Norma Legal Oficial del día 27 de julio del año 2004 (27/07/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

MORDAZA, martes 27 de MORDAZA de 2004

NORMAS LEGALES

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Articulo 13º.- Presidencia El Presidente del CONCYTEC es designado por decreto supremo entre una terna propuesta por la Presidencia del Consejo de Ministros, para un periodo de cinco (5) anos. Para ser designado Presidente se requiere: 1. 2. 3. 4. Ser peruano de nacimiento y ciudadano en ejercicio. Tener un minimo de veinte (20) anos de reconocida trayectoria cientifica y/o tecnologica validada con publicaciones especializadas. Tener el mas alto grado academico otorgado en el MORDAZA, en su especialidad. Tener experiencia en gestion en ciencia y tecnologia.

CONCYTEC, con personeria juridica de derecho publico interno, con patrimonio propio, con autonomia administrativa y financiera. Esta encargado de captar, gestionar, administrar y canalizar recursos, de fuente nacional y extranjera, destinados a las actividades del SINACYT en el pais. El FONDECYT desarrolla sus actividades dentro del MORDAZA de las prioridades, criterios y lineamientos de politica establecidos en el Plan Nacional de CTeI y los que apruebe el CONCYTEC. Los recursos del FONDECYT son intangibles. Articulo 17º.- Directorio El FONDECYT es administrado por un Directorio de siete (7) miembros designados por decreto supremo, cuyas funciones son ejercidas ad honorem. Esta integrado por: a) b) c) d) e) f) g) Un miembro del Consejo Directivo Nacional del CONCYTEC, quien lo preside. Un representante de COFIDE. Un representante de la Asociacion de Bancos del Peru. Un representante de las universidades integrantes del SINACYT. Un representante de los institutos de investigacion integrantes del SINACYT. Un representante de las empresas privadas integrantes del SINACYT. Un representante de los Gobiernos Regionales.

Articulo 14º.- Recursos Son recursos del CONCYTEC: a) b) c) d) e) Los montos que le asigne el Presupuesto de la Republica. Los recursos provenientes de la cooperacion internacional. Las donaciones y legados de personas naturales y juridicas. Los recursos directamente recaudados. Otros que se establezcan.

Articulo 15º.- Cooperacion internacional El CONCYTEC en coordinacion con el Ministerio de Economia y Finanzas y con la Agencia Peruana de Cooperacion Internacional formulara un Programa de Cooperacion Tecnica y Financiera Internacional para CTeI, el mismo que sera parte de los programas de inversion publica y de financiamiento externo.

Articulo 18º.- Funciones Para el cumplimiento de sus fines, el FONDECYT tiene las siguientes funciones: a) b) c) d) e) f) Calificar la viabilidad economico-financiera de los proyectos de CTeI. Intervenir en el financiamiento de los programas y proyectos regionales de CTeI. Suscribir convenios sobre estudios y proyectos de investigacion e innovacion tecnologica con regiones y universidades. Disponer fondos para el financiamiento de proyectos de ciencias basicas. Administrar los programas de financiamiento de CTeI. Coordinar con la Agencia Peruana de Cooperacion Internacional para la obtencion de MORDAZA de fi-

CAPITULO III FONDO NACIONAL DE DESARROLLO CIENTIFICO, TECNOLOGICO Y DE INNOVACION TECNOLOGICA (FONDECYT)
Articulo 16º.- Creacion Crease el Fondo Nacional de Desarrollo Cientifico, Tecnologico y de Innovacion Tecnologica (FONDECYT) adscrito al

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