Norma Legal Oficial del día 27 de julio del año 2004 (27/07/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 27 de MORDAZA de 2004

apoyo al desarrollo empresarial en las areas de gestion, produccion, tecnologia, capacitacion y finanzas, a traves de la asistencia tecnica directa y permanente promovida por el Estado. Articulo 5º.- Constitucion del SIAT MYPE El SIAT MYPE esta constituido por nucleos de apoyo al desarrollo empresarial en las areas de gestion, produccion, tecnologia, capacitacion y finanzas, a traves de la asistencia tecnica directa y permanente promovida por el Estado. Articulo 6º.- Nucleos Los Nucleos del SIAT MYPE son los organos operativos de apoyo directo, que estan conformados por grupos de profesionales que permanentemente asisten tecnicamente a la micro y pequena empresa rural, teniendo como mision evaluar y mejorar la competitividad de estas y en las areas de gestion, produccion, tecnologia, capacitacion y finanzas. Los Nucleos podran coordinar los programas que el Poder Ejecutivo y las Organizaciones No Gubernamentales puedan establecer para apoyar a la MYPE en materia financiera, educativa, comercial, entre otras. Articulo 7º.- Tipos de Nucleos Los Nucleos son de dos clases: a) Nucleos primarios, tienen a su cargo la asistencia tecnica como MORDAZA de veinte (20) micro empresas o diez (10) pequenas empresas de una determinada MORDAZA productiva o de servicios. El reglamento de la Ley podra establecer parametros adecuandolos a las disposiciones del presente literal. Estos Nucleos estan conformados por: a.1 Un profesional encargado de la asistencia en gestion empresarial, que ademas estara a cargo de la jefatura del Nucleo. a.2 Un Profesional o Tecnico encargado de la asistencia en gestion tecnico-productiva. a.3 Un Profesional encargado de la asistencia contable, tributaria y financiera. Los nucleos primarios, administran adicionalmente una cartera de profesionales de servicio de apoyo a la MYPE Descentralizada, los cuales se encuentran referidos en el articulo 19º. El Jefe de cada Nucleo Primario asignara a dichos trabajadores de acuerdo a su especialidad, coordinara las politicas a seguir, los supervisara y evaluara. b) Nucleos secundarios, tienen a su cargo la asistencia y supervision de diez (10) nucleos primarios como MORDAZA, a traves del contacto directo y permanente con los profesionales de los grupos basicos. Los nucleos secundarios estan conformados por: b.1 Un profesional encargado de supervisar a los asistentes en gestion empresarial. b.2 Un profesional encargado de supervisar a los asistentes en gestion tecnico-productiva. b.3 Un profesional encargado de supervisar a los asistentes en finanzas. b.4 Un profesional encargado de la asistencia en marketing empresarial. b.5 Un profesional encargado de la asistencia en informatica. b.6 Un profesional encargado de la asistencia legal y contractual. Los nucleos secundarios, administran una cartera de profesionales por locacion de servicios, que prestan eventualmente servicios de asistencia tecnica en las siguientes materias para absolver consultas especificas: reparaciones y mantenimiento, transporte y embalaje, diseno o modeleria, control de calidad, medio ambiente, informatica u otros especialistas de acuerdo a la actividad que asiste el nucleo. Articulo 8º.- Financiamiento El SIAT MYPE se financiara a traves de donaciones y creditos no reembolsables de Organismos Internacionales y paises cooperantes, asi como los recursos que el Tesoro Publico destine para tal fin. El Ministerio de Relaciones Exteriores y el SIAT MYPE se encuentran autorizados a gestionar ante las agencias de cooperacion internacional, organismos internacionales y gobiernos cooperantes, donaciones o aportaciones no reembolsables, con la finalidad de constituir e incrementar el fondo del SIAT MYPE para financiar sus actividades.

Articulo 9º.- Mecanismo de la asistencia El SIAT MYPE seguira los siguientes procedimientos: · · · Convocara a concurso publico, segun las disposiciones legales vigentes, para la contratacion de profesionales conforme sus recursos lo permitan. Identificara las empresas beneficiarias y conformara los nucleos segun sea el caso. Suscribira un convenio con las MYPES Descentralizadas, en el cual se comprometen las mismas al pago proporcional y progresivo de las remuneraciones de los profesionales integrantes de los nucleos de asistencia, de acuerdo con la siguiente tabla: PERIODO 1er. Trimestre 2do. Trimestre 3er. Trimestre 4to. Trimestre 5to. Trimestre 6to. Trimestre 7mo. Trimestre 8vo. Trimestre APORTE MYPE 0% 25% 50% 75% 100% 100% 100% 100%

El compromiso que suscriba la MYPE Descentralizada no sera menor a dos (2) anos y al final del mismo podra continuar el programa. En caso de que los aportes efectuados por las MYPE, no logren cubrir los costos que irrogue la contratacion de los profesionales encargados de brindar el soporte tecnico sea en los nucleos primarios o secundarios, la diferencia sera cubierta con los fondos del SIAT por el lapso que dure el convenio de asistencia suscrito. Articulo 10º.- Organizacion El Consejo Directivo del SIAT MYPE es un organo consultivo del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo en materia de promocion de la MYPE, cuyo Consejo Directivo esta integrado por su Director Ejecutivo ademas de los integrantes del Consejo Nacional para el Desarrollo de la Micro y Pequena Empresa (CODEMYPE), a quienes hace referencia el articulo 7º de la Ley Nº 28015, Ley de Promocion y Formalizacion de la Micro y Pequena Empresa. Articulo 11º.- Funciones del Director Ejecutivo La Direccion Ejecutiva esta a cargo del Viceministro de Promocion del Empleo y la Micro y Pequena Empresa o su representante, en cuyo caso debera ser ratificado por el Consejo Directivo, quien administrara el SAS RURAL, de acuerdo con los lineamientos que senala el Consejo Directivo. Son funciones del Director Ejecutivo: a) Conducir la marcha administrativa, economica y financiera del SIAT MYPE, de conformidad con las pautas establecidas por el Consejo Directivo. b) Cumplir y hacer cumplir los acuerdos adoptados por el Consejo Directivo. c) Definir y aprobar, en lo que corresponda, planes y directivas referentes a la administracion, operacion y gestion del SIAT MYPE. d) Disponer la contratacion y adquisicion de bienes y servicios, de conformidad con los lineamientos de adquisiciones aprobados por el Consejo Directivo. e) Prestar al SIAT MYPE el apoyo que requiera para el normal desarrollo de sus actividades, realizando para el efecto las coordinaciones necesarias con las entidades del sector publico y privado cuyos representantes integran el Consejo Directivo. f) Representar legal y administrativamente al SIAT MYPE. g) Suscribir los Convenios con las MYPES Descentralizadas. h) Las demas que le asigne el reglamento de la presente Ley y el Consejo Directivo. TITULO III EL PROGRAMA DE ASISTENCIA FINANCIERA PARA LA MYPE DESCENTRALIZADA CAPITULO I El Fondo MYPE Descentralizado Articulo 12º.- Fondo MYPE Descentralizado Crease el Fideicomiso denominado Fondo MYPE Descentralizado (FONMYPE Descentralizado) para promover el acceso al credito a tasas competitivas, de la micro y pequena empresa descentralizada. El Fondo MYPE Descentralizado sera administrado fiduciariamente por la Corporacion Financiera de Desarrollo

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