Norma Legal Oficial del día 02 de junio del año 2004 (02/06/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 2 de junio de 2004

De conformidad con el T.U.O de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM y a lo establecido en el literal l) del Articulo 8º de la Ley Nº 27657 - Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Exonerar del MORDAZA de seleccion de Adjudicacion Directa Publica la contratacion de los servicios personalisimos del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como codirector nacional del Proyecto "Apoyo a la Modernizacion del Sector y su aplicacion en una Region del Peru" a ejecutar con la Comision Europea, por locacion de servicios por un periodo de nueve meses, por un valor referencial total de S/. 94 500,00 (Noventa y cuatro mil quinientos con 00/100 Nuevos Soles). Articulo 2º.- Disponer la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los 10 dias habiles de su emision, asi como la remision a la Contraloria General de la Republica de MORDAZA de la misma y de los documentos de vistos que la sustentan, dentro de los 10 dias calendario siguientes a la fecha de aprobacion. Articulo 3º.- Disponer que la Direccion de Administracion del Programa de Administracion de Acuerdos de Gestion se encargue de realizar la contratacion exonerada por la presente resolucion con cargo a la fuente de financiamiento de recursos ordinarios del Programa de Administracion de Acuerdos de Gestion, conforme a lo dispuesto en el articulo 105º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MAZZETTI SOLER Ministra de Salud 10352

a los profesionales de enfermeria, de conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27669 y los Decretos Supremos Nº 004-2002-SA y 006-2004-SA. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MAZZETTI SOLER Ministra de Salud 10353

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Autorizan viaje de Inspector de la Direccion General de Aeronautica Civil a EE.UU., en comision de servicio
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 413-2004-MTC/02 MORDAZA, 31 de MORDAZA de 2004 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619 que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, en concordancia con sus normas reglamentarias aprobadas por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establece que para el caso de los servidores y funcionarios publicos de los Ministerios, entre otras entidades, la autorizacion de viaje se otorgara por Resolucion Ministerial del respectivo Sector, la que debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano con anterioridad al viaje, con excepcion de las autorizaciones de viajes que no irroguen gastos al Estado; Que, el inciso k) del articulo 15º de la Ley Nº 28128, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2004, dispone restringir al minimo indispensable los viajes al exterior del MORDAZA en comision de servicios, estableciendo que, para el caso del Poder Ejecutivo, estos seran aprobados por resolucion suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro del sector correspondiente, con excepcion de los sectores de Relaciones Exteriores, Comercio Exterior y Turismo, asi como de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en cuyo caso se aprobaran por resolucion del Titular del Pliego correspondiente; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil del Peru, establece que la Autoridad Aeronautica Civil es ejercida por la Direccion General de Aeronautica Civil como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, la Direccion General de Aeronautica Civil, a fin de cumplir con los estandares aeronauticos internacionales establecidos en el Convenio de Chicago sobre Aviacion Civil y poder mantener la calificacion de Categoria - I otorgada al Peru por la Organizacion de Aviacion Civil Internacional, debe mantener un programa anual de vigilancia sobre la seguridad operacional a traves de la ejecucion de inspecciones tecnicas a los explotadores aereos en el MORDAZA, basado en las disposiciones establecidas en el citado Convenio y en los estandares de la Organizacion de Aviacion Civil Internacional; Que, la empresa Aero Transporte S.A., con Carta ATSA OPER INST. 080-04, del 12 de MORDAZA del 2004, en el MORDAZA del Procedimiento Nº 5 de la seccion correspondiente a la Direccion General de Aeronautica Civil (Evaluacion de Personal), establecido en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC, solicita a la Direccion General de Aeronautica Civil, efectuar un chequeo tecnico en simulador de vuelo del equipo MORDAZA III PA-42, a su tripulante tecnico MORDAZA MORDAZA, en la MORDAZA de Lakeland, MORDAZA, Estados Unidos de MORDAZA, para el dia 4 de junio de 2004; Que, conforme se desprende de los Recibos de Acotacion Nº 9959 y 9960, la solicitante ha cumplido con el pago del derecho de tramitacion correspondiente al Procedimien-

Aprueban Directiva "Procedimiento para la Ubicacion en los Niveles Remunerativos de MORDAZA de los Profesionales de Enfermeria"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 568-2004/MINSA MORDAZA, 31 de MORDAZA de 2004 CONSIDERANDO: Que la Ley Nº 27669 - Ley del Trabajo de la Enfermera(o) y el articulo 1º del Decreto Supremo Nº 006-2004-SA, establecen que los profesionales de enfermeria que cuenten con titulo profesional, iniciaran su ubicacion en los niveles de MORDAZA, desde el nivel 10 hasta el nivel 14, en concordancia con el Decreto Legislativo Nº 276; Que el articulo 2º del Decreto Supremo Nº 006-2004SA, establece que los profesionales de enfermeria seran ubicados, por unica vez, en los niveles remunerativos de MORDAZA, teniendo en cuenta el tiempo de servicios acumulados al 23 de junio de 2002; Que con la finalidad de uniformizar criterios para una correcta aplicacion del MORDAZA de ubicacion en los niveles remunerativos de los profesionales de enfermeria, es necesario emitir disposiciones de observancia obligatoria por las Unidades Ejecutoras del Pliego y los Organismos Publicos Descentralizados del Ministerio de Salud; y, De conformidad con lo previsto en el Decreto Legislativo Nº 276 y el literal l) del articulo 8º de la Ley Nº 27657; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la Directiva Nº 037-MINSA/ OGGRH-V.01 "PROCEDIMIENTO PARA LA UBICACION EN LOS NIVELES REMUNERATIVOS DE MORDAZA DE LOS PROFESIONALES DE ENFERMERIA". Articulo 2º.- Las Direcciones Regionales de Salud, procederan a ubicar en los niveles remunerativos de MORDAZA,

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