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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G39/G35/G38/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 2 de junio de 2004 /G45/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G65/G6E/G20/G70/G72/G65/G63/G69/G73/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G61/G20/G6C/G61/G73/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G74/G69/G76/G61/G73 /G4E/GBA/G73/G2E/G20/G30/G30/G34/G20/G79/G20/G30/G30/G35/G2D/G32/G30/G30/G34/G2D/G45/G46/G2F/G37/G36/G2E/G30/G31/G2C/G20/G72/G65/G6C/G61/G74/G69/G76/G61/G73/G61/G20/G65/G6E/G74/G69/G64/G61/G64/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G74/G72/G61/G74/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G65/G6D/G70/G72/G65/G73/G61/G72/G69/G61/G6C/G2C/G65/G6D/G70/G72/G65/G73/G61/G73/G20/G6D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G65/G73/G20/G79/G20/G6F/G72/G67/G61/G6E/G69/G73/G6D/G6F/G73/G20/G70/GFA/G2D /G62/G6C/G69/G63/G6F/G73/G20/G64/G65/G73/G63/G65/G6E/G74/G72/G61/G6C/G69/G7A/G61/G64/G6F/G73/G20/G6D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G65/G73 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 022-2004-EF/76.01 Lima, 25 de mayo de 2004 CONSIDERANDO:Que, durante los meses de abril y mayo se realizaron reuniones de coordinación y capacitación a favor de lasEntidades de Tratamiento Empresarial, en diferentes pun-tos del país, con el propósito de conocer el nivel de enten-dimiento de las directivas que emite la Dirección Nacionaldel Presupuesto Público; Que, producto de dichas reuniones se recibieron diver- sas consultas y solicitudes con el objeto de precisar deter-minados aspectos de las Directivas Nºs. 004-2004-EF/76.01-Directiva para el Proceso Presupuestario de las En-tidades de Tratamiento Empresarial para el Año Fiscal 2004y Nº 005-2004-EF/76.01- Directiva de Medidas de Austeri-dad, Racionalidad y Disciplina Presupuestaria en el Gastode las Empresas Municipales y Organismos Públicos Des-centralizados Municipales para el Año Fiscal 2004, apro-badas mediante las Resoluciones Directorales Nº 047-2003-EF/76.01 y Nº 049-2003-EF/76.01, respectivamente;así como establecer determinados procedimientos asocia-dos a la gestión del presupuesto para el año fiscal 2004; En uso de las atribuciones conferidas en el artículo 13º de la Ley Nº 28112 - Ley Marco de la Administración Financieradel Sector Público, los artículos 4º y 5º de la Ley Nº 27209 - Leyde Gestión Presupuestaria del Estado, el artículo 17º del De-creto Legislativo Nº 183 - Ley Orgánica del Ministerio de Eco-nomía y Finanzas, la Resolución Viceministerial Nº 148-99-EF/13.03 - Reglamento de Organización y Funciones del Ministe-rio de Economía y Finanzas y sus normas modificatorias; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Objeto La presente Resolución Directoral tiene por objeto es- tablecer precisiones a las Directivas Nºs. 004-2004-EF/76.01-Directiva para el Proceso Presupuestario de las En-tidades de Tratamiento Empresarial para el Año Fiscal 2004y Nº 005-2004-EF/76.01-Directiva de Medidas de Austeri-dad, Racionalidad y Disciplina Presupuestaria en el Gastode las Empresas Municipales y Organismos Públicos Des-centralizados Municipales para el Año Fiscal 2004, en losaspectos que a continuación se detallan: 1.1 Modificaciones Presupuestariasa) Precísase que las modificaciones presupuestarias que aprueban las Entidades de Tratamiento Empresarialen el marco de lo dispuesto en la Sección II ModificacionesPresupuestarias de la Directiva Nº 004-2004-EF/76.01, sesujetan a la siguiente periodicidad: Primer Trimestre : entre el 1 de enero y el 31 de marzo. Segundo Trimestre : entre el 1 de abril y el 30 de ju- nio. Tercer Trimestre : entre el 1 de julio y el 30 de sep- tiembre. Cuarto Trimestre : entre el 1 de octubre y el perío- do de regularización presupues-taria. b) Las entidades podrán efectuar modificaciones pre- supuestarias, tanto en el nivel funcional programático comoinstitucional, para desarrollar nuevas funciones o atendersituaciones de emergencia, entre otros aspectos, en laoportunidad en que efectuada una proyección anual delgasto, se observe la necesidad de: - Dotar de una mayor asignación presupuestaria a una meta existente o nueva meta, con cargo a los recursos deotras metas cumplidas o suprimidas que muestren econo- mías al cierre; o, - Incorporar en su presupuesto mayores ingresos a los apro- bados en su respectivo presupuesto, para financiar una metaexistente o nueva meta, que le permitan a la Entidad un mejorcumplimiento de los objetivos previstos para el año fiscal Las acciones que se efectúen en el marco de lo dispues- to en el presente numeral, se sujetan a las pautas y linea-mientos establecidos para las modificaciones presupues-tarias por el artículo 8º de la Ley Nº 28128-Ley de Presu-puesto para el Sector Público para el Año Fiscal 2004, elartículo 25º de la Directiva Nº 004-2004-EF/76.01-Directi-va para el Proceso Presupuestario de las Entidades de Tra-tamiento Empresarial para el Año Fiscal 2004, así comonormas afines que sobre modificaciones presupuestariasestablece la Dirección Nacional del Presupuesto Público. 1.2 Gastos en Personal Precísase que el cargo del funcionario a que hace refe- rencia el artículo 11º de la Directiva Nº 004-2004-EF/76.01,corresponde al cargo del Gerente General o quien hagasus veces en la entidad. 1.3 Pago de Dietas El pago de Dietas, a que hace referencia el artículo 10º de la Directiva Nº 004-2004-EF/76.01 y demás normas afines, sólopodrá hacerse efectivo en uno (01) de los directorios de entida-des o empresas públicas, en concordancia con el artículo 3ºde la Ley Nº 28175 -Ley Marco del Empleo Público. 1.4 Contratos de menor cuantía Precísase que en lo señalado por el artículo 8º de la Directiva Nº 005-2004-EF/76.01, opcionalmente, podrá in-cluirse información relativa a las adjudicaciones de menorcuantía, en concordancia con lo establecido por el artículo6º del Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM-Reglamento dela Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y sumodificatoria Decreto Supremo Nº 079-2001-PCM. 1.5 Modificaciones de los Cuadros de Asignación de Personal a) Las modificaciones a los Cuadros de Asignación de Personal requieren adecuarse necesariamente a los linea-mientos que para tal efecto establezca la Secretaria deGestión Pública de la Presidencia del Consejo de Minis-tros, según lo establecen los artículos 16º numeral 1 incisoa) y el 20º numeral 20.3 de la Ley Nº 28128. b) Las modificaciones a los Cuadros de Asignación de Personal no implican en ningún caso modificaciones a lasescalas remunerativas aprobadas a las entidades. Artículo 2º.- Modificación de la Finalidad, Unidad de medida y Cantidad de las metas presupuestarias Las modificaciones a la Finalidad, Unidad de medida y Cantidad de las metas presupuestarias aprobadas en el Pre-supuesto Institucional de Apertura del Año Fiscal 2004, sonaprobados por Resolución del Titular de la Entidad, previo in-forme favorable de la Oficina de Presupuesto o la que hagasus veces en la entidad. El plazo máximo para efectuar lascitadas modificaciones no excederá de treinta (30) días des-de la entrada en vigencia de la presente Resolución. Artículo 3º.- Utilización de Saldo de Balance La incorporación presupuestal de recursos provenientes del Saldo de Balance, no podrá ser orientada a la atención de retribu-ciones y complementos del personal que labora en la Entidad. Enel caso del Saldo de Balance procedente de operaciones deEndeudamiento y de Donaciones, su utilización se sujeta a lo queestablecen los correspondientes contratos y convenios así comoa lo que acuerdan las entidades intervinientes al respecto. Regístrese, comuníquese y publíquese. NELSON SHACK YALTA Director GeneralDirección Nacional del Presupuesto Público 10431