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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G32/G36/G35/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 18 de julio de 2004 buzones para la aplicación de una futura capa asfáltica de 3” de espesor. Superficie de Rodadura y Desgaste.- Estará cons- tituida por una capa asfáltica en caliente de 3” en el jirónVista Alegre, que se aplicará previa imprimación cuida-dosa y uniforme de la superficie de base con asfalto lí- quido RC-250. Zonas de Estacionamiento.- Las Zonas de Estacio- namiento vehicular tendrán iguales especificaciones téc-nicas para las capas sub-rasantes, base y superficie derodadura de calzada. Veredas.- Serán de concreto de calidad f'c=175 Kg/ cm2 de 0.10 m de espesor y construidas sobre un te- rraplén de material seleccionado de buena calidad ydebidamente nivelado y compactado. El acabado serácon mezcla de cemento y arena fina, preparado en pro-porción 1:2 y de un centímetro de espesor, bru ñado c/ 1.00 metro y con juntas cada cinco metros. El des- nivel de la acera con relación a la calzada termi nada será de 0.20 m. Los radios de los abanicos en las esqui-nas serán de 6.00 m. Sardineles.- En el extremo libre de la vereda o en contacto con la berma se construirá un sardinel de con-creto de dimensiones 0.15m x 0.45m mínimo. Deberán ser vaciados total e independientemente de la losa de la vereda, de tal manera que cuando se ejecu-ten reparaciones no se comprometa al sardinel; la cali-dad de concreto será de f'c=175 Kg/cm2. Bermas de Estacionamiento.- Las bermas de esta- cionamiento laterales quedarán en tierra chacra, com- pactada y nivelada, con árboles cada 12.00ml en pozas de concreto. Rampas en Bermas para Personas de Discapaci- dad.- En los extremos de los abanicos de las aceras, en los lugares señalados en el Plano de Lotización y Vías,se construirán rampas peatonales que conectarán los niveles superiores de las aceras de las calzadas, de acuerdo a lo dispuesto en la Norma Técnica NTE-U.190“Adecuación Urbanística para las personas con Disca-pacidad”, aprobada por Resolución Ministerial Nº 069-2001-MTC/15.04 de fecha 7.2.2001. TELEFONÍA: Instalaciones Telefónicas.- Para las instalaciones te- lefónicas, la señora Carmen Cecilia Ledesma Campillo,deberá coordinar con la Gerencia de Proyectos de Plan-tas Externas de dicha compañía, para la instalación de ductos, cámaras y la reserva de áreas para centrales. La construcción de la red de telecomunicaciones deberá sersubterránea. ENERGÍA ELÉCTRICA: Conforme la Carta de Factibilidad expedida por Luz del Sur el 5.3.04, el propietario deberá instalar una sub-estación (De acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 95ºde la Ley de Concesiones Eléctricas), cuya estructuraestará ubicada dentro de su propiedad próximo a la ve-reda debiendo reservar el propietario un área de servi- dumbre de 6m de frente x 8.5m de fondo de preferencia con frente a la calle Nelson Gonzáles Guía. AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO:Los interesados deberán solicitar a SEDAPAL las co- nexiones domiciliarias respectivas, debiendo poner en conocimiento de dicha compañía, la fecha de inicio tér-mino de las obras. Artículo Tercero.- DISPONER que quede como car- ga inscrita en el Registro de la Propiedad Inmueble de la IX Zona Registral - Sede Lima, la obligación de la pro- pietaria de cancelar los déficits de Aportes Reglamenta-rios antes de la Recepción de Obras, y en consecuen-cia, queda como garantía el Lote Único materia de lapresente Resolución: y en cumplimiento a lo dispuestoen el Reglamento de la Ley General de Habilitaciones Urbanas aprobado por Decreto Supremo Nº 011-98-MTC, artículo 29º, el déficit de aporte para el Ministerio de Edu-cación de 164.85 m2, deberá ser cancelado ante dichoMinisterio.Artículo Cuarto- A CLARAR, que la nomenclatura co- rrecta de la denominada calle Vista Alegre indicada enlos planos de Ubicación y Localización y Lotización yVías, es jirón Vista Alegre , de conformidad con lo esta- blecido en el Acuerdo de Consejo Nº 254 emitido por laMunicipalidad Metropolitana de Lima, publicadas en el Diario Oficial El Peruano con fechas 2 y 3 de noviembre del 2002, la misma que aprueba la nueva nomenclaturavial de la Asociación de Vivienda Las Viñas de San An-tonio. Artículo Quinto.- DISPONER que la Sra. CARMEN CECILIA LEDESMA CAMPILLO, efectúe la publicación de esta Resolución en el Diario Oficial El Peruano, en el plazo de cinco días útiles contados a partir del día si-guiente de notificado; sufragando los gastos a que hu-biere lugar. Artículo Sexto.- REMITIR los presentes actuados ad- ministrativos en copia certificada a la Dirección Munici- pal de Desarrollo Urbano de la Municipalidad Metropoli- tana de Lima, para su verificación de acuerdo a ley. Artículo Séptimo.- ENCARGAR a la Gerencia de De- sarrollo Urbano a través de la Subgerencia de Autoriza-ción y Control de Obras el cumplimiento de los artículosprecedentes. Regístrese, comuníquese y cúmplase. EDUARDO BORDA SAN ROMÁN Gerente de Desarrollo Urbano 13214 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE LA PERLA /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G4D/G61/G6E/G75/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G4F/G72/G67/G61/G6E/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G79 /G46/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G2C/G20/G52/G65/G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G4F/G72/G67/G61/G6E/G69/G7A/G61/G2D/G63/G69/GF3/G6E/G20/G79/G20/G46/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G2C/G20/G43/G75/G61/G64/G72/G6F/G20/G4F/G72/G67/GE1/G6E/G69/G63/G6F /G45/G73/G74/G72/G75/G63/G74/G75/G72/G61/G6C/G20/G32/G30/G30/G34/G20/G79/G20/G43/G75/G61/G64/G72/G6F/G20/G64/G65/G20/G41/G73/G69/G67/G2D /G6E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G50/G65/G72/G73/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G6D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64 ORDENANZA Nº 015-2004-MDLP La Perla, 2 de julio del 2004 EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE LA PERLA POR CUANTO: Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 2.7.2004, el Dictamen emitido por la Comisión de Asun-tos Legales los Proyectos del Cuadro Orgánico Estruc- tural, Manual de Organización y Funciones de la Munici- palidad Distrital de La Perla (MOF) del Reglamento deOrganización y Funciones de la Municipalidad Distritalde La Perla (ROF) y Cuadro de Asignación de Personal(CAP) de la Municipalidad Distrital de La Perla; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú modificado por la Ley de Reforma ConstitucionalNº 27680 establece “Las Municipalidades Provinciales yDistritales son los Órganos de Gobierno Local tienen autonomía política, económica y administrativa en asun- tos de su competencia”; Que, el artículo 9º, inciso 3) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 establece como una de susatribuciones del Concejo Municipal aprobar el régimende organización interior y funcionamiento del gobierno local; Que, el primer párrafo del artículo 40º de la Ley Orgá- nica de Municipalidades Nº 27972, establece las Orde-nanzas de las Municipalidades Provinciales y Distritalesen materia de su competencia son las normas de carác-