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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G33/G34/G33/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 27 de julio de 2004 Chile, Chile, del 26 al 30 de julio de 2004, y al pago de los gastos, a fin de intervenir en el certamen indicado en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- El gasto que irrogue dicho viaje será como sigue: Pasaje US$ 1 399,88 Viáticos US$ 3 000,00 Tarifa única de uso de aeropuerto: US$ 84,72 --------------------- TOTAL US$ 4 484,60 Artículo 3º.- La presente Resolución no dará derecho a exoneración o liberación del pago de derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominación. JAVIER SILVA RUETE Presidente 13928 CONTRALORÍA GENERAL /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G70/G72/G6F/G63/G75/G72/G61/G64/G6F/G72/G20/G69/G6E/G69/G63/G69/G61/G72/G20/G61/G63/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73 /G6C/G65/G67/G61/G6C/G65/G73/G20/G61/G20/G70/G72/G65/G73/G75/G6E/G74/G6F/G73/G20/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G73/G61/G62/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G63/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G69/G6C/GED/G63/G69/G74/G6F/G73/G20/G70/G65/G6E/G61/G6C/G65/G73/G20/G65/G6E/G20/G61/G67/G72/G61/G76/G69/G6F/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64/G20/G44/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G4C/G61/G67/G75/G2D/G6E/G61/G73/G20/G79/G20/G64/G65/G6C/G20/G47/G6F/G62/G69/G65/G72/G6E/G6F/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G50/G75/G6E/G6F RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 306-2004-CG Lima, 22 de julio de 2004 Vistos; la Hoja de Recomendación Nº 07-2004-CG/ GDPC de 14.JUL.2004, Oficio Nº 429-2004-DIRCOCOR-PNP/DIVPACGR de 04.JUN.2004, el Parte Nº 041-2004-DIRCOCOR-PNP/DIVPACGR de 11.JUN.2004 de la Unidad Técnica Especializada de la Policía Nacional del Perú Ads- crita a la Contraloría General de la República, referente alas investigaciones realizadas en la Municipalidad Distritalde Lagunas - Yurimaguas - Loreto, el Oficio Nº 528-2004-DIRCOCOR-PNP/DIVPACGR de 05.JUL.2004, y el Informede Verificación de Denuncias Nº 06-2004-CG/GDPC de 01.JUN.2004 correspondiente a los períodos 2003 - ENE. - ABR.2004; y, CONSIDERANDO:Que, la Contraloría General de la República a través del Oficio Nº 0836-2004-CG/DC de 20.ABR.2004 dispuso se efectúe la verificación de la denuncia en torno a presuntasirregularidades en la Municipalidad Distrital de Lagunas -Loreto, designando para el caso una Comisión a efectos derealizar la mencionada verificación; Que, como resultado de dicha verificación se ha emiti- do el Informe de Verificación de Denuncias Nº 06-2004-CG/ GDPC de 01.JUN.2004, en el cual la Comisión ha determi-nado que la Municipalidad Distrital de Lagunas, excedien-do el porcentaje fijado, efectuó pagos de la Cuenta del Ca-non para el funcionamiento administrativo de las diversasáreas de la entidad como: sueldos, asesorías, viáticos, ho- norarios, servicios, alimentación y gastos por rendir cuen- ta, todos ellos calificados como Gasto Corriente por lasnormas presupuestarias; asimismo, se ha evidenciado, quese insertó en fecha posterior al 11.ENE.2003 un párrafoadicional al texto original de la Sesión Ordinaria Nº 01-2003incrementando las dietas y la remuneración del Alcalde para el año 2004, cuando ya se había acordado aprobar la suma mensual por concepto de dieta para el período 2003; esdecir, se asentó falsamente en el documento una cláusulaque no estaba presente en el momento que se cerró eldocumento y que tenía por objeto beneficiar a los regidoresen perjuicio del Estado; evidenciándose la existencia de in- dicios razonables de comisión de los delitos de Malversación de Fondos y Falsedad Ideológica, ilícitos previstos y san-cionados por los artículos 389º y 428º del Código Penalvigente, respectivamente; Que, la Unidad Técnica Especializada de la Policía Na- cional Adscrita a la Contraloría General conforme a sus atri- buciones señaladas en los artículos 3º, 7º numeral 2) y 8º numeral 6) de la Ley Nº 27238 - Ley Orgánica de la PolicíaNacional del Perú, ha elaborado el Parte Policial de Vistos,según el cual los hechos presuntamente irregulares detec-tados por la Contraloría General, se encuentran en trámite ante la Fiscalía Provincial Mixta de Alto Amazonas - Yuri- maguas - Loreto y el Juzgado Mixto de Alto Amazonas, ac- ciones seguidas contra autoridades y funcionarios de laMunicipalidad Distrital de Lagunas - Loreto, por delitos con-tra la Administración Pública, previstos y sancionados en elCódigo Penal vigente; Que, de acuerdo con lo establecido en el inciso o) del artículo 22º de la Ley Nº 27785 - Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la Re-pública, constituye atribución de este Organismo Superiorde Control, participar en los procesos judiciales, adminis-trativos, arbitrales u otros, para la adecuada defensa de losintereses del Estado, cuando tales procesos incidan sobre recursos y bienes de éste, por lo que resulta conveniente autorizar al Procurador Público a cargo de los asuntos judi-ciales de la Contraloría General de la República, a fin quese apersone e impulse las acciones legales correspondien-tes e interponga los recursos que la Ley le faculta en arasde la defensa judicial de los derechos e intereses del Esta- do, por los hechos revelados en los documentos de Vistos; De conformidad con los artículos 47º de la Constitución Política del Estado, y 12º del Decreto Ley Nº 17537, modifi-cado por el Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al señor Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloría Generalde la República, para que en nombre y representación delEstado se apersone ante las instancias pertinentes e im-pulse las acciones legales correspondientes por los hechos precedentemente expuestos en los documentos de Vistos, remitiéndosele para el efecto los antecedentes del caso. Regístrese, comuníquese y publíquese.GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 13851 RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 307-2004-CG Lima, 22 de julio de 2004 Vistos; la Hoja de Recomendación Nº 08-2004-CG/ GDPC de 14.JUL.2004, Oficio Nº 420-2004-DIRCOCOR-PNP/DIVPACGR de 01.JUN.2004, el Parte Nº 033-2004- DIRCOCOR-PNP/DIVPACGR de 01.JUN.2004 de la Unidad Técnica Especializada de la Policía Nacional del Perú Ads-crita a la Contraloría General de la República, referente alas investigaciones realizadas en el Gobierno Regional dePuno, el Oficio Nº 103-2004-GRP/ORAJ de 02.JUL.2004, yel Informe de Verificación de Denuncias Nº 05-2004-CG/ GDPC de 20.ABR.2004 correspondiente al período ENE.2003 - DIC.2003; y, CONSIDERANDO: Que, la Contraloría General de la República a través del Oficio Nº 0093-2004-CG/DC de 19.ENE.2004 dispuso seefectúe la verificación de la denuncia en torno a presuntasirregularidades en el Gobierno Regional de Puno, desig- nando para el caso una Comisión a efectos de realizar la mencionada verificación; Que, como resultado de dicha verificación se ha emiti- do el Informe de Verificación de Denuncias Nº 05-2004-CG/GDPC de 20.ABR.2004, en el cual se ha determinado pre-suntas irregularidades en las Hojas de Tareo de la obra "Rehabilitación de Carretera Ayavirí - Umachiri - Llalli", las cuales no reportan a un trabajador; sin embargo, en la pla-nilla de salarios de los meses de julio y agosto de 2003, seconsigna como si dicha persona hubiese laborado, sin quese haya acreditado las labores realizadas por el citado tra-bajador, situación que ha ocasionado la existencia de pa- gos irregulares; asimismo, en la entrega de 10 módulos de vivienda al Proyecto Especial Carretera Transoceánica parasu uso, siendo estos utilizados en la instalación de paredesdel local del PECT, no obstante que dichos módulos fuerondonados por el Banco de Materiales con el objeto de serdistribuidos a los damnificados de la Región Puno por el fenómeno del friaje; situación que denota haberse dado a los módulos antes mencionados una aplicación diferente ydefinitiva para el fin al cual fueron destinados; eviden-ciándose la existencia de indicios razonables de comisiónde los delitos de Peculado, Malversación y Falsedad Ideo-