Norma Legal Oficial del día 02 de junio del año 2004 (02/06/2004)


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RESOLUCION SUPREMA Nº 178-2004-RE MORDAZA, 25 de MORDAZA de 2004

NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 2 de junio de 2004

Vista la Resolucion Suprema Nº 0381-1978-RE, del 19 de MORDAZA de 1978, que nombra al senor Mikio Yamamoto, como Consul Honorario del Peru en la MORDAZA de Kagoshima; Visto el Facsimil Nº 098, del 2 de MORDAZA de 2004, mediante el cual se remite la carta de renuncia del senor Mikio Yamamoto al cargo de Consul Honorario del Peru en la MORDAZA de Kagoshima, Japon, debido a motivos personales que impiden cumplir con sus funciones a nombre del Estado Peruano; Con la opinion favorable de la Subsecretaria de Comunidades Peruanas en el Exterior, en el sentido que hay que proceder a dar por terminadas las funciones del senor Mikio Yamamoto, como Consul Honorario del Peru en la MORDAZA de Kagoshima, Japon; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 118º, inciso 11), de la Constitucion Politica del Peru; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: 1. Dar por terminadas las funciones del senor Mikio Yamamoto, como Consul Honorario del Peru en la MORDAZA de Kagoshima, Japon. 2. Cancelar las Letras Patentes correspondientes. 3. Darle las MORDAZA por los servicios prestados. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Relaciones Exteriores 10398

persona que lo reemplace, suscriba el contrato de garantia MORDAZA citado en su representacion, a nombre de la Republica del Peru, el 2 de junio de 2004 en la MORDAZA de MORDAZA D.C., Estados Unidos de America; Teniendo en cuenta lo dispuesto en la Hoja de Tramite (GAC) Nº 4367, del Gabinete de Coordinacion del senor Viceministro y Secretario General de Relaciones Exteriores, de 24 de MORDAZA de 2004; y la Hoja de Tramite (GPX) Nº 2418, del Gabinete de Coordinacion del Secretario de Politica Exterior, de 25 de MORDAZA de 2004; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo y el articulo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Organica del Ministerio de Relaciones Exteriores; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar al Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Peru en los Estados Unidos de MORDAZA, doctor MORDAZA Ferrero Costa, para que en nombre y representacion de la Republica del Peru suscriba el Contrato de Garantia del Gobierno nacional a la operacion de endeudamiento a ser acordada entre la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA y el Banco Internacional de Reconstruccion y Fomento - BIRF, hasta por la suma de US$ 45'000,000.00 (Cuarenta y cinco millones y 00/100 Dolares Americanos), destinada a financiar parcialmente el "Programa de Transporte MORDAZA de MORDAZA Metropolitana - Subsistema Norte Sur". Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA FERRERO Presidente del Consejo de Ministros Encargado de la Cartera de Relaciones Exteriores 10466

Designan a Embajador para que suscriba contrato de garantia del gobierno a operacion de endeudamiento destinado a financiar el "Programa de Transporte MORDAZA de MORDAZA Metropolitana Subsistema Norte Sur"
RESOLUCION SUPREMA Nº 180-2004-RE MORDAZA, 1 de junio de 2004 CONSIDERANDO: Que el Ministerio de Economia y Finanzas ha negociado un contrato de garantia con el Banco Internacional de Reconstruccion y Fomento - BIRF para garantizar la operacion de endeudamiento externo que esta entidad otorgaria a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, hasta por el monto de US$ 45'000,000.00 (Cuarenta y cinco millones y 00/100 Dolares Americanos), para financiar parcialmente el proyecto "Programa de Transporte MORDAZA de MORDAZA Metropolitana-Subsistema Norte Sur"; Que el articulo 2º del Decreto Supremo Nº 194-2003EF aprueba el otorgamiento de la garantia del Gobierno nacional a la operacion de endeudamiento a ser acordada entre la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA y el Banco Internacional de Reconstruccion y Fomento - BIRF, hasta por la suma de US$ 45'000,000.00 (Cuarenta y cinco millones y 00/100 Dolares Americanos), destinada a financiar parcialmente el "Programa de Transporte MORDAZA de MORDAZA Metropolitana-Subsistema Norte Sur"; Que el articulo 5º del citado Decreto Supremo autoriza al Ministro de Economia y Finanzas o a quien el designe, a suscribir en representacion de la Republica del Peru, el contrato de garantia MORDAZA referido; Que mediante Oficio Nº 354-2004-EF/10 el Ministro de Economia y Finanzas solicita que el Embajador del Peru en los Estados Unidos de MORDAZA, o en su ausencia la

Delegan facultades para suscribir documentos pertinentes para la actualizacion del "Registration Statement"
RESOLUCION SUPREMA Nº 181-2004-RE MORDAZA, 1 de junio de 2004 Vista la Resolucion Suprema Nº 285-2003-RE, de 12 de noviembre de 2003, mediante la cual se delego en la persona del Embajador en el Servicio Diplomatico de la Republica, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Consul General del Peru en Nueva MORDAZA, Estados Unidos de MORDAZA, las facultades suficientes para suscribir en representacion del Gobierno del Peru, el documento denominado "Registration Statement"; CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Economia y Finanzas viene realizando gestiones con el objeto de actualizar la Declaracion de Registro del Programa de Emision de Bonos en la Securities and Exchange Commission (SEC), que se efectuo en noviembre de 2003; Que, uno de los requisitos exigidos por la Securities and Exchange Commission (SEC), para que se actualice dicho registro, es que la Republica del Peru designe nuevamente a un representante ante el citado organismo, en los Estados Unidos de MORDAZA, para que firme el documento denominado "Registration Statement", a traves del cual se actualizara el MORDAZA de registro de los Bonos Globales; Que, en consecuencia, es necesario delegar en la persona del Embajador en el Servicio Diplomatico de la Republica, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Consul General del Peru en Nueva MORDAZA, Estados Unidos de MORDAZA, las facultades suficientes para suscribir en representacion del Gobierno del Peru, los documentos pertinentes para la actualizacion del "Registration Statement";

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