Norma Legal Oficial del día 27 de julio del año 2004 (27/07/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

MORDAZA, martes 27 de MORDAZA de 2004

NORMAS LEGALES
TITULO II

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En MORDAZA, a los veintitres dias del mes de MORDAZA de dos mil cuatro. MORDAZA PEASE MORDAZA Presidente del Congreso de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Primer Vicepresidente del Congreso de la Republica 13992 les

ROL DEL ESTADO EN LAS ACTIVIDADES DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION TECNOLOGICA
Articulo 5º.- Rol del Estado y los objetivos nacionaCorresponde al Estado normar, orientar, coordinar, planificar, fomentar, supervisar y evaluar el desarrollo de la CTeI, para el cumplimiento de los siguientes objetivos nacionales: a) La generacion, conservacion, transferencia y utilizacion de conocimientos cientificos y tecnologicos, en el ambito nacional y de las diversas regiones para el optimo aprovechamiento de los recursos y potencialidades de la nacion, el impulso a la productividad y la integracion beneficiosa del Peru en la sociedad global del conocimiento y en la economia mundial. La descentralizacion y adaptacion de las actividades de CTeI a nivel regional y local. La seguridad humana, el desarrollo economico y social descentralizado, la superacion de las desigualdades y el estimulo a la productividad. La prevencion de desastres naturales, mediante instrumentos cientifico-tecnologicos, para el uso racional, eficiente y sustentable de los recursos naturales. El fomento y promocion de la investigacion, la innovacion y el desarrollo tecnologico en los sectores de la produccion con el fin de incentivar la creatividad, la competitividad y la produccion de nuevos bienes y servicios, con miras al MORDAZA nacional y mundial. La proteccion del conocimiento tradicional y el rescate, utilizacion y difusion de las tecnologias tradicionales. La proteccion de los derechos de propiedad intelectual, propiedad industrial y sus derechos conexos. El desarrollo de la cultura, la integracion y la unidad de la Nacion, valorando la diversidad etnocultural y ecologica del MORDAZA y la difusion, democratizacion, descentralizacion y uso social del conocimiento cientifico. La defensa de la soberania nacional, la seguridad del territorio y la atencion preferente al desarrollo de las zonas fronterizas del pais. La formacion, capacitacion, actualizacion y perfeccionamiento de recursos humanos altamente calificados en ciencia, tecnologia e innovacion tecnologica en las diferentes regiones del pais. Facilitar la retencion y repatriacion de profesionales investigadores nacionales y la promocion de la demanda en CTeI para su adecuada insercion. La promocion, divulgacion e intercambio de CTeI en los diferentes niveles del sistema educativo a traves de museos, ferias, premios nacionales y otros mecanismos que propicien la valoracion social del conocimiento, la identificacion y promocion de talentos y la adopcion de habitos permanentes de investigacion e innovacion. El desarrollo de proyectos de CTeI que permitan la incorporacion productiva y la integracion economica y social de las personas con discapacidad. Incrementar la capacidad cientifica, tecnologica y la formacion de investigadores para resolver problemas nacionales fundamentales, que contribuyan al desarrollo del MORDAZA y a elevar el bienestar de la poblacion. Promover el desarrollo y la vinculacion de la ciencia basica y la innovacion tecnologica asociada a la actualizacion y mejoramiento de la calidad de la educacion y la expansion de las fronteras del conocimiento, asi como convertir a la ciencia y la tecnologia en un elemento fundamental de la cultura general de la sociedad.

LEY Nº 28303
EL PRESIDENTE DEL CONGRESO DE LA REPUBLICA POR CUANTO: LA COMISION PERMANENTE DEL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Ley siguiente:

b) c) d)

LEY MORDAZA DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION TECNOLOGICA
TITULO I OBJETO, DECLARATORIA DE INTERES NACIONAL, AMBITO DE APLICACION Y PRINCIPIOS
Articulo 1º.- Objeto y definicion La presente Ley tiene por objeto normar el desarrollo, promocion, consolidacion, difusion y transferencia de la Ciencia, Tecnologia e Innovacion Tecnologica (CTeI) en el pais. Define las atribuciones, alcances y medios de la accion del Estado en este ambito. Articulo 2º .- Declaratoria de interes nacional El desarrollo, promocion, consolidacion, transferencia y difusion de la Ciencia, Tecnologia e Innovacion Tecnologica (CTeI), son de necesidad publica y de preferente interes nacional, como factores fundamentales para la productividad y el desarrollo nacional en sus diferentes niveles de gobierno. Articulo 3º.- Ambito de aplicacion La presente Ley es de aplicacion a las entidades del sector publico y privado y personas que realizan actividades en el ambito de la Ciencia, Tecnologia e Innovacion Tecnologica, en el pais. Articulo 4º.- Principios fundamentales Las actividades de Ciencia, Tecnologia e Innovacion Tecnologica se rigen por: a) b) c) d) e) f) El respeto a la etica para asegurar el rigor cientifico y la calidad. La contribucion efectiva al bien comun. La MORDAZA de la investigacion. El reconocimiento del saber colectivo y del aporte nacional al conocimiento universal. El respeto al derecho de propiedad intelectual, propiedad industrial y sus derechos conexos. El reconocimiento del valor social del desarrollo cientifico y tecnologico y sus repercusiones en la cultura nacional y en la posicion del MORDAZA en el contexto mundial. El planeamiento de la CTeI en MORDAZA con las exigencias economicas, sociales, culturales y ambientales del presente y con la vision colectiva del desarrollo futuro. La innovacion y la creatividad que promuevan el bienestar colectivo, la produccion y la aplicacion de nuevos conocimientos. El establecimiento de los mecanismos de coordinacion entre las dependencias y entidades de la administracion publica y otras instituciones que intervienen en la definicion de politicas y programas en materia de desarrollo cientifico y tecnologico. La vinculacion y participacion de la comunidad cientifica y academica de las instituciones de educacion superior, de los sectores publico, social y privado para la generacion y formulacion de politicas de promocion, difusion, desarrollo y aplicacion de la ciencia y tecnologia, asi como para la formacion de profesionales de la ciencia y tecnologia.

e)

f) g) h)

i) j)

k) l)

m) n)

g)

o)

h) i)

j)

Articulo 6º.- Responsabilidades de las entidades del Estado Es responsabilidad de las entidades del Estado concurrir a las convocatorias del CONID y coordinar con el ente rector del sistema nacional de CTeI, la articulacion de sus planes estrategicos sectoriales y planes operativos institucionales con el Plan Nacional de Ciencia, Tecnologia e Innovacion Tecnologica y de lograr la interconexion progresiva de sus sistemas de informacion en una red nacional de informacion cientifica e interconexion telematica.

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