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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G31/G38/G30/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 5 de julio de 2004 y discusión de los documentos de la Federación Iberoame- ricana de Bolsas (FIAB) sobre integración y fichas de Cam-bio Regulatorio, en materia del régimen de inversión de losfondos en valores extranjeros y en materia de intermedia-ción doméstica de valores extranjeros; aspectos que estánestrechamente relacionados con las funciones de la Comi-sión Nacional Supervisora de Empresas y Valores; Que, siendo de interés para CONASEV la participación de profesionales en eventos de esta importancia, se hacenecesario la participación de la señora Amelia Sanabria Alar-cón y del señor Enrique Fox Santibáñez, Analistas de laGerencia de Intermediarios y Fondos de dicho organismo; Que, en consecuencia, y siendo de interés para la ins- titución, es necesario autorizar dicho viaje, cuyos gastospor concepto de alojamiento y manutención serán finan-ciados por IIMV y el costo de los pasajes serán cubiertoscon financiamiento del Banco Interamericano de Desarro-llo correspondiente al período abril - junio 2004, con fon-dos provenientes del Convenio BID Nº 1196/OC-PE y losque éste no cubra serán asumidos por los funcionarios; De conformidad con lo establecido en el Decreto Su- premo Nº 047-2002-PCM, en la Ley Nº 28128, y en la Di-rectiva Nº 004-2004-EF/76.01; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de la señora Amelia Sa- nabria Alarcón y del señor Enrique Fox Santibáñez, Analis-tas de la Gerencia de Intermediarios y Fondos de la Comi-sión Nacional Supervisora de Empresas y Valores -CONA-SEV-, a la ciudad de La Antigua, República de Guatemala,del 27 de junio al 3 de julio de 2004, para los fines expuestosen la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento del presente dispositivo legal, por concepto de alojamiento ymanutención serán financiados por IIMV; el costo de lospasajes que asciende a US$ 1 609,72 por los dos funciona-rios serán cubiertos con fondos provenientes del ConvenioBID Nº 1196/OC-PE; y el IGV de los pasajes y las TarifasCorpac (TUUA) serán asumidos por los funcionarios. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema no otor- ga derecho a exoneración o liberación de impuestos deaduana de cualquier clase o denominación a favor de losfuncionarios cuyos viajes se autorizan. Artículo 4º.- La presente norma será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro deEconomía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República CARLOS FERRERO Presidente del Consejo de Ministros JAIME QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Energía y MinasEncargado de la Cartera de Economía y Finanzas 12525 /G52/G61/G74/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G61/G63/G75/G65/G72/G64/G6F/G20/G64/G65/G20/G50/G52/G4F/G49/G4E/G56/G45/G52/G53/G49/GD3/G4E /G71/G75/G65/G20/G61/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G20/G69/G6E/G63/G6F/G72/G70/G6F/G72/G61/G72/G20/G61/G6C/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G70/G72/G6F/G6D/G6F/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G69/G6E/G76/G65/G72/G73/G69/GF3/G6E/G20/G70/G72/G69/G76/G61/G64/G61/G20/G61/G6C/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G61/G67/G75/G61/G20/G70/G6F/G74/G61/G62/G6C/G65/G20/G79/G20/G61/G6C/G63/G61/G6E/G74/G61/G72/G69/G6C/G6C/G61/G2D/G64/G6F/G20/G64/G65/G20/G48/G75/G61/G6E/G63/G61/G79/G6F/G2C/G20/G61/G20/G63/G61/G72/G67/G6F/G20/G64/G65/G20/G53/G45/G44/G41/G4D/G48/G55/G41/G4E/G43/G41/G59/G4F/G20/G53/G2E/G41/G2E/G43/G2E RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 065-2004-EF Lima, 2 de julio de 2004 CONSIDERANDO: Que, el Comité de PROINVERSIÓN en Proyectos de Infraestructura y de Servicios Públicos constituido por Re-solución Suprema Nº 444-2001-EF, modificada por la Re-solución Suprema Nº 228-2002-EF y por la ResoluciónSuprema Nº 009-2003-EF; solicitó al Consejo Directivo dePROINVERSIÓN, la incorporación al proceso de promo-ción de la inversión privada del servicio de agua potable yalcantarillado de la ciudad de Huancayo actualmente a car-go de SEDAM HUANCAYO S.A.C., para ser entregados enconcesión bajo los mecanismos y procedimientos estable-cidos en el Texto Único Ordenado aprobado por el Decreto Supremo Nº 059-96-PCM, su reglamento y demás normasmodificatorias, reglamentarias y complementarias; Que, el mencionado Comité solicitó al Consejo Directivo de PROINVERSIÓN, se le encargue el referido proceso; Que, asimismo, dicho Comité solicitó someter a consi- deración del Consejo Directivo de PROINVERSIÓN, laaprobación del Plan de Promoción de la Inversión Privadapara el otorgamiento en concesión de los servicios de aguapotable y alcantarillado de la ciudad de Huancayo, actual-mente a cargo de SEDAM HUANCAYO S.A.C.; Que, en sesión de fecha 4 de marzo de 2004, el Consejo Directivo de PROINVERSIÓN acordó aprobar la incorporaciónal proceso de promoción de la inversión privada del serviciode agua potable y alcantarillado de la ciudad de Huancayo;encargar al Comité de PROINVERSIÓN en Proyectos de In-fraestructura y de Servicios Públicos dicho proceso y, asimis-mo, aprobar el Plan de Promoción de la Inversión Privada delcitado servicio el cual incluye la realización de obras de infra-estructura y la prestación del servicio propiamente dicha; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 059-96-PCM, y el Decreto Supremo Nº 027-2002-PCM; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Ratificar el Acuerdo adoptado por el Conse- jo Directivo de la Agencia de Promoción de la Inversión Priva-da - PROINVERSIÓN, mediante el cual se aprueba la incor-poración al proceso de promoción de la inversión privada alservicio de agua potable y alcantarillado de la ciudad de Huan-cayo a cargo de SEDAM HUANCAYO S.A.C., el cual incluyela realización de obras de infraestructura y la prestación delservicio propiamente dicho, para ser entregado en concesiónal sector privado en el marco del Texto Único Ordenado delas Normas que regulan la entrega en concesión al sectorprivado de las obras públicas de infraestructura y de servi-cios públicos, aprobado por Decreto Supremo Nº 059-96-PCMy demás normas complementarias y reglamentarias. Artículo 2º.- Ratificar el Acuerdo adoptado por el Con- sejo Directivo de la Agencia de Promoción de la InversiónPrivada - PROINVERSIÓN, mediante el cual se apruebael Plan de Promoción de la Inversión Privada para la entre-ga en concesión del servicio de agua potable y alcantari-llado de la ciudad de Huancayo que actualmente se en-cuentra a cargo de SEDAM HUANCAYO S.A.C. Artículo 3º.- Encargar al Comité de PROINVERSIÓN en Proyectos de Infraestructura y de Servicios Públicosconstituido por Resolución Suprema Nº 444-2001-EF, mo-dificada por la Resolución Suprema Nº 228-2002-EF y porla Resolución Suprema Nº 009-2003-EF, el proceso de pro-moción de la inversión privada del servicio de agua pota-ble y alcantarillado de la ciudad de Huancayo. Artículo 4º.- La presente resolución suprema será re- frendada por el Ministro de Economía y Finanzas y por elMinistro de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República PEDRO PABLO KUCZYNSKI Ministro de Economía y Finanzas CARLOS BRUCE Ministro de Vivienda, Construccióny Saneamiento 12526 INTERIOR /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G70/G72/G6F/G63/G75/G72/G61/G64/G6F/G72/G20/G61/G20/G63/G61/G72/G67/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G6F/G73 /G61/G73/G75/G6E/G74/G6F/G73/G20/G72/G65/G6C/G61/G74/G69/G76/G6F/G73/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G50/G4E/G50/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G63/G6F/G6E/G74/G65/G73/G74/G61/G72/G64/G65/G6D/G61/G6E/G64/G61/G20/G69/G6E/G74/G65/G72/G70/G75/G65/G73/G74/G61/G20/G70/G6F/G72/G20/G6C/G61/G20/G45/G6D/G70/G72/G65/G73/G61/G47/G72/G75/G70/G6F/G20/G4D/G41/G53/G54/G45/G52/G43/G4F/G4D/G20/G53/G2E/G41/G2E/G43/G2E/G20/G79/G20/G64/G61/G72/G20/G63/G75/G6D/G70/G6C/G69/G2D/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G61/G20/G6C/G61/G73/G20/G72/G65/G67/G6C/G61/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G61/G72/G62/G69/G74/G72/G61/G6C RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1163-2004-IN/PNP Lima, 1 de julio del 2004 Visto, el expediente administrativo con Reg. Nº 35618- DGPNP/SG de 30JUN2004, relacionado al proceso arbi-tral interpuesto por la Empresa Grupo MASTERCOM S.A.C.