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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE JULIO DEL AÑO 2004 (05/07/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 13

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G31/G38/G31/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 5 de julio de 2004 cedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444, por lo que resulta pertinente autorizar al Procurador Público deeste Ministerio para demandar la nulidad de la menciona-da licencia de conducir ante el Poder Judicial vía el proce-so contencioso administrativo, de conformidad con lo dis-puesto en el numeral 202.4 del artículo 202º de la Ley delProcedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47º de la Constitución Política del Perú, los Decretos LeyesNºs. 17537 y 17667, y la Ley Nº 27791; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de Transportes y Comu-nicaciones, a efectos de que inicie y culmine las accioneslegales destinadas a declarar, en vía judicial, la nulidad de lalicencia de conducir Nº Q-10745164/A-II, otorgada a nombredel señor Augusto Marcelino ALVARADO OSES, obtenida envía de recategorización, por los hechos descritos en la parteconsiderativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2º.- Remitir copia de esta Resolución, así como los antecedentes del caso al mencionado Procurador Pú-blico, para los fines correspondientes. Artículo 3º.- Remitir copia de la presente Resolución así como de los antecedentes respectivos, a la OficinaGeneral de Auditoría Interna, a fin de que se determinenlas responsabilidades a que hubiera lugar. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ JAVIER ORTIZ RIVERA Ministro de Transportes y Comunicaciones 12443 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G69/G6E/G73/G70/G65/G63/G74/G6F/G72/G20/G64/G65/G20/G4E/G61/G76/G65/G67/G61/G2D /G63/G69/GF3/G6E/G20/G41/GE9/G72/G65/G61/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G72/G20/G65/G6E/G20/G63/G75/G72/G73/G6F/G20/G71/G75/G65/G73/G65/G20/G72/G65/G61/G6C/G69/G7A/G61/G72/GE1/G20/G65/G6E/G20/G45/G45/G2E/G55/G55/G2E RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 493-2004-MTC/02 Lima, 1 de julio de 2004 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, enconcordancia con sus normas reglamentarias aprobadaspor Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establece quepara el caso de los servidores y funcionarios públicos delos Ministerios, entre otras entidades, la autorización deviaje se otorgará por Resolución Ministerial del Sector quecorresponda, la cual será publicada en el Diario Oficial ElPeruano con anterioridad al viaje, con excepción de lasautorizaciones de viaje que no irroguen gastos al Estado; Que, el inciso k) del artículo 15º de la Ley Nº 28128, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2004,dispone restringir al mínimo indispensable los viajes al exte-rior del país en comisión de servicio que irroguen gastos alEstado, estableciendo que, para el caso del Poder Ejecutivo,éstos serán aprobados por resolución suprema refrendadapor el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro delsector correspondiente, con excepción de los sectores deRelaciones Exteriores, Comercio Exterior y Turismo, así comola Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio deTransportes y Comunicaciones, en cuyo caso se aprobaránpor resolución del Titular del Pliego correspondiente; Que, la Ley Nº 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejercida por laDirección General de Aeronáutica Civil como dependencia es-pecializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, la Federal Aviation Administration de los Estados Unidos de América (FAA) dictará el curso de instrucciónaeronáutica denominado “Approach Construction (Manual)”,que se llevará a cabo en la ciudad de Oklahoma, EstadosUnidos de América, del 7 al 20 de julio del 2004; Que, en dicha reunión se tratarán temas de suma impor- tancia para el desarrollo de la aeronáutica civil en la región,entre los que se incluyen: puntos de recorrido (waypoints)asociados a la construcción de procedimientos Area Navi-gation (RNAV); segmento inicial de un procedimiento RNAV;segmento intermedio de un procedimiento RNAV; segmen-to final de un procedimiento RNAV y segmento de aproxi-mación frustrada de un procedimiento RNAV; Que, el citado curso tendrá como objetivo brindar ca- pacitación en las técnicas de construcción de procedi-mientos de aproximación con la utilización de equipos au- tónomos de navegación (GPS, IRS, etc.), permitiendo de-sarrollar en muy corto plazo procedimientos de aproxima-ción más eficientes, aún en aquellos aeródromos que nocuentan con equipos de radioayuda convencionales; Que, la asistencia al mencionado curso de un repre- sentante del Ministerio de Transportes y Comunicacionesresulta de gran importancia para el Sector, por cuanto lacapacitación en los temas contemplados en la agenda delcurso permitirán al Estado ahorrar en costosos sistemasconvencionales para la aproximación basados en la utiliza-ción de ondas de radio, implantando procedimientos deaproximación por instrumentos mediante la tecnología sate-lital ya instalada en las aeronaves, cuyo aprovechamientorecomienda la Organización de Aviación Civil Internacional- OACI, mejorando los niveles de seguridad de las operacio-nes aéreas en aeródromos cuya orografía es accidentada; Que, en tal sentido, mediante Informe Nº 438-2004-MTC/ 12, del 7 de junio del 2004, la Dirección General de Aeronáu-tica Civil comunica que el señor Raymundo Hurtado Pare-des, Inspector de Navegación Aérea de la citada Dirección,ha sido designado para participar en el mencionado curso, enatención a que la capacitación brindada en el mismo resultanecesaria para garantizar el adecuado desempeño de las fun-ciones de control e inspección de las operaciones aéreas enel país que le asigna la Ley de Aeronáutica Civil del Perú; Que, el viaje del mencionado inspector será financiado en el marco del Convenio de Gestión de Servicios PER/01/801, sus-crito por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y laOrganización de Aviación Civil Internacional - OACI, organismotécnico de las Naciones Unidas, en observancia de la TerceraDisposición Complementaria de la Ley Nº 27261, de conformi-dad con los términos de la Autorización de Beca Int. Nº 021-05-2004, suscrita por el Coordinador Nacional del Proyecto OACI; De conformidad con lo dispuesto por las Leyes Nºs. 27261, 27619, 27791 y 28128 y el Decreto SupremoNº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Raymundo Hurtado Paredes, Inspector de Navegación Aérea de laDirección General de Aeronáutica Civil, a la ciudad deOklahoma, Estados Unidos de América, del 6 al 20 de juliodel 2004, para los fines a que se contrae la parte conside-rativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Resolución serán financiados por el Acuer-do de Gestión de Servicios PER/01/801, celebrado entreel Ministerio de Transportes y Comunicaciones y la Orga-nización de Aviación Civil Internacional - OACI, de confor-midad con la Autorización de Beca Nº 021-05-2004, deacuerdo a los siguientes términos: - Pasajes : US$ 1,000.00 - Viáticos : US$ 3,300.00 - TUUA : US$ 28.24 Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el artículo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el inspectormencionado en el artículo 1º de la presente ResoluciónMinisterial, dentro de los quince (15) días calendario si-guientes de efectuado el viaje, deberá presentar un infor-me al Despacho Ministerial, con copia a la Oficina Generalde Administración del Ministerio de Transportes y Comuni-caciones, describiendo las acciones realizadas y los re-sultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no otor- gará derecho a exoneración o liberación de impuestos oderechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ JAVIER ORTIZ RIVERA Ministro de Transportes y Comunicaciones 12441 /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G72/G65/G73/G6F/G6C/G75/G63/G69/GF3/G6E/G20/G71/G75/G65/G20/G64/G65/G73/G69/G67/G6E/GF3/G20/G72/G65/G70/G72/G65/G2D /G73/G65/G6E/G74/G61/G6E/G74/G65/G20/G61/G6E/G74/G65/G20/G6C/G61/G20/G43/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G45/G73/G70/G65/G63/G69/G61/G6C/G20/G64/G65/G41/G6C/G74/G6F/G20/G4E/G69/G76/G65/G6C/G20/G65/G6E/G63/G61/G72/G67/G61/G64/G61/G20/G64/G65/G20/G66/G6F/G72/G6D/G75/G6C/G61/G72/G20/G65/G6C/G22/G50/G6C/G61/G6E/G20/G49/G6E/G74/G65/G67/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G44/G65/G73/G61/G72/G72/G6F/G6C/G6C/G6F/G20/G64/G65/G20/G54/G61/G63/G6E/G61/G22 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 496-2004-MTC/01 Lima, 1 de julio de 2004