Norma Legal Oficial del día 02 de junio del año 2004 (02/06/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 2 de junio de 2004

Establecen precisiones a las Directivas Nºs. 004 y 005-2004-EF/76.01, relativas a entidades de tratamiento empresarial, empresas municipales y organismos publicos descentralizados municipales
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 022-2004-EF/76.01 MORDAZA, 25 de MORDAZA de 2004 CONSIDERANDO: Que, durante los meses de MORDAZA y MORDAZA se realizaron reuniones de coordinacion y capacitacion a favor de las Entidades de Tratamiento Empresarial, en diferentes puntos del MORDAZA, con el proposito de conocer el nivel de entendimiento de las directivas que emite la Direccion Nacional del Presupuesto Publico; Que, producto de dichas reuniones se recibieron diversas consultas y solicitudes con el objeto de precisar determinados aspectos de las Directivas Nºs. 004-2004-EF/ 76.01-Directiva para el MORDAZA Presupuestario de las Entidades de Tratamiento Empresarial para el Ano Fiscal 2004 y Nº 005-2004-EF/76.01- Directiva de Medidas de Austeridad, Racionalidad y Disciplina Presupuestaria en el Gasto de las Empresas Municipales y Organismos Publicos Descentralizados Municipales para el Ano Fiscal 2004, aprobadas mediante las Resoluciones Directorales Nº 0472003-EF/76.01 y Nº 049-2003-EF/76.01, respectivamente; asi como establecer determinados procedimientos asociados a la gestion del presupuesto para el ano fiscal 2004; En uso de las atribuciones conferidas en el articulo 13º de la Ley Nº 28112 - Ley MORDAZA de la Administracion Financiera del Sector Publico, los articulos 4º y 5º de la Ley Nº 27209 - Ley de Gestion Presupuestaria del Estado, el articulo 17º del Decreto Legislativo Nº 183 - Ley Organica del Ministerio de Economia y Finanzas, la Resolucion Viceministerial Nº 148-99-EF/ 13.03 - Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Economia y Finanzas y sus normas modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Objeto La presente Resolucion Directoral tiene por objeto establecer precisiones a las Directivas Nºs. 004-2004-EF/ 76.01-Directiva para el MORDAZA Presupuestario de las Entidades de Tratamiento Empresarial para el Ano Fiscal 2004 y Nº 005-2004-EF/76.01-Directiva de Medidas de Austeridad, Racionalidad y Disciplina Presupuestaria en el Gasto de las Empresas Municipales y Organismos Publicos Descentralizados Municipales para el Ano Fiscal 2004, en los aspectos que a continuacion se detallan: 1.1 Modificaciones Presupuestarias a) Precisase que las modificaciones presupuestarias que aprueban las Entidades de Tratamiento Empresarial en el MORDAZA de lo dispuesto en la Seccion II Modificaciones Presupuestarias de la Directiva Nº 004-2004-EF/76.01, se sujetan a la siguiente periodicidad: Primer Trimestre : entre el 1 de enero y el 31 de marzo. MORDAZA Trimestre : entre el 1 de MORDAZA y el 30 de junio. Tercer Trimestre : entre el 1 de MORDAZA y el 30 de septiembre. MORDAZA Trimestre : entre el 1 de octubre y el periodo de regularizacion presupuestaria.

otras metas cumplidas o suprimidas que muestren economias al cierre; o, - Incorporar en su presupuesto mayores ingresos a los aprobados en su respectivo presupuesto, para financiar una meta existente o nueva meta, que le permitan a la Entidad un mejor cumplimiento de los objetivos previstos para el ano fiscal Las acciones que se efectuen en el MORDAZA de lo dispuesto en el presente numeral, se sujetan a las pautas y lineamientos establecidos para las modificaciones presupuestarias por el articulo 8º de la Ley Nº 28128-Ley de Presupuesto para el Sector Publico para el Ano Fiscal 2004, el articulo 25º de la Directiva Nº 004-2004-EF/76.01-Directiva para el MORDAZA Presupuestario de las Entidades de Tratamiento Empresarial para el Ano Fiscal 2004, asi como normas afines que sobre modificaciones presupuestarias establece la Direccion Nacional del Presupuesto Publico. 1.2 Gastos en Personal Precisase que el cargo del funcionario a que hace referencia el articulo 11º de la Directiva Nº 004-2004-EF/76.01, corresponde al cargo del Gerente General o quien haga sus veces en la entidad. 1.3 Pago de Dietas El pago de Dietas, a que hace referencia el articulo 10º de la Directiva Nº 004-2004-EF/76.01 y demas normas afines, solo podra hacerse efectivo en uno (01) de los directorios de entidades o empresas publicas, en concordancia con el articulo 3º de la Ley Nº 28175 -Ley MORDAZA del Empleo Publico. 1.4 Contratos de menor cuantia Precisase que en lo senalado por el articulo 8º de la Directiva Nº 005-2004-EF/76.01, opcionalmente, podra incluirse informacion relativa a las adjudicaciones de menor cuantia, en concordancia con lo establecido por el articulo 6º del Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM-Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su modificatoria Decreto Supremo Nº 079-2001-PCM. 1.5 Modificaciones de los MORDAZA de Asignacion de Personal a) Las modificaciones a los MORDAZA de Asignacion de Personal requieren adecuarse necesariamente a los lineamientos que para tal efecto establezca la Secretaria de Gestion Publica de la Presidencia del Consejo de Ministros, segun lo establecen los articulos 16º numeral 1 inciso a) y el 20º numeral 20.3 de la Ley Nº 28128. b) Las modificaciones a los MORDAZA de Asignacion de Personal no implican en ningun caso modificaciones a las escalas remunerativas aprobadas a las entidades. Articulo 2º.- Modificacion de la Finalidad, Unidad de medida y Cantidad de las metas presupuestarias Las modificaciones a la Finalidad, Unidad de medida y Cantidad de las metas presupuestarias aprobadas en el Presupuesto Institucional de Apertura del Ano Fiscal 2004, son aprobados por Resolucion del Titular de la Entidad, previo informe favorable de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad. El plazo MORDAZA para efectuar las citadas modificaciones no excedera de treinta (30) dias desde la entrada en vigencia de la presente Resolucion. Articulo 3º.- Utilizacion de Saldo de Balance La incorporacion presupuestal de recursos provenientes del Saldo de Balance, no podra ser orientada a la atencion de retribuciones y complementos del personal que labora en la Entidad. En el caso del Saldo de Balance procedente de operaciones de Endeudamiento y de Donaciones, su utilizacion se sujeta a lo que establecen los correspondientes contratos y convenios asi como a lo que acuerdan las entidades intervinientes al respecto. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA SHACK YALTA Director General Direccion Nacional del Presupuesto Publico 10431

b) Las entidades podran efectuar modificaciones presupuestarias, tanto en el nivel funcional programatico como institucional, para desarrollar nuevas funciones o atender situaciones de emergencia, entre otros aspectos, en la oportunidad en que efectuada una proyeccion anual del gasto, se observe la necesidad de: - Dotar de una mayor asignacion presupuestaria a una meta existente o nueva meta, con cargo a los recursos de

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