en la contratación delos citados servidores, pues mantenían vínculo laboral antes deque ella asumiera el cargo edil; Que con el Contrato de Servicios Profesionales Nº 021- 2003-MPCH, de fecha 5 de diciembre de 2003, se contratóa don Jesús Antonio Sandoval Gonzáles como Residentedel Proyecto de Obra: Construcción y Acondicionamientode Vías Urbanas, Meta Presupuestaria: Construcción de Víade Evitamiento, por el período del 10 de noviembre de 2003al 31 de diciembre de 2003, por tanto, culminada la vigenciadel citado contrato, la solicitud de vacancia basada en dichacontratación y en otras anteriores, no es atendible; El Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribu- ciones; RESUELVE:Artículo Único.- Declarar INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por don José Olmegardo EsquerrePuicón; en consecuencia, CONFIRMAR los acuerdos to-mados por el Concejo Provincial de Chachapoyas, depar-tamento de Amazonas, en las sesiones extraordinarias del15 de abril y 15 de marzo de 2004, que deniegan el recur-so de reconsideración y rechaza el pedido de vacancia delcargo de Regidora de doña Dora Mercedes Salazar dePorras, respectivamente. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SÁNCHEZ-PALACIOS PAIVA SOTO VALLENASVELA MARQUILLÓROMERO ZAVALABALLÓN-LANDA CÓRDOVA,Secretario General 12478 REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACIÓN Y ESTADO CIVIL /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G70/G72/G6F/G63/G75/G72/G61/G64/G6F/G72/G20/G69/G6E/G69/G63/G69/G61/G72/G20/G61/G63/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73 /G6C/G65/G67/G61/G6C/G65/G73/G20/G61/G20/G70/G72/G65/G73/G75/G6E/G74/G6F/G73/G20/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G73/G61/G62/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61 /G63/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G64/G65/G6C/G69/G74/G6F/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G66/G65/G20/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 325-2004-JEF/RENIEC Lima, 8 de junio de 2004 Visto, el Oficio Nº 3453-2004/GP/SGDAC/HYC RENIEC, el Informe Nº 078-2004-GP/SGDAC/HYC RENIEC y el In-forme Nº 563-2004-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerenciade Asesoría Jurídica, de fecha 28 de mayo del 2004. CONSIDERANDO: Que, la Gerencia de Procesos del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, en su permanente labor fiscali-zadora, así como del proceso de depuración inherente al pro-cedimiento administrativo, ha detectado que el ciudadanoALFONSO MARIO ESPINOZA ALCEDO, en atención delprincipio de veracidad de las declaraciones y dada la simplifi-cación administrativa para el procedimiento registral solicitó