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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE JULIO DEL AÑO 2004 (09/07/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 46

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G37/G32/G31/G32/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 9 de julio de 2004 Plan de Canalización Plan de Asignación de Frecuencias Canales Fr ecuencia (MHz) 251 98.1254 98.7257 99.3260 99.9263 100.5267 101.3271 102.1275 102.9279 103.7283 104.5287 105.3291 106.1295 106.9299 107.7 Total de canales : 27 La máxima e.r.p. en la dirección de máxima ganancia de antena a ser autorizada en esta localidad será: 1 KW. Localidad: TAMSHIYACU (FERNANDO LORES) Plan de Canalización Plan de Asignación de Frecuencias Canales Fr ecuencia (MHz) 228 93.5232 94.3237 95.3245 96.9249 97.7253 98.5257 99.3261 100.1265 100.9269 101.7273 102.5280 103.9 Total de canales : 12 La máxima e.r.p. en la dirección de máxima ganancia de antena a ser autorizada en esta localidad será: 0.25 KW. Localidad: YURIMAGUAS Plan de Canalización Plan de Asignación de Frecuencias Canales Fr ecuencia (MHz) 204 88.7207 89.3211 90.1215 90.9219 91.7223 92.5227 93.3231 94.1235 94.9238 95.5241 96.1244 96.7247 97.3252 98.3255 98.9258 99.5261 100.1264 100.7267 101.3273 102.5277 103.3282 104.3287 105.3290 105.9294 106.7299 107.7 Total de canales : 26 La máxima e.r.p. en la dirección de máxima ganancia de antena a ser autorizada en esta localidad será: 2 KW. Artículo 2º.- Las autorizaciones a ser emitidas para la prestación de servicios de radiodifusión en las locali-dades a que se refiere el artículo precedente, observa- rán como potencia efectiva radiada (e.r.p.) máxima de laestación, la establecida en los respectivos Planes deCanalización y de Asignación de Frecuencias. Artículo 3º.- La Dirección General de Gestión de Te- lecomunicaciones publicará y actualizará mensualmen-te en la página web del Ministerio, una base de datoscon el grado de ocupación de las frecuencias asignadasa cada localidad en los Planes de Canalización y deAsignación de Frecuencias a que se refiere el artículoprimero. Artículo 4º.- A fin de optimizar el uso del espectro radioeléctrico atribuido al servicio de radiodifusión y pro-curar una oferta plural de estos servicios que cumplancon los parámetros técnicos previstos en las NormasTécnicas del Servicio de Radiodifusión, los Planes deCanalización y de Asignación de Frecuencias aproba-dos en el artículo primero, podrán ser modificados deoficio procurando la menor afectación de los derechosadquiridos. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN ANTONIO PACHECO ROMANÍ Viceministro de Comunicaciones 12731 /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G6C/G61/G20/G52/G2E/G44/G2E/G20/G4E/GBA/G20/G31/G30/G30/G2D/G32/G30/G30/G32/G2D/G4D/G54/G43/G2F /G31/G35/G2E/G31/G36/G2C/G20/G71/G75/G65/G20/G6F/G74/G6F/G72/G67/GF3/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G65/G6D/G70/G72/G65/G73/G61/G20/G43/G4F/G50/G54/G45/G52/G53/G50/G45/G52/GDA/G20/G53/G2E/G41/G2E/G43/G2E/G20/G70/G65/G72/G6D/G69/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G6F/G70/G65/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G61/G76/G69/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G63/G6F/G6D/G65/G72/G63/G69/G61/G6C/G3A/G20/G74/G72/G61/G6E/G73/G70/G6F/G72/G74/G65/G20/G61/GE9/G72/G65/G6F/G20/G65/G73/G2D /G70/G65/G63/G69/G61/G6C RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 093-2004-MTC/12 Lima, 18 de junio de 2004 Vista la solicitud de la empresa COPTERS PERÚ S.A.C., sobre Modificación de Permiso de Operación deAviación Comercial: Transporte Aéreo Especial; CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Directoral Nº 100-2002- MTC/15.16 del 13 de mayo del 2002, modificado con Re-solución Directoral Nº 252-2002-MTC/12 del 28 de octubredel 2002 y Resolución Directoral Nº 254-2003-MTC/12 del12 de noviembre del 2003, se otorgó a la empresa COP-TERS PERÚ S.A.C. Permiso de Operación de AviaciónComercial: Transporte Aéreo Especial, por un plazo de cua-tro (4) años, contados a partir del 8 de junio del 2002; Que, en el presente trámite de Modificación de Permi- so de Operación la empresa COPTERS PERÚ S.A.C. so-licita incrementar material aeronáutico al ya autorizado; Que, según los términos del Memorándum Nº 0355- 2004-MTC/MTC.12.AL, emitido por la Asesora Legal de laDirección General de Aeronáutica Civil; MemorandoNº 1341-2004-MTC/12.04, emitido por la Dirección de Se-guridad Aérea; se considera pertinente atender lo solicita-do, al haber cumplido la recurrente con los requisitosestablecidos en la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil;su Reglamento; y demás disposiciones legales vigentes; Que, la Administración, en aplicación del principio de presunción de veracidad, acepta las declaraciones jura-das y la presentación de documentos por parte del inte-resado, tomándolos por ciertos, verificando posterior-mente la validez de los mismos, conforme lo dispone laLey Nº 27444 - Ley del Procedimiento AdministrativoGeneral; Que, en aplicación de los principios de celeridad y simplificación administrativa, se considera pertinente pre-cisar que las instalaciones de los helipuertos, aero-puertos y/o aeródromos privados podrán ser utilizadasprevia autorización de sus respectivos propietarios; Que, en aplicación del Artículo 9º, literal g) de la Ley Nº 27261, "la Dirección General de Aeronáutica Civil escompetente para otorgar, modificar, suspender o revocarlos Permisos de Operación y Permisos de Vuelo", resol-