Norma Legal Oficial del día 27 de julio del año 2004 (27/07/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

MORDAZA, martes 27 de MORDAZA de 2004 DEBE DECIR: VI.- DISPOSICIONES ESPECIFICAS. 6.4 B) PERSONAL DOCENTE NIVEL/MODALIDAD FORMA

NORMAS LEGALES

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CARACTERISTICA

Nº REFERENCIAL DE ALUMNOS POR AREA O MORDAZA RURAL O MORDAZA FRONTERA 35 30

Secundaria de Menores
DICE:

Escolarizada

Polidocente completo
DEBE DECIR:

DISPOSICIONES TRANSITORIAS Primera.- Queda prohibida bajo responsabilidad del Titular de la Unidad Ejecutora realizar acciones de reasignacion, rotacion, destaque y contratos durante el MORDAZA de racionalizacion. Solo procede contratos para atencion de licencias por maternidad, enfermedad, sin goce de haber.

DISPOSICIONES TRANSITORIAS Primera.- Queda prohibida bajo responsabilidad del Titular de la Unidad Ejecutora realizar acciones de reasignacion, rotacion, destaque y contratos durante el MORDAZA de racionalizacion. Solo procede efectuar contratos para la atencion de licencias por maternidad, enfermedad, asi como cubrir la demanda del servicio educativo en el ambito rural, en casos debidamente justificados y bajo responsabilidad del Jefe de la UGEL. No se considera al departamento de Lima. 13963

SE RESUELVE:

ENERGIA Y MINAS
Autorizan a procurador iniciar acciones judiciales sobre ineficacia de titulo valor
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 297-2004-MEM/DM
MORDAZA, 23 de MORDAZA de 2004 CONSIDERANDO: Que, con fecha 7 de MORDAZA de 2004, ante la Division de MORDAZA - SIROVE de la Policia Nacional - Region Policial de MORDAZA, la Direccion Ejecutiva de Proyectos del Ministerio de Energia y Minas ha reportado la sustraccion del Cheque del Banco de la Nacion Nº 8794500, por un monto de S/. 3 200.00 (Tres Mil Doscientos y 00/100 Nuevos Soles); Que, mediante Oficio Nº 091-04-EM/DEP-DAF-TES del 7 de MORDAZA de 2004, recepcionado en la fecha por el Banco de la Nacion, la Direccion de Administracion y Finanzas de la Direccion Ejecutiva de Proyectos ha solicitado a dicha institucion bancaria la suspension extrajudicial del pago del Cheque Nº 8794500; Que, el Banco de la Nacion en aplicacion de lo establecido en el articulo 107.2 de la Ley Nº 27287 - Ley de Titulos Valores ha suspendido el pago del cheque sustraido por el plazo de 15 dias siguientes a la comunicacion de suspension, informando que a su vencimiento se le debera notificar con MORDAZA de la demanda sobre ineficacia de titulo valor interpuesta ante la autoridad judicial, a efectos que no caduque el pedido de suspension de pago; Que, de acuerdo a lo establecido en el articulo 107.2 de la Ley Nº 27287 - Ley de Titulos Valores, la Direccion Ejecutiva de Proyectos del Ministerio de Energia y Minas, al haber hecho uso del derecho de suspension extrajudicial de pago, mediante Oficio Nº 091-04-EM/DEP-DAF-TES del 7 de MORDAZA de 2004, esta obligada a interponer la demanda judicial de ineficacia de titulo valor; Que, estando a los hechos expuestos, es necesario autorizar al Procurador Publico encargado de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Energia y Minas, a efecto que inicie las acciones legales pertinentes para iniciar el MORDAZA judicial sobre ineficacia del Cheque Nº 8794500 del Banco de la Nacion; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, el Decreto Ley Nº 17537, modificado por el Decreto Ley Nº 17667, Decreto Ley Nº 25962 - Ley Organica del Sector Energia y Minas; y los articulos 28º y 29º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2003-EM;

Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Energia y Minas, para que en nombre y representacion del Estado - Ministerio de Energia y Minas, inicie las acciones legales pertinentes para iniciar el MORDAZA judicial sobre ineficacia del Cheque del Banco de la Nacion Nº 8794500, en cautela de los intereses del Estado. Articulo 2º.- Remitase al referido Procurador Publico, los antecedentes de la presente Resolucion, con transcripcion de la misma, para su conocimiento y fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Energia y Minas 13973

JUSTICIA
Aceptan renuncia de Secretaria General del ministerio
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 344-2004-JUS
MORDAZA, 26 de MORDAZA de 2004 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 226-2004-JUS, de fecha 3 de MORDAZA de 2004, se designo a la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Amezaga, en el cargo de Secretaria General del Ministerio de Justicia, cargo considerado de confianza; Que, mediante comunicacion de fecha 23 de MORDAZA de 2004, la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Amezaga, formula su renuncia a dicho cargo; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560, Decreto Ley Nº 25993 y Ley Nº 27594; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aceptar, a partir de la fecha, la renuncia formulada por la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA AMEZAGA, al cargo que venia desempenando como Secretaria General del Ministerio de Justicia, dandosele las MORDAZA por los importantes servicios prestados. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA UGAZ Ministro de Justicia 13964

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