Norma Legal Oficial del día 27 de julio del año 2004 (27/07/2004)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 11

MORDAZA, martes 27 de MORDAZA de 2004

NORMAS LEGALES

Pag. 273421

una comision por empleo en los casos en que se logre la colocacion. g.5 Modulo de Feria de Productos y Servicios Empresariales de los Departamentos y Regiones: El Consejo Nacional de Descentralizacion y los Gobiernos Regionales programaran una vez al ano una exposicion de los municipios provinciales en la Feria del MORDAZA o equivalente que permita a las empresas rurales ofertar sus productos y servicios. Asimismo, cada municipio provincial organizara anualmente una feria regional con identico proposito. g.6 Sistema de Asistencia Dirigida por Empresarios Lideres (SADEL): El Consejo Nacional de Descentralizacion en coordinacion con el Consejo Nacional de Competitividad crearan un sistema de asistencia dirigida de empresarios lideres a la micro y pequena empresa rural. La asistencia se realizara a traves de talleres para solucionar problemas y transmitir experiencias en el crecimiento de las empresas y la busqueda de mercados. Articulo 27º.- Recursos del Programa de Desarrollo de Capacidades Empresariales Municipales Son recursos del Programa de Desarrollo de Capacidades Empresariales Municipales: a) Las donaciones y creditos no reembolsables de paises cooperantes y organizaciones internacionales. b) Las partidas que destine el Ministerio de Economia y Finanzas. c) Las partidas que destinen los Gobiernos Regionales. d) Las partidas que destinen los Gobiernos Municipales Provinciales. e) Las donaciones privadas. f) Los recursos que se generen de las actividades y programas que realicen los municipios. TITULO VII MECANISMO DE MODERNIZACION TECNOLOGICA Articulo 28º.- Depreciacion acelerada Para efectos de la depreciacion a que se refiere el articulo 38º del TUO de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-99-EF, el porcentaje anual por el desgaste o agotamiento que sufran los bienes del activo que las MYPE Descentralizadas utilicen en actividades productoras de rentas gravadas de tercera categoria sera de treinta y tres punto tres por ciento (33.3%). DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES PRIMERA.- Aplicacion de la Ley La presente Ley se aplica a las MYPE Descentralizadas que se encuentren formalizadas conforme a la Ley Nº 28015. SEGUNDA.- Reglamentacion En un plazo no mayor de sesenta (60) dias calendario, el Poder Ejecutivo expedira el reglamento de la presente Ley, que sera aprobado mediante decreto supremo, con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros y refrendado por los Ministros de Trabajo y Promocion del Empleo, de la Produccion, de Relaciones Exteriores, de Educacion, de Economia y Finanzas y del Presidente del Consejo de Ministros. TERCERA.- Normas complementarias El Ministerio de Economia y Finanzas, mediante resolucion ministerial, aprobara las normas que fueran necesarias para la mejor aplicacion del Titulo III de la presente Ley. CUARTA.- Derogatoria Deroganse o dejanse sin efecto, segun corresponda, las disposiciones que se opongan a la presente Ley. QUINTA.- Vigencia La presente Ley entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, excepto lo dispuesto en el Capitulo I del Titulo III, que entrara en vigencia el 1 de enero de 2005 y se aplicara conforme a la asignacion correspondiente en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2005.

Comuniquese al senor Presidente de la Republica para su promulgacion. En MORDAZA, a los treinta dias del mes de junio de dos mil cuatro. MORDAZA PEASE MORDAZA Presidente del Congreso de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Primer Vicepresidente del Congreso de la Republica AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintiseis dias del mes de MORDAZA del ano dos mil cuatro. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA FERRERO Presidente del Consejo de Ministros 13994

PODER EJECUTIVO PCM
Autorizan al Presidente del Consejo Nacional de Descentralizacion a ausentarse del MORDAZA
RESOLUCION SUPREMA Nº 250-2004-PCM
MORDAZA, 26 de MORDAZA de 2004 CONSIDERANDO: Que, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Presidente del Consejo Nacional de Descentralizacion - CND, se ausentara del MORDAZA del 28 de MORDAZA al 3 de agosto de 2004 por motivos de indole personal; Que, el Presidente del Consejo Nacional de Descentralizacion - CND, conforme lo establece el numeral 23.3 del articulo 23º de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion, tiene rango y condicion de Ministro de Estado, por lo que le son de aplicacion las normas de la Ley Nº 27619 y de su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; Que, es pertinente autorizar el viaje del Presidente del Consejo Nacional de Descentralizacion - CND; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560, la Ley Nº 27619 y el Decreto Supremo Nº 047-2002PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Presidente del Consejo Nacional de Descentralizacion - CND, del 28 de MORDAZA al 3 de agosto de 2004. Articulo 2º.- El cumplimiento de la presente Resolucion no irrogara gasto alguno al Estado ni MORDAZA derecho a exoneracion de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase. Articulo 3º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA FERRERO COSTA Presidente del Consejo de Ministros 13997

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.