Norma Legal Oficial del día 18 de julio del año 2004 (18/07/2004)


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NORMAS LEGALES
DECRETA:

MORDAZA, MORDAZA 18 de MORDAZA de 2004

Que, por los fundamentos expuestos es prioritario asegurar la no interrupcion del servicio de recoleccion y transporte de residuos solidos en el distrito de Barranco, que presta esta Corporacion Municipal, debiendo contratar con una empresa que brinde el servicio referido; Que, estando a lo expuesto y con cuatro votos a favor y dos abstenciones, ha emitido el siguiente acuerdo; ACUERDA: Articulo Primero.- Declarar en situacion de URGENCIA el servicio de recoleccion y transporte de residuos solidos en el distrito de Barranco, por un plazo no mayor a noventa (90) dias calendario. Articulo Segundo.- Disponer la contratacion de los servicios necesarios para garantizar la recoleccion y transporte de residuos solidos en el distrito de Barranco. Articulo Tercero.- Disponer que la contratacion de la empresa que se encargue de prestar el servicio de recoleccion y transporte de residuos solidos en el distrito de Barranco, se realice mediante el MORDAZA de Adjudicacion Directa de Menor Cuantia, hasta por un monto de S/. 148,500 (CIENTO CUARENTIOCHO MIL QUINIENTOS NUEVOS SOLES), de acuerdo a lo establecido en la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento, encargandose a la Gerencia de Administracion Financiera y Tributaria el cumplimiento del presente Acuerdo. Articulo Cuarto.- Disponer que los gastos que irrogue la presente declaracion de urgencia se carguen a la fuente de recursos propios y directamente recaudados. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA ARRESE MORDAZA MORDAZA MORDAZA 13386

Articulo Primero.- DISPONER EL EMBANDERAMIENTO GENERAL DEL DISTRITO DE COMAS, los dias 26, 27, 28, 29 y 30 de MORDAZA del 2004, con ocasion de conmemorarse el 183º Aniversario de la Independencia Nacional. Articulo Segundo.- Los Pabellones Nacionales y Banderas a instalarse en los inmuebles, locales comerciales, Instituciones Publicas y Privadas deberan estar en buen estado de conservacion. Articulo Tercero.- En caso de incumplimiento, al presente Decreto, los infractores se haran pasibles de las sanciones y multas correspondientes. Articulo Cuarto.- Encargar, el cumplimiento del presente Decreto a la Gerencia Municipal, Gerencia de Participacion Vecinal y Seguridad Ciudadana y Subgerencias de Imagen Institucional, Policia Municipal y Seguridad Ciudadana y, Cultura, Identidad Local, Recreacion y Deportes, en cuanto les corresponda. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 13383

MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA
Establecen regimen de proteccion, conservacion, defensa y mantenimiento de areas verdes de uso publico
ORDENANZA Nº 027-04/MDLV

La MORDAZA, 31 de MORDAZA de 2004 EL CONCEJO DISTRITAL DE LA MORDAZA Visto en la Orden del Dia de la Sesion Extraordinaria de Concejo celebrada con fecha 31 de MORDAZA del 2004, la Mocion presentada por el senor Regidor Joe Zanabria Soberon que propone Establecer la exoneracion de los pagos por los derechos de anuncios y propaganda a las personas Naturales y/o Juridicas que brinden Proteccion, Conservacion y Mantenimiento de las areas verdes de uso publico; y el Informe Nº 088-04-DC/DR/MDLV del 17 de marzo del 2004 de la Direccion de Rentas, el Oficio Nº 055-04-DAJ/MDLV del 15 de marzo del 2004 de la Direccion de la Asesoria Juridica, el Informe Nº 089-04DDU/MDLV del 18 de MORDAZA del 2004 de la Direccion de Desarrollo MORDAZA, asi como los Dictamenes emitidos por las Comisiones Permanentes de Regidores de Servicios Municipales, Rentas, Planificacion Presupuesto y Asuntos Legales y de Desarrollo MORDAZA respectivamente; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, las Municipalidades en su condicion de gobierno local gozan de autonomia politica, economica y administrativa, en los asuntos de su competencia; Que, en el articulo 195º incisos 5) y 8) del mismo cuerpo de leyes, se establecen competencias de las Municipalidades como organizar, reglamentar y administrar los servicios publicos locales de su responsabilidad, asimismo desarrollar y regular actividades y/o servicios en materia ambiental y sustentabilidad de los recursos naturales, entre otras; Que, la Ley Nº 26664 establece que los parques, plazas, plazuelas, jardines y demas areas verdes de uso publico bajo administracion Municipal, forman parte del sistema de areas recreacionales y de reserva ambiental con caracter de intangibles, inalienables e imprescriptibles; Que, el Codigo del Medio Ambiente y los Recursos Naturales, aprobado por Decreto Legislativo Nº 613, en

MUNICIPALIDAD DE COMAS
Disponen embanderamiento general del distrito
DECRETO DE ALCALDIA Nº 09-2004-A/MC

Comas, 12 de MORDAZA del 2004 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE COMAS CONSIDERANDO: Que, siendo politica de la presente Gestion Municipal, el de impulsar una cultura civica de respeto y reconocimiento para con nuestros proceres de la Independencia, de ese modo consolidar en la ciudadania una cultura democratica y de fortalecimiento de la identidad nacional; de conformidad con el Articulo 82º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades; Que, el 28 de MORDAZA del ano en curso, se celebra un ano mas de la Proclamacion de la Independencia del Peru; Que , en esta ocasion se hace necesar io la participacion civica del vecindario con el embanderamiento de las viviendas y de los distintos locales, tanto publicos como privados de nuestra jurisdiccion, en senal de reconocimiento a las precitadas efemerides de la Patria; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el inciso 6) del Articulo 20º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades;

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