Norma Legal Oficial del día 06 de julio del año 2004 (06/07/2004)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 54

Pag. 271884

NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 6 de MORDAZA de 2004

de Contraloria de la Republica Nº 27785, Art. 15º Inc. f), cuando es emitido por Organos del Sistema, constituye prueba preconstituida para el inicio de las acciones administrativas y/o legales que MORDAZA recomendadas en el mismo; Que, la Comision de Procesos tiene la facultad de calificar las denuncias que le MORDAZA remitidas y de pronunciarse sobre la procedencia de abrir el MORDAZA, segun lo establece el Art. 166º del D.S. Nº 005-90-PCM, Reglamento de la MORDAZA Administrativa; Que, luego de la revision y analisis de cada una de las observaciones consignadas en la Hoja Informativa indicada, la Comision concordo en que, aparentemente, habrian elementos que acreditarian la presuncion de responsabilidad administrativa, segun lo senala el Organo de Control Interno, en los funcionarios y ex funcionarios siguientes: 1.- Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en calidad de ex Director de Administracion y Presidente del Comite Especial encargado de dirigir los procesos de Adjudicacion de Menor Cuantia del servicio de Limpieza Publica. Por las Observaciones 1; 3 y 7. 2.- Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Jefe de la Unidad de Logistica y miembro de la Comision. Por las Observaciones 1; 3 y 6. 3.- Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Jefa de la Unidad de Tesoreria. Por la Observacion 7. 4.- Sr. MORDAZA Rosell MORDAZA, ex Director de Proteccion Ambiental. Por las Observaciones 2; 4; 5 y 6. Que, los funcionarios mencionados, aparentemente, no habrian observado disposiciones especificas vigentes que regulan sus deberes en las areas que les competian, transgrediendo, segun se indica, la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado e incumpliendo con sus obligaciones y con salvaguardar los intereses del Estado, previsto en los incisos a) y b) del articulo 21º del Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa; Que, si bien uno de los funcionarios senalados ya no se encuentra laborando en esta institucion, de acuerdo al Art. 175º del Reglamento de la MORDAZA Administrativa, D.S. Nº 005-90-PCM, se encuentra comprendido, en lo que les sea aplicable, aun en el caso que MORDAZA concluido su vinculo laboral; Que, la Comision concluyo que las faltas imputadas podrian implicar tal gravedad que ameritarian la sancion de cese temporal o destitucion, segun establece el inciso a) del articulo 28º de la MORDAZA invocada, por lo que deberan ser evaluadas dentro de un MORDAZA administrativo y con las garantias que ofrece el mismo; Que, la Comision, en ejercicio de las facultades senaladas en el Art. 166º del Reglamento de la MORDAZA Administrativa, aprobo, por Unanimidad, recomendar que se instaure MORDAZA administrativo a los Sres. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA ROSELL MORDAZA y a la Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por las Observaciones senaladas; Que, estando a lo informado por la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios y en uso de las facultades conferidas por el inciso 6) del articulo 20º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, Decreto Legislativo Nº 276 "Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa" y su Reglamento aprobado mediante D.S. Nº 005-90-PCM; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Instaurar MORDAZA Administrativo Disciplinario a los Sres. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA ROSELL MORDAZA y a la Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA por los fundamentos expuestos en la parte considerativa. Articulo Segundo.- La Hoja Informativa Nº 003-2003OAI/MDSMP es parte integrante de la presente Resolucion.

Articulo Tercero.- La Resolucion debera notificarse en forma personal, dentro del termino de setenta y dos (72) horas contadas a partir del dia siguiente de su expedicion, a fin que los procesados cumplan con presentar los descargos respectivos en un plazo de cinco (5) dias habiles contados a partir del dia siguiente de notificados. En caso de publicarse en el Diario Oficial El Peruano, se pondra a disposicion de los procesados fotocopia autenticada de la Hoja Informativa indicada. Articulo Cuarto.- Encargar a la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios el cumplimiento de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 12585

Inician MORDAZA administrativo disciplinario a ex funcionarios de la municipalidad
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 357-2004-AL/MDSMP San MORDAZA de Porres, 1 de MORDAZA de 2004 Visto, el Informe Nº 012-2004/CEPAD de fecha 25 de junio de 2004; y, CONSIDERANDO: Que, con fecha 22 de octubre de 2003, Auditoria Interna puso en conocimiento del Titular de la Entidad el Informe Nº 002-2003-02-2170 EXAMEN ESPECIAL SOBRE USO Y DESTINO DE LOS INGRESOS PROVENIENTES DE LA COBRANZA COACTIVA A LA EMPRESA TELEFONICA DEL PERU S.A.A., recomendando en el inciso 08, que fuera remitido a la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios para la respectiva calificacion de las faltas administrativas imputadas y, en su caso, se proceda a la apertura del MORDAZA administrativo, segun lo previsto en los articulos 166º al 168º del Reglamento de Bases de la MORDAZA Administrativa, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-90-PCM. Informe, que fuera remitido a la Comision mediante el Memorandum Nº 200-B2003-ALC/MDSMP, de fecha 24 de octubre de 2003; por lo que, de acuerdo al articulo 173º del Reglamento citado, se encuentra dentro del plazo previsto por ley; Que, segun establece la Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de Contraloria de la Republica Nº 27785, Art. 15º Inc. f), los informes que emitan los organos del sistema constituyen pruebas preconstituidas para el inicio de las acciones administrativas y/o legales que MORDAZA recomendadas en dichos informes; Que, la Comision de Procesos tiene la facultad de calificar las denuncias que le MORDAZA remitidas y de pronunciarse sobre la procedencia de abrir MORDAZA, segun lo establece el Art. 166º del Reglamento de la MORDAZA Administrativa; Que, la Comision, efectuo el analisis del sustento de las observaciones consignadas en el informe; las que a continuacion se detallan: - Se ha evidenciado que en los archivos de la Unidad de Tesoreria y Logistica no se encuentran los documentos sustentatorios de los gastos y los procesos de adquisiciones efectuadas por la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Porres, realizados durante el periodo 2002, situacion que no permite conocer la naturaleza, finalidad y resultados de las transacciones economicas de la Municipalidad. (Observacion Nº 01) - Se ha evidenciado que servidores y funcionarios de la Municipalidad de San MORDAZA de Porres han efectuado el cobro de cheques por el importe de S/. 419,689 (Cua-

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.