Norma Legal Oficial del día 02 de junio del año 2004 (02/06/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

MORDAZA, miercoles 2 de junio de 2004

NORMAS LEGALES

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PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL MORDAZA
Declaran en situacion de urgencia la adquisicion de llantas
ACUERDO MUNICIPAL Nº 045-04-MC MORDAZA, 12 de MORDAZA del 2004 EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL MORDAZA VISTO, por el Concejo Municipal en Sesion Ordinaria de la fecha, el Dictamen Nº 12-COPPEyF-04-MPC, bajo la Presidencia del Sr. MORDAZA Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA y con la asistencia de los senores Regidores; MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Ruffo MORDAZA GAONA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA CASAPINO MORDAZA, MORDAZA MORDAZA OLARTE, MORDAZA MORDAZA VILLENA, MORDAZA MORDAZA CAPARO MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA BOLUARTE MORDAZA, MORDAZA MORDAZA ALFARO; y, CONSIDERANDO: Que los senores Regidores integrantes de la Comision Ordinaria de Planificacion, Presupuesto, Economia y Finanzas en su reunion del dia 11 del presente mes y ano, visto el Informe Nº 121-2004-GM/MPC, Informe Nº 402-2004-GI-GM/MPC, Informe Nº 116-GTVT-GM/MPC-2004 e Informe Nº 0312-2004MC/OGAJ de la Gerencia Municipal, Gerencia de Infraestructura, Gerencia de MORDAZA, Vialidad y Transporte y Oficina General de Asesoria Juridica, respectivamente; referidos a la Declaracion de Urgencia para el Suministro de Llantas, proponen el Dictamen Nº 12-COPPEyF-04-MPC; Que mediante Resolucion de Alcaldia Nº 044-04-MC del 9 de febrero del 2004, se designo el Comite Especial Encargado de Conducir el MORDAZA de Adjudicacion Directa Selectiva Nº 002-2004-MPC-CE para la Adquisicion de Llantas, habiendose declarado Desierto el MORDAZA de Adjudicacion por las variaciones frecuentes en los costos de produccion de los derivados del petroleo, hecho que incide directamente en el precio de los mismos; Que del analisis de los hechos corresponderia la implementacion de una MORDAZA Convocatoria conforme a ley; sin embargo debe tenerse en consideracion la situacion de Urgencia concurrente, que impone la adopcion de medidas o decisiones que permitan realizar las adquisiciones, teniendo en consideracion que la dotacion de las mismas no puede ser aplazada por el tiempo que signifique la realizacion de la MORDAZA Convocatoria, considerando que la adquisicion de dicho bien esta ligado a la ejecucion de obras que resultan impostergables, por lo cual se hace necesario declarar la Exoneracion de la Adjudicacion Directa Selectiva de conformidad al Articulo 19º del D.S. Nº 012-PCM2001, la misma que debe cumplir con todas las formalidades del Articulo 20º del mismo dispositivo legal, teniendo como fundamento la situacion de Urgencia prevista en el Articulo 21º del D.S. Nº 012-2001-PCM, concordante con lo dispuesto en el Articulo 108º del D.S. Nº 013-2001-PCM, modificado por el Articulo 3º del D.S. Nº 079-2001-PCM; Que la situacion de urgencia se configura cuando la ausencia extraordinaria e imprevisible de determinado bien o servicio compromete en forma directa e inminente la continuidad de la ejecucion de obras en la entidad que tiene a su cargo, facultando excepcional y temporalmente a la adquisicion de bienes por el tiempo o cantidad que sea necesario e indispensable para superar esta situacion sin perjuicio de efectuar el MORDAZA de seleccion que corresponde; teniendo en cuenta ademas, que durante el ano

2003, no se adquirieron llantas para los diferentes vehiculos de la Municipalidad del MORDAZA, generando limitaciones en la prestacion de los servicios y la ejecucion de obras; Que contando con las opiniones tecnico legales para Declarar la Urgencia para el abastecimiento de Llantas hasta por las cantidades siguientes, que hacen un monto referencial de S/. 31,408.00 (Treinta y Un Mil Cuatrocientos Ocho con 00/100 Nuevos Soles); Que de conformidad a lo establecido por el Articulo 20º del D.S. Nº 012-2001-PCM, la exoneracion de Procesos de Seleccion en casos de los Gobiernos Municipales debe ser autorizada por el Consejo Municipal; Estando a lo dispuesto por los Articulos 20º Inc. 3), y 41º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; Por UNANIMIDAD; ACUERDA: Primero.- DECLARAR de Urgencia la Adquisicion de Llantas hasta por un monto referencial de S/. 31,408.00 (Treinta y Un Mil Cuatrocientos Ocho con 00/100 Nuevos Soles) en las cantidades siguientes: - Llantas de 12 x 20 : 36 Unidades. - Llantas de 650 o 700 x 15 : 2 Unidades delanteras. - Llantas de 650 o 700 x 15 : 2 Unidades posteriores. Segundo.- El Despacho de Alcaldia dictara las disposiciones correspondientes para que el Comite Especial responsable de conducir el MORDAZA de Adjudicacion Directa Selectiva Nº 0002-2004-MPC-CE, se encargue de llevar a cabo la Adjudicacion Directa de Menor Cuantia para la Adquisicion inmediata de llantas. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA del MORDAZA 10365

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MORDAZA
Declaran en situacion de urgencia la adquisicion de insumos para el Programa Vaso de Leche
ACUERDO MUNICIPAL Nº 064-2004-C/CPP San MORDAZA de MORDAZA, 28 de MORDAZA del 2004 Visto, el Informe Nº 021-2004-MPP/CAPVL, del Comite de Administracion del Programa Vaso de Leche, de fecha 20 de MORDAZA del 2004; CONSIDERANDO: Que, mediante el Informe Nº 015-2004-MPP/CAPVL, la Presidenta del Comite de Administracion del Programa Vaso de Leche, informa que solo hasta el 17 de MORDAZA del 2004, estan abastecidos con los insumos para el Programa Vaso de Leche; Que, mediante Acta Nº 15, de fecha 19 de MORDAZA del 2004, los Miembros del Comite de Administracion del Programa Vaso de Leche, al tomar conocimiento del desabastecimiento, acuerdan solicitar se declare en Urgencia al Programa Vaso de Leche, mientras se levantan las observaciones realizadas por CONSUCODE al MORDAZA de Licitacion Publica Nacional Nº 001-2004-CE/MPP, y asi se proceda a la compra de Urgencia de Insumos para cubrir un periodo de 90 dias; Que, el Art. 2º de la Ley Nº 24059 concordante con el Articulo 2.2. de la Ley Nº 27470, ha previsto que las Municipalidades son responsables de la ejecucion del Programa Vaso de Leche, teniendo responsabilidad de ejecutar la implementacion de dicho programa en sus fases de seleccion de beneficios, programacion, distribucion, supervision y evaluacion; asimis-

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