Norma Legal Oficial del día 09 de julio del año 2004 (09/07/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

MORDAZA, viernes 9 de MORDAZA de 2004

NORMAS LEGALES

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Republica efectuo un Examen Especial al Consejo Transitorio de Administracion Regional Ica, orientado a determinar si los recursos financieros y patrimoniales asignados fueron utilizados adecuadamente en concordancia con los planes y objetivos de la Entidad y de acuerdo a la normativa vigente; Que, como resultado de la accion de control practicada por la Contraloria General de la Republica, en el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia Nº 002-2002CTAR-ICA, en el cual se otorgo la buena pro a una empresa contratista para la ejecucion de la obra: "328,10 Ml de Reforzamiento de MORDAZA de Contencion con Gaviones Margen Izquierda del Rio Ica", por la suma de S/. 161 280,00; se ha determinado irregularidades como, el menor plazo entre las fechas de invitacion y la MORDAZA de las propuestas establecido en las bases administrativas, en contravencion de lo dispuesto en la normativa vigente; la MORDAZA de propuestas elaboradas con la misma impresora, procesador de texto y dactilografo, conforme la pericia grafotecnica efectuada; el postor que obtuvo la buena pro no contaba con local comercial autorizado y reconocido por la Municipalidad Provincial de Pisco; se elaboro, viso y suscribio el contrato de obra por monto superior al ofertado por el contratista, sin que ademas se MORDAZA presentado al suscribirse el contrato, la carta de Garantia de Fiel Cumplimiento con vigencia hasta la liquidacion del contrato; Que, asimismo, cabe agregar que, en el presupuesto de la citada obra, se considero indebidamente mayores metrados no sustentados y se sobrevaloro el precio unitario de las partidas de movimientos de tierras y revestimientos de gaviones, lo cual genero un perjuicio economico para la entidad por S/. 22 365,99; Que, de los hechos descritos precedentemente, existen indicios razonables que hacen presumir la comision de los delitos de Abuso de Autoridad en la modalidad de Incumplimiento de Obligaciones Funcionales y de Corrupcion de Funcionarios en la modalidad de Aprovechamiento Indebido de Cargo, previstos y penados por los articulos 377º y 397º del Codigo Penal, respectivamente; Que, de acuerdo a lo establecido en el inciso d) del articulo 22º de la Ley Nº 27785 - Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, constituye atribucion de este ente tecnico rector del Sistema Nacional de Control, disponer el inicio de las acciones legales pertinentes en forma inmediata, a traves del Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, en el caso que en la ejecucion directa de una accion de control se encuentre dano economico o presuncion de ilicito penal, para que inicie las acciones legales correspondientes contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto; y, De conformidad con lo establecido en el inciso d) del articulo 22º de la Ley Nº 27785 - Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, los Decretos Leyes Nº 17537 y Nº 17667; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al senor Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, para que en nombre y representacion del Estado, inicie las acciones legales referidas a los hechos expuestos, contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto, remitiendose para el efecto los antecedentes correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica 12725
RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 282-2004-CG

torio de Administracion Regional Tumbes - CTAR Tumbes, por el periodo comprendido entre el 1.ENE.02 al 31.DIC.02; y, CONSIDERANDO: Que, la Contraloria General de la Republica, a traves de Oficio Nº 1692-2003-CG/DC y en cumplimiento del Plan Anual de Control 2003, dispuso que una accion de control al Consejo Transitorio de Administracion Regional Tumbes - CTAR Tumbes con la finalidad de determinar si los recursos financieros y patrimoniales asignados a dicha entidad, fueron utilizados en concordancia con los objetivos propuestos durante el citado ejercicio y de acuerdo a la normativa aplicable; Que, de la revision practicada a la documentacion correspondiente a la Direccion Regional de Educacion Tumbes, la Comision Auditora ha determinado que, durante el periodo comprendido de MORDAZA 1999 a agosto 2003, a pesar que la Oficina de Tesoreria emitio los ceses de pago a los docentes reasignados a las Direcciones Regionales de Educacion de MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA y Puno; esta Oficina prosiguio efectuando depositos, por concepto de pagos de haberes en sus cuentas individuales Multired del Banco de la Nacion, adicionalmente a los pagos que por el mismo concepto les eran efectuados por sus respectivas Direcciones Regionales de Destino, generandose pagos irregulares hasta por un monto de S/. 89 307,34, y asimismo, los referidos docentes continuaron percibiendo dichos montos sin hacer de conocimiento oportuno de la Direccion Regional de Tumbes tal irregularidad, a efecto que se suspendan tales pagos; hechos que evidencian la existencia de indicios razonables que hacen presumir la comision del delito de Peculado, previsto y penado por el articulo 387º del Codigo Penal; Que, de acuerdo con lo establecido en el literal d) del Art. 22º de la Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, constituye atribucion de este Organismo Superior de Control, disponer el inicio de las acciones legales pertinentes en forma inmediata, por parte del Procurador Publico, en los casos en que la ejecucion directa de una accion de control se encuentre presuncion de ilicito penal, correspondiendo autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, el inicio de las acciones legales respectivas contra los responsables comprendidos en el Informe de Vistos; y, De conformidad con el articulo 22º literal d) de la Ley Nº 27785 - Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, y los Decretos Leyes Nº 17537 y Nº 17667; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar al senor Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, para que en nombre y en representacion del Estado, inicie las acciones legales por los hechos expuestos, contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto, remitiendose para tal efecto los antecedentes correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica 12726
RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 283-2004-CG

MORDAZA, 2 de MORDAZA de 2004 VISTO, el Informe Especial Nº 111-2004-CG/ORCA, resultante del Examen Especial, practicado al ex Consejo Transitorio de Administracion Regional MORDAZA, periodo 2002, considerando operaciones anteriores y posteriores a dicho periodo; y,

MORDAZA, 2 de MORDAZA de 2004 Visto; el Informe Especial Nº 110-2004-CG/ZN, resultante del Examen Especial efectuado al Consejo Transi-

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