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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G32/G36/G32/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 18 de julio de 2004 MINCETUR /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G72/G65/G70/G72/G65/G73/G65/G6E/G74/G61/G6E/G74/G65/G73/G20/G64/G65/G6C /G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G72/G69/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G72/G20/G65/G6E/G20/G72/G65/G75/G6E/G69/G6F/G6E/G65/G73 /G63/G6F/G6E/G20/G6D/G69/G72/G61/G73/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G73/G75/G73/G63/G72/G69/G70/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G75/G6E/G20/G54/G72/G61/G74/G61/G2D /G64/G6F/G20/G47/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G49/G6E/G74/G65/G67/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G2C/G20/G4D/G65/G72/G63/G61/G64/G6F/G43/G6F/G6D/GFA/G6E/G20/G79/G20/G43/G6F/G6F/G70/G65/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G50/G65/G72/GFA/G20/G2D/G20/G42/G6F/G6C/G69/G76/G69/G61 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 250-2004-MINCETUR/DM Lima, 16 de julio de 2004 Visto los Memorándums Nºs. 333 y 368-2004-MINCE- TUR/VMCE y Nº 206-2004-MINCETUR/VMCE/DNINCI,del Viceministerio de Comercio Exterior; CONSIDERANDO: Que, en el marco de las Negociaciones Perú - Boli- via, se llevó a cabo en la ciudad de Lima el día 30 dejunio de 2004, una Reunión Técnica con miras a la sus-cripción de un Tratado General de Integración, MercadoComún y Cooperación Perú-Bolivia; Que, mediante los Memorándums del visto, el Vicemi- nistro de Comercio Exterior informa que las reunionestécnicas para la suscripción de dicho Tratado, continua-rán el día 19 de julio de 2004, en la ciudad de La Paz-Bolivia, por cuya razón solicita que se autorice el viaje adicha ciudad, de los funcionarios que en representación del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo asistirán a tales reuniones; Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, es el organismo encargado de definir, formular, dirigir, su-pervisar y evaluar la política de negociaciones comer-ciales internacionales, de acuerdo a la política generaldel Estado; por cuya razón debe participar en las reunio- nes mencionadas a través de sus representantes; De conformidad con el inciso k) del artículo 15º de la Ley Nº 28128 - Ley de Presupuesto del Sector Públicopara el año 2004, Ley Nº 27790 y Ley Nº 27619 y suReglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje a la ciudad de La Paz, República de Bolivia, de los señores José Eduardo Bran-des Salazar, Director Nacional de Integración y Nego-ciaciones Comerciales Internacionales y Julián CiprianoGamero Alania, Director de Asuntos Bilaterales y Técni- cos, del 18 al 20 de julio de 2004; para los fines señala- dos en la parte considerativa de la presente ResoluciónMinisterial. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial, estarán a cargodel Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuer- do al siguiente detalle: Señor José Eduardo Brandes SalazarPasajes US$ 406,00 Viáticos US$ 400,00 Tarifa CORPAC US$ 28,24 Señor Julián Cipriano Gamero AlaniaPasajes US$ 406,00 Viáticos US$ 400,00 Tarifa CORPAC US$ 28,24 Artículo 3º.- Dentro de los quince días calendario si- guientes a la realización del viaje, las personas autori- zadas mediante el Artículo 1º, presentarán al Titular del REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y Sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales, respectivamente, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1.- Las normas y sentencias por publicar se recibirán en la Dirección del Diario Oficial en el horario de 10.30 a.m. a 5.00 p.m. de lunes a viernes. 2.- Las normas y sentencias cuya publicación se solicite para el día siguiente no deberán exceder de diez (10) páginas. 3.- Si las normas y sentencias que ingresaran al diario, en suma, tuvieran una extensión igual o mayor a dos (2) páginas de texto, se requerirá la presentación adjunta de disquete. 4.- Las normas y sentencias además, deben ser remitidas en disquete o al correo electrónico: normaslegales@editoraperu.com.pe . 5.- Cualquiera sea la cantidad de páginas, si las normas contuvieran tablas o cuadros, éstas deberán venir en diskette y trabajados en Excel una línea por celda sin justificar y, si contuvieran gráficos, éstos deberán ser presentados en formato EPS o TIF a 300 DPI y en escala de grises. LA DIRECCIÓNDIARIO OFICIAL FUNDADO EN 1825 P OR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVARREPUBLICADELPERU