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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE JULIO DEL AÑO 2004 (18/07/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 29

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G32/G36/G34/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 18 de julio de 2004 su artículo I del Título Preliminar establece que toda per- sona tiene el derecho irrenunciable a gozar de un am-biente saludable, ecológicamente equilibrado y adecua-do para el desarrollo de la vida, asimismo a la preserva-ción del paisaje y la naturaleza, y todos tienen el deberde conservar dicho ambiente; Que, la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, en su artículo 73º, en materia de competenciaMunicipal inciso 2.9 establece que las Municipalidadesasumen competencias y ejercen las funciones específi-cas con carácter exclusivo o compartido, protegiendo yconservando el medio ambiente; Que, mediante Ordenanza Nº 525-2003 de la Municipa- lidad Metropolitana de Lima, se estableció un régimen de pro-tección, conservación, defensa y mantenimiento de las áreasverdes de uso público ubicadas en Lima Metropolitana; Que, el distrito de La Victoria cuenta con escasas áreas verdes, siendo necesario e indispensable resaltar su intangibilidad por cuanto representan el pulmón natu- ral del distrito, asimismo impulsar acciones tendientes asu protección, conservación y adecuado mantenimientopor parte de la Municipalidad Distrital de La Victoria, con-vocando la participación de la sociedad civil organizada,empresas públicas o privadas; Que, actualmente la Municipalidad de La Victoria, tie- ne el servicio público de agua suspendido por manteneruna deuda de casi seis millones de nuevos soles conSedapal, contraídas por administraciones anteriores yque pese a los esfuerzos económico-financiero que seviene desarrollando no son del todo suficientes por el momento para superar esta difícil situación que perjudi- ca e impide prestar un servicio eficiente de mantenimientoy conservación de las áreas verdes; Que, teniendo en cuenta los considerandos preceden- tes y con el ánimo de promover la participación de losvecinos y contribuyentes del distrito, los gobiernos Lo- cales mediante Ordenanza pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licen-cias o exonerar de ellos, dentro de su jurisdicción y conlos límites que señala la Ley; Estando a los fundamentos de las consideraciones expuestas y con las atribuciones conferidas en el artícu- lo 9º incisos 8) y 9) de Ley Orgánica de Municipalidades- Ley Nº 27972; el Concejo en la forma reglamentaria, porUNANIMIDAD y con dispensa del trámite de la lectura yAprobación del Acta aprobó la siguiente: ORDENANZA ESTABLECER LA EXONERACIÓN DE LOS PAGOS POR LOS DERECHOS DE ANUNCIOS Y PROPAGANDAS ECOLÓGICA A LAS PERSONAS NATURALES Y/O JURÍDICAS QUE BRINDEN PROTECCIÓN, CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO DE LAS ÁREAS VERDES DE USO PÚBLICO DEL DISTRITO DE LA VICTORIA CAPÍTULO I: DISPOSICIONES GENERALES Artículo Primero.- La presente Ordenanza tiene por finalidad establecer el régimen de protección, conserva- ción, defensa y mantenimiento de las áreas verdes de uso público ubicadas en el distrito de La Victoria. Artículo Segundo.- Para efectos de aplicación de la Ordenanza, constituyen áreas verdes de uso público, aque-llos espacios de utilización general, ubicados en los par-ques, plazas, paseos, alamedas, malecones, jardines cen- trales o laterales de las vías públicas o de intercambios viales y en general, aquellas áreas de uso público que seencuentren cubiertas por plantas, además de los aportespara recreación establecidos en las habilitaciones urbanas. CAPÍTULO II: DE LOS CONVENIOS DE CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO DE LAS ÁREAS VERDES Artículo Tercero.- La Municipalidad de La Victoria, podrá celebrar convenios de cooperación con las organi-zaciones vecinales, empresas públicas o privadas u or- ganizaciones civiles sin fines de lucro, para mantener,conservar y mejorar las áreas verdes de uso público o las áreas verdes de las vías públicas. Artículo Cuarto.- Las Organizaciones Vecinales, em- presas públicas o privadas u organizaciones civiles sinfines de lucro que brinden el servicio de protección, con-servación y mantenimiento de las áreas verdes de uso público, a través de proyectos o programas de arboriza- ción o reforestación, se encontrarán exoneradas de lospagos por derecho de anuncios y propaganda para lainstalación de anuncios ecológicos en la zona específi-ca que para el efecto designe la Municipalidad de La Vic-toria; siempre y cuando no altere el paisaje, el medio ambiente, ni la topografía natural del terreno. Artículo Quinto.- La exoneración de los pagos de los derechos para la instalación de anuncios ecológicos losotorgará la autoridad municipal una vez suscrito el Conve-nio de Cooperación. El procedimiento administrativo parala suscripción del Convenio de Cooperación así como para el otorgamiento de la autorización para la instalación de los mismos, se establecerá en el Reglamento respectivo. CAPÍTULO III: DE LA PROTECCIÓN Y DEFENSA DE LAS ÁREAS VERDES Artículo Sexto.- Cuando por la construcción de una obra urbanística se afecten árboles, éstos deberán serrestituidos en las áreas verdes de uso público de la juris-dicción. Quedando entendido que el responsable de laobra, está en la obligación de garantizar la permanencia del número de plantas sembradas, a través de la reposi- ción del material vegetativo muerto o destruido por cual-quier causa y del mantenimiento del mismo, hasta entanto sean cedidas las áreas verdes al Municipio. Artículo Séptimo.- Queda prohibido la realización de espectáculos públicos o concentraciones públicas en áreas verdes de uso público, salvo previa autorización otorgada por la autoridad Municipal competente. Artículo Octavo.- De igual modo en las áreas ver- des de uso público queda prohibido: a) La tala de árboles, sin la autorización expresa de la autoridad municipal. b) El ejercicio del comercio ambulatorio, así como la instalación de kioscos fijos para comercio. c) La venta y consumo de licor.d) Arrojar en las áreas verdes de uso público dese- chos orgánicos, desmonte, escombros y en general cual- quier clase de residuos, salvo malezas, en las zonaspreestablecidas por la autoridad municipal. DISPOSICIONES TRANSITORIA FINALES Primera.- Encárguese a la Comisión Técnica Distri- tal de Publicidad Exterior la elaboración del Reglamentocorrespondiente, en un plazo máximo de 30 días, tras locual deberá ser puesto a consideración del ConcejoMunicipal para su aprobación. Segunda.- La presente Ordenanza entrará en vigen- cia al día siguiente a su publicación en el Diario OficialEl Peruano. POR TANTO MANDO Se registre, comunique, publique y cumpla. ALEJANDRO BAZÁN GONZALES Alcalde 12636 MUNICIPALIDAD DE LURÍN /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G52/G65/G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G41/G75/G64/G69/G65/G6E/G63/G69/G61 /G50/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G20/G64/G65/G20/G52/G65/G6E/G64/G69/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G43/G75/G65/G6E/G74/G61/G73/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G4C/G75/G72/GED/G6E ORDENANZA MUNICIPAL Nº 088/ML Lurín, 13 de julio del 2004