Norma Legal Oficial del día 02 de junio del año 2004 (02/06/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 2 de junio de 2004

nes como Testigo Actuario, y con el sello que viene usando en el ejercicio del cargo; que siendo asi, la irregularidad cometida por el nombrado investigado al haber dado fe de un acto que no tenia asidero real y que no tenia correspondencia con la fecha, hora y lugar de los acuerdos consignados en forma primigenea en dicho documento constituye grave atentando contra la respetabilidad del Poder Judicial, comprometiendo la dignidad del cargo, resultando de aplicacion la medida disciplinaria de Destitucion prevista en el articulo doscientos once del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial; sin perjuicio de remitir copias de este procedimiento administrativo al MORDAZA Juzgado Penal de MORDAZA, Modulo Penal dos, en el que esta siendo procesado el servidor quejado, para que proceda conforme a sus atribuciones legales; por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de las atribuciones conferidas por el inciso treinta y uno del articulo ochenta y dos, concordado con los articulos ciento seis y doscientos dos de la referida Ley Organica, en sesion ordinaria de la fecha, de conformidad con el Informe del senor Consejero MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por unanimidad; RESUELVE: Primero.- Imponer la medida disciplinaria de Destitucion a don MORDAZA Abramonte MORDAZA, por su actuacion como Testigo Actuario del Juzgado de Paz de Unica Nominacion del sector MORDAZA Razuri de Tambogrande, comprension del Distrito Judicial de Piura; Segundo.- Remitir copias de los presentes actuados al MORDAZA Juzgado Penal de MORDAZA, Modulo Penal dos, para que proceda conforme a sus atribuciones legales; Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA AMEZ MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA NUNEZ

guel MORDAZA MORDAZA MORDAZA, no ha sido realizada por el, y que la firma y sellos que aparecen en el citado documento, son falsos; Que, los hechos MORDAZA expuestos constituyen presuntos ilicitos penales los cuales deben ser debidamente investigados por las autoridades correspondientes a fin de determinar las responsabilidades del caso, en consecuencia resulta necesario autorizar a la Procuradora Publica del Poder Judicial, a fin de que inicie las acciones legales pertinentes ante las autoridades respectivas; Que en uso de las facultades conferidas por el Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial D.S. Nº 017-93-JUS; y Articulo 12º del Decreto Ley Nº 17537 sobre Representacion y Defensa del Estado en Juicio modificado por Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar a la Procuradora Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Poder Judicial para que inicie las acciones legales pertinentes contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA Puican, por los hechos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Remitir MORDAZA de esta Resolucion, asi como los antecedentes del caso a la mencionada Procuradora Publica, para los fines correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA SIVINA MORDAZA Presidente 10406

Autorizan a procurador iniciar acciones legales contra persona juridica por presunta comision de ilicitos penales en MORDAZA de seleccion
RESOLUCION ADMINISTRATIVA DE LA PRESIDENCIA DEL PODER JUDICIAL Nº 072-2004-P-PJ MORDAZA, 26 de MORDAZA del 2004

10425 VISTO:

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
Autorizan a procurador iniciar acciones legales contra persona natural por presunta comision de ilicitos penales
RESOLUCION ADMINISTRATIVA DE LA PRESIDENCIA DEL PODER JUDICIAL Nº 071-2004-P-PJ MORDAZA, 26 de MORDAZA del 2004 VISTO: El Memorandum Nº 233-2004-RNC-GSJR-GG/PJ, del Jefe del Registro Nacional de Condenas; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Memorandum Nº 233-2004-RNC-GSJRGG/PJ, de fecha 5 de MORDAZA del 2004, el Jefe del Registro Nacional de Condenas, comunica que el dia 22 de MORDAZA del 2004, se acerco a la ventanilla del Registro Nacional de Condenas, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Puican, portando una Carta Poder legalizada por el senor Notario Dr. MORDAZA E. MORDAZA MORDAZA, con la cual pretendia realizar el tramite para obtener el Certificado de Antecedentes Penales a nombre del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Castillo; Que, mediante Carta de fecha 28 de MORDAZA del 2004, el senor Notario Dr. MORDAZA E. MORDAZA MORDAZA, comunica al Jefe del Registro Nacional de Condenas que, la legalizacion de la Carta Poder, supuestamente otorgado por Mi-

El Informe Nº 303-2004-OAL-GG/PJ, de la Jefatura de la Oficina de Asesoria Legal de la Gerencia General del Poder Judicial; y, CONSIDERANDO: Que, a traves de la Resolucion Administrativa Nº 688-2003GG-PJ, modificada por las Resoluciones Administrativas Nºs. 852-2003-GG-PJ y Nº 191-2004-GG-PJ, la Gerencia General del Poder Judicial designo al Comite Especial encargado de conducir el MORDAZA de seleccion de Licitacion Publica Internacional Nº 002-2003-GG-PJ, para la "Adquisicion de Equipos de Computo para el Poder Judicial"; Que, el MORDAZA de seleccion referido precedentemente fue convocado por relacion de items, habiendose otorgado parcialmente la buena pro en su primera convocatoria; razon por la cual se procedio a realizar la MORDAZA convocatoria, respecto a los Items Nºs. 4, 8, 9, 10, 11, 13 y 14; Que, mediante el Informe del Visto, el Jefe de la Oficina de Asesoria Legal de la Gerencia General del Poder Judicial comunica que por acciones de fiscalizacion posterior, se verifico informacion inexacta en la Propuesta Tecnica presentada por parte de la empresa Data Business S.R.L., respecto al Item Nº 8 del MORDAZA de seleccion submateria, actuacion que invalido el acto de otorgamiento de la Buena Pro, por lo que a traves de la Resolucion Administrativa Nº 341-2004-GG-PJ, de fecha 27 de MORDAZA del 2004, se declaro la nulidad del otorgamiento de la buena pro, retrotrayendo el MORDAZA a la etapa de evaluacion de propuestas tecnicas y economicas de los postores aptos; Que, en este sentido, los hechos expuestos en el Informe del Visto como en la Resolucion Administrativa Nº 341-

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