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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE JULIO DEL AÑO 2004 (18/07/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 10

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G32/G36/G32/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 18 de julio de 2004 SE RESUELVE: Artículo 1º.- Precisar que las unidades catastrales y/o partidas registrales detalladas en el Anexo aprobado me-diante el artículo 1º de la Resolución Ministerial Nº 460-2003- MTC/02, identifican a las inscripciones de las áreas matri- ces, las mismas que serán afectadas parcialmente por lasobras de construcción del tramo Ancón-Huacho-Pativilca dela Carretera Panamericana Norte. Estas áreas afectadas,que se encuentran plenamente identificadas en las tasacio-nes elaboradas por el Consejo Nacional de Tasaciones - CONATA, serán independizadas en las unidades catastrales y/o partidas registrales correspondientes. Artículo 2º.- Dejar sin efecto el artículo 2º de la Resolución Ministerial Nº 460-2003-MTC/02. Artículo 3º.- Modificar el artículo 3º de la Resolución Mi- nisterial Nº 460-2003-MTC/02, en los términos siguientes: "Artículo 3º.- Autorizar a la Directora General de la Oficina General de Administración del Ministerio de Trans-portes y Comunicaciones, para que en representaciónde éste, efectúe las acciones necesarias para la adqui-sición de los predios que serán afectados por las obras de construcción del tramo Ancón-Huacho-Pativilca de la Carretera Panamericana Norte, de conformidad con elprocedimiento previsto en la Addenda Nº 2 al Contratode Fideicomiso en Administración, aprobado por Reso-lución Ministerial Nº 417-2004-MTC/01, lo que incluye lasuscripción de las órdenes de pago que se entregarán a la entidad fiduciaria, las minutas de compraventa y de los demás documentos que resulten necesarios para laformalización de la transferencia de la propiedad." Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ JAVIER ORTIZ RIVERA Ministro de Transportes y Comunicaciones 13301 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G69/G6E/G73/G70/G65/G63/G74/G6F/G72/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G2D /G63/G69/GF3/G6E/G20/G47/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G41/G65/G72/G6F/G6E/GE1/G75/G74/G69/G63/G61/G20/G43/G69/G76/G69/G6C/G20/G61 /G45/G45/G2E/G55/G55/G2E/G20/G65/G6E/G20/G63/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 540-2004 MTC/02 Lima, 14 de julio de 2004 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619 que regula la autorización de via- jes al exterior de servidores y funcionarios públicos, en con-cordancia con sus normas reglamentarias aprobadas porDecreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establece que para el caso de los servidores y funcionarios públicos de los Ministerios, entre otras entidades, la autorización de viajese otorgará por Resolución Ministerial del respectivo Sec-tor, la que deberá ser publicada en el Diario Oficial El Pe-ruano con anterioridad al viaje, con excepción de las auto-rizaciones de viajes que no irroguen gastos al Estado; Que, el inciso k) del artículo 15º de la Ley Nº 28128, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2004,dispone restringir al mínimo indispensable los viajes al ex-terior del país en comisión de servicios, estableciendo que,para el caso del Poder Ejecutivo, éstos serán aprobadospor resolución suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro del sector correspon- diente, con excepción de los sectores de Relaciones Exte-riores, Comercio Exterior y Turismo, así como de la Direc-ción General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Trans-portes y Comunicaciones, en cuyo caso se aprobarán porresolución del Titular del Pliego correspondiente; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejer-cida por la Dirección General de Aeronáutica Civil comodependencia especializada del Ministerio de Transpor-tes y Comunicaciones; Que, la Dirección General de Aeronáutica Civil, a fin de cumplir con los estándares aeronáuticos internaciona- les establecidos en el Convenio de Chicago sobre Avia-ción Civil y poder mantener la calificación de Categoría -I otorgada al Perú por la Organización de Aviación Civil Internacional, debe mantener un programa anual de vi-gilancia sobre la seguridad operacional a través de laejecución de inspecciones técnicas a los explotadoresaéreos en el país, basado en las disposiciones estableci-das en el citado Convenio y en los estándares de la Or- ganización de Aviación Civil Internacional; Que, la empresa Tans Perú, con Carta TANS-GOPE- JINS Nº 0108, del 7 de junio del 2004, en el marco delProcedimiento Nº 5 de la sección correspondiente a la Di-rección General de Aeronáutica Civil (Evaluación de Per-sonal), establecido en el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunica- ciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC,solicita a la Dirección General de Aeronáutica Civil, efec-tuar los chequeos técnicos en simulador de vuelo del equi-po Boeing 737, en el CXentro de Entrenamiento de Unitedde la ciudad de Denver, a sus tripulantes técnicos Jorge Narro y Carlos Camacho, durante el día 20 de julio de 2004; Que, la empresa Aero Cóndor S.A.C., con Carta GO- 358E-2004, del 28 de junio de 2004, en el marco del Proce-dimiento Nº 5 de la sección correspondiente a la DirecciónGeneral de Aeronáutica Civil (Evaluación de Personal), es-tablecido en el Texto Único de Procedimientos Administrati- vos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, apro- bado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC, solicita a laDirección General de Aeronáutica Civil, efectuar los che-queos técnicos en simulador de vuelo del equipo Boeing737, en el Centro de Entrenamiento de United Airlines de laciudad de Denver, a sus tripulantes técnicos Enrique Bless, Juan Berckemeyer, Jorge Pro Tordoya, Joseph Gallagher y James Peña, durante los días 19 al 23 de julio del 2004; Que, conforme se desprende de los Recibos de Acota- ción Nº 14257, 14258, 14259, 14260 y 14627, las solici-tantes han cumplido con el pago del derecho de tramita-ción correspondiente al Procedimiento a que se refiere el considerando anterior, ante la Dirección de Tesorería del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, en tal sentido, los costos del respectivo viaje de inspección, están íntegramente cubiertos por las empre-sas solicitantes del servicio, incluyendo el pago de losviáticos y la Tarifa Única de Uso de Aeropuerto; Que, la Dirección de Seguridad Aérea de la Direc- ción General de Aeronáutica Civil, ha emitido la Ordende Inspección Nº 1059-2004-MTC/12.04-SDO designan-do al Inspector Reynaldo Julio Ríos Vienrich, para reali-zar los chequeos técnicos en simulador de vuelo delequipo Boeing 737 al personal aeronáutico propuesto por las empresas Tans Perú y Aero Cóndor S.A.C., en la ciudad de Denver, Estados Unidos de América, durantelos días 19 al 23 de julio del 2004; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar el viaje del referido Inspector de la Dirección General deAeronáutica Civil para que, en cumplimiento de las fun- ciones que le asigna la Ley Nº 27261 y su Reglamento, pueda realizar los chequeos técnicos a que se contraela Orden de Inspección Nº 1059-2004-MTC/12.04-SDO; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619 y Ley Nº 28128 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Reynaldo Julio Ríos Vienrich, Inspector de la Dirección General de Aeronáu-tica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, ala ciudad de Denver, Estados Unidos de América, durante los días 19 al 23 de julio de 2004, para los fines a que se contrae la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- El gasto que demande el viaje autoriza- do precedentemente, ha sido íntegramente cubierto porlas empresas Tans Perú y Aero Cóndor S.A.C. a travésde los Recibos de Acotación Nº 14257, 14258, 14259, 14260 y 14627, abonados a la Dirección de Tesorería del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, inclu-yendo las asignaciones por concepto de viáticos y tarifapor uso de aeropuerto, de acuerdo al siguiente detalle : Viáticos US$1,100.00 Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 28.24 Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el Artícu- lo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el Ins-