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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G39/G35/G38/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 2 de junio de 2004 culado, previsto y penado en el artículo 387º del Código Penal; Que, conforme se desprende de los antecedentes que obran en el expediente, con fecha 21 de junio del 2001, sehizo entrega en calidad de préstamo, al entonces Directordel Establecimiento Penitenciario de Sentenciados Quenc-coro de Varones- Cusco, un esmeril de mano marca BLACKDECKER, serie Nº 0127779, 2000 voltios y un estucheAMPROBE modelo ACD-10-AURORANGING, bienes depropiedad de la empresa PRECONAR, y que han sidomateria de embargo por parte de la Institución, los mismosque a la fecha no han sido devueltos; Que, en ese sentido, y en estricta atención a lo solicitado por la Procuraduría Pública del Ministerio de Justicia, en suOficio Nº 420-2004-JUS/PPMJ, de fecha 18 de febrero del 2004,y en virtud a los hechos que se desprenden del memorando Nº062-2004-INPE/11, Oficio Nº 010-2004-INPE/21-02 y Oficio Nº594-2003-INPE/21-04, y con el objeto de reunir las pruebas dela presunta comisión del delito contra la Administración Públi-ca, corresponde recurrir a la vía judicial para establecer la dis-tinta participación que haya tenido el autor y otros en la ejecu-ción del mismo; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 47º de la Constitución Política del Perú, artículos 2º y 8º del Decreto LeyNº 25993, Ley Orgánica del Sector Justicia y el artículo 12º delDecreto Ley Nº 17537 de Representación y Defensa del Esta-do en Juicio, modificado por Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, paraque en representación y defensa de los intereses del Esta-do, interponga las acciones judiciales correspondientescontra los que resulten responsables conforme a los fun-damentos expuestos en la parte considerativa de la pre-sente Resolución. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución y antecedentes del caso al Procurador Público mencionado,para su conocimiento y fines correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.BALDO KRESALJA R. Ministro de Justicia 10356 RELACIONES EXTERIORES /G52/G61/G74/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G65/G6C/G20/G22/G43/G6F/G6E/G76/G65/G6E/G69/G6F/G20/G65/G6E/G74/G72/G65/G20/G65/G6C/G20/G47/G6F/G62/G69/G65/G72/G2D /G6E/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G52/G65/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G65/G72/GFA/G20/G79/G20/G65/G6C/G20/G47/G6F/G62/G69/G65/G72/G2D /G6E/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G52/G65/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G20/G46/G65/G64/G65/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G41/G6C/G65/G6D/G61/G2D /G6E/G69/G61/G20/G73/G6F/G62/G72/G65/G20/G43/G6F/G6F/G70/G65/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G46/G69/G6E/G61/G6E/G63/G69/G65/G72/G61/G20/G32/G30/G30/G31/G22 DECRETO SUPREMO Nº 033-2004-RE EL PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO:Que el "Convenio entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República Federal de Ale-mania sobre Cooperación Financiera 2001" , fue suscrito en Berlín, República Federal de Alemania, el 15 de mayo de2002 y aprobado por el Congreso de la República, medianteResolución Legislativa Nº 28114, de 6 de noviembre de 2003; Que es conveniente a los intereses del Perú la ratifica- ción del citado instrumento internacional; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 118º, inciso 11) de la Constitución Política del Perú, y en el Artí-culo 2º de la Ley Nº 26647; DECRETA:Artículo 1º.- Ratifícase el "Convenio entre el Gobier- no de la República del Perú y el Gobierno de la Repú-blica Federal de Alemania sobre Cooperación Finan- ciera 2001" , suscrito en Berlín, República Federal de Ale- mania, el 15 de mayo de 2002 y aprobado por el Congresode la República, mediante Resolución Legislativa Nº 28114,de 6 de noviembre de 2003. Artículo 2º.- Dése cuenta al Congreso de la República. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinti- cinco días del mes de mayo del año dos mil cuatro. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República MANUEL RODRÍGUEZ CUADROS Ministro de Relaciones Exteriores 10390 /G52/G61/G74/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G6C/G61/G20/G22/G45/G6E/G6D/G69/G65/G6E/G64/G61/G20/G61/G20/G6C/G6F/G73/G20/G61/G72/G74/GED/G63/G75/G6C/G6F/G73 /G56/G49/G20/G79/G20/G58/G49/G56/G2E/G41/G20/G64/G65/G6C/G20/G45/G73/G74/G61/G74/G75/G74/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G4F/G72/G67/G61/G6E/G69/G73/G6D/G6F /G49/G6E/G74/G65/G72/G6E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G45/G6E/G65/G72/G67/GED/G61/G20/G41/G74/GF3/G6D/G69/G63/G61/G20/G2D /G4F/G49/G45/G41/G22 DECRETO SUPREMO Nº 034-2004-RE EL PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO:Que la "Enmienda a los artículos VI y XIV .A del Es- tatuto del Organismo Internacional de Energía Atómi-ca-OIEA", fue aprobada en la Conferencia General del Organismo Internacional de Energía Atómica, cuadragési-ma tercera reunión ordinaria, mediante las ResolucionesGC(43)/RES19 y GC(43)/RES/8, de 1 de octubre de 1999; Que es conveniente a los intereses del Perú la ratifica- ción del citado instrumento internacional; De conformidad con lo dispuesto en los artículos 57º y 118º inciso 11) de la Constitución Política del Perú, y el artí-culo 2º de la Ley Nº 26647, que facultan al Presidente de laRepública para celebrar y ratificar Tratados o adherir a éstossin el requisito de la aprobación previa del Congreso; DECRETA:Artículo 1º.- Ratifícase la "Enmienda a los artículos VI y XIV .A del Estatuto del Organismo Internacional deEnergía Atómica-OIEA", aprobada con las Resoluciones GC(43)/RES19 y GC(43)/RES/8, de 1 de octubre de 1999. Artículo 2º.- Dése cuenta al Congreso de la República. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinti- cinco días del mes de mayo del año dos mil cuatro. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República MANUEL RODRÍGUEZ CUADROS Ministro de Relaciones Exteriores 10391 /G52/G65/G6D/G69/G74/G65/G6E/G20/G61/G6C/G20/G43/G6F/G6E/G67/G72/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G52/G65/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G20/G6C/G61 /G64/G6F/G63/G75/G6D/G65/G6E/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G72/G65/G66/G65/G72/G65/G6E/G74/G65/G20/G61/G6C/G20/G22/G41/G63/G75/G65/G72/G64/G6F /G73/G6F/G62/G72/G65/G20/G6C/G6F/G73/G20/G50/G72/G69/G76/G69/G6C/G65/G67/G69/G6F/G73/G20/G65/G20/G49/G6E/G6D/G75/G6E/G69/G64/G61/G64/G65/G73/G20/G64/G65 /G6C/G61/G20/G43/G6F/G72/G74/G65/G20/G50/G65/G6E/G61/G6C/G20/G49/G6E/G74/G65/G72/G6E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G22 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 172-2004-RE Lima, 25 de mayo de 2004 Remítase al Congreso de la República la documenta- ción referente al "Acuerdo sobre los Privilegios e Inmu- nidades de la Corte Penal Internacional" , adoptado en