Norma Legal Oficial del día 06 de julio del año 2004 (06/07/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

MORDAZA, martes 6 de MORDAZA de 2004

NORMAS LEGALES

Pag. 271877

Que, el Area de Administracion hace llegar a la Direccion Ejecutiva, la opinion favorable de la Oficina de Presupuesto y Tesoreria, para la cobertura de la plaza de Director del Area de Informatica; Que, la Directiva Nº 004-2004-UIF/DAF, Directiva de Seleccion y Reclutamiento de Personal de la Unidad de Inteligencia Financiera del Peru, estipula que es potestad del Director Ejecutivo la designacion de los Directores de Area y se materializa mediante Resolucion publicada en el Diario Oficial El Peruano, y su MORDAZA de seleccion consiste en la verificacion del perfil del candidato al perfil del cargo que ocupara de acuerdo a lo descrito en el Clasificador de Cargos de la UIF; Que, el Informe Nº UIF-002-2004/DAF de fecha 18 de MORDAZA de 2004, sobre Implementacion de la Escala Salarial de la Unidad de Inteligencia Financiera del Peru, estipula que el Director Ejecutivo verificara que el perfil del candidato cumpla con el perfil del cargo que ocupara de acuerdo al Clasificador de Cargos de la UIF, para lo cual llenara el formato respectivo; Que, en ese sentido el Director Ejecutivo procedio a realizar la evaluacion correspondiente, resultando que el perfil del candidato cumple con el perfil del cargo que ocupara de acuerdo al Clasificador de Cargos de la UIF; En este sentido resulta pertinente designar al senor MORDAZA MORDAZA Gazzo MORDAZA, en el cargo de confianza de Director del Area de Informatica, Categoria Director I, de la Unidad de Inteligencia Financiera - UIF y disponer su ingreso a la Planilla Unica de Pagos - PUP; De conformidad con la Ley Nº 27693, Ley que crea la Unidad de Inteligencia Financiera, modificada por Ley Nº 28009, y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 163-2002-EF, modificado por Decreto Supremo Nº 061-2003-EF; la Directiva de Seleccion y Reclutamiento de Personal de la Unidad de Inteligencia Financiera del Peru, el Informe Nº UIF002-2004/DAF de fecha 18 de MORDAZA de 2004, sobre Implementacion de la Escala Salarial de la Unidad de Inteligencia Financiera del Peru; el Decreto Supremo Nº 051-2004-EF, de fecha 19 de MORDAZA de 2004, que aprueba la politica remunerativa del Pliego Unidad de Inteligencia Financiera - UIF; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos y demas normas pertinentes; RESUELVE: Articulo Primero.- Designar a partir del 7 de MORDAZA de 2004, al senor MORDAZA MORDAZA Gazzo MORDAZA en el cargo de confianza de Director del Area de Informatica; que corresponde a la plaza Nº 35, Categoria Director I, previsto en el Cuadro de Asignacion de Personal (CAP) y en el Presupuesto Analitico de Personal (PAP) vigentes de la Unidad de Inteligencia Financiera - UIF, percibiendo la remuneracion que con arreglo a ley y a las disposiciones legales, le corresponda. Articulo Segundo.- Se dispone que el ingreso del Director del Area de Informatica designado en el Articulo Primero de la presente Resolucion, a la Planilla Unica de Pagos - PUP de la Unidad de Inteligencia Financiera - Peru, se haga efectivo a partir del 7 de MORDAZA de 2004, toda vez que el mismo ha aprobado el MORDAZA de seleccion correspondiente, de acuerdo a lo expuesto en la parte considerativa. Articulo Tercero.- El egreso que genere lo dispuesto en la presente Resolucion se afectara al Grupo de Gastos: 1 Personal y Obligaciones Sociales del Pliego Presupuestal Unidad de Inteligencia Financiera - Peru. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA HAMANN PASTORINO Director Ejecutivo 12537

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE
Autorizan realizacion de Matrimonio Civil Comunitario
ORDENANZA Nº 144-MPL

Pueblo Libre, 24 de junio de 2004 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO LIBRE POR CUANTO: Visto, en Sesion Ordinaria de Concejo de la fecha, el Dictamen Nº 008-2004-MPL/CPL-CPDH de la Comision Permanente de Desarrollo Humano, sobre Matrimonio Civil Comunitario del Ano 2004; y, CONSIDERANDO: Que, es funcion especifica de los Gobiernos Locales en materia de poblacion y participacion vecinal, fomentar su bienestar, siendo de competencia municipal, planificar, organizar y administrar la prestacion de servicios publicos esenciales, como es el caso de Registros Civiles; Que, el articulo 9º inciso 9) de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, establece que corresponde al Concejo Municipal: Crear, modificar, suprimir o exonerar de contribuciones, tasas, derechos, conforme a ley; Que, en adicion a las funciones de caracter social y comunal que ejercen las Municipalidades, es facultad y politica de la Municipalidad, brindar las mayores facilidades posibles a aquellos vecinos del distrito que deseen contraer matrimonio civil; Que, con motivo de celebrarse el 447º Aniversario de la Creacion Politica del distrito de Pueblo Libre, se ha estimado conveniente celebrar Matrimonio Civil Comunitario; Estando a lo dispuesto por el articulo IV del Titulo Preliminar del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF y la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, el pleno del Concejo aprobo por unanimidad y con dispensa de lectura y aprobacion de Acta, la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- Autorizar a la Division de Registros Civiles de la Gerencia de Desarrollo Humano, la realizacion del Matrimonio Civil Comunitario del presente ano, para el dia sabado 21 de agosto del 2004, a horas 10.00 a.m. en la Plaza MORDAZA de Pueblo Libre. Articulo Segundo.- Los contrayentes para acreditar que cumplen con los requisitos senalados en el articulo 248º del Codigo Civil, deberan presentar los siguientes documentos: a) Copias Certificadas de las Partidas de Nacimiento, actualizadas con no mas de treinta (30) dias de antiguedad (Art. 248º Codigo Civil). b) MORDAZA fedateada o legalizada por Notario Publico de MORDAZA, del D.N.I., con la MORDAZA de haber participado en el ultimo sufragio. c) En caso de tratarse de viudos(as), divorciados(as), menores de edad, militares o extranjeros, deberan adjuntar los documentos adicionales, segun sea el caso. d) Certificados domiciliarios policiales. e) Certificado medico valido y vigente de cada contrayente.

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