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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G39/G37/G36/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 5 de junio de 2004 2010, la cual ha evidenciado la necesidad de conservar los ecosistemas únicos y frágiles característicos de la re-ferida reserva de biosfera, a la par de convertir este esce-nario en un ejemplo de concertación entre el hombre y elmedio natural, de tal manera que responda tanto a los re-querimientos de conservación como a los de generacióndel desarrollo a favor de la población local; Que, asimismo la Estrategia de Conservación y Desa- rrollo Sostenible de la Reserva de Biosfera del Noroeste2001-2010, ha evidenciado la necesidad de gestionar lacategorización de la zona reservada de Tumbes propo-niendo el establecimiento en dicha área de la Reserva Na-cional de Tumbes y la ampliación del Parque Nacional Ce-rros de Amotape; Que, de conformidad con lo normado en el artículo 59.2 del Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas,aprobado por Decreto Supremo Nº 038-2001-AG, los dis-positivos legales a través de los cuales se establecen laszonas reservadas deben precisar, entre otros, la confor-mación de una comisión para definir su(s) categorías(s) yextensión definitiva, la cual incluirá la participación de laspoblaciones locales, Gobiernos Regionales y Municipales; Que, la norma de creación de la Zona Reservada de Tumbes, en razón a ser anterior a la dación de la Ley deÁreas Naturales Protegidas, dada por Ley Nº 26834, y sureglamento, no observó la formalidad de conformación dela comisión a que alude el artículo 59.2 del Reglamento dela Ley de Áreas Naturales Protegidas, por lo que no puedeser retroactiva su aplicación; Que, no obstante lo manifestado en el considerando precedente, el INRENA considera que en el marco del pro-ceso participativo que caracteriza la gestión de las áreasnaturales protegidas, sería conveniente constituir una "Co-misión encargada de revisar el expediente técnico de ca-tegorización de la Zona Reservada de Tumbes como Re-serva Nacional de Tumbes y ampliación del Parque Nacio-nal Cerros de Amotape", a fin de validar la propuesta; Que, la Intendencia de Áreas Naturales Protegidas del INRENA, mediante Informe Nº 044-2004-INRENA-IANP-DOANP, propone que la referida Comisión deberá estarconformada por representantes de instituciones públicasinvolucradas en la gestión de la Zona Reservada de Tum-bes, tales como representantes del Gobierno Regional deTumbes; la Municipalidad Provincial de Zarumilla; el Minis-terio del Interior; el Ministerio de Relaciones Exteriores yla Universidad Nacional de Tumbes; así como represen-tantes de instituciones privadas con experiencia de trabajoen el área, como Pronaturaleza y Proaves; además de re-presentantes del Comité de Gestión del Parque NacionalCerros de Amotape y del INRENA; Que, el INRENA, mediante Oficio Nº 1360-2003-INRE- NA-J-IANP, invitó a participar en el proceso de categori-zación al Gobierno Regional Tumbes; Que, mediante Informe Nº 127-2004-INRENA-OAJ, la Oficina de Asesoría Jurídica opinó que el INRENA, deconformidad con la normatividad vigente, no cuenta conlas facultades necesarias para convocar mediante una Re-solución Jefatural a representantes del Ministerio de Rela-ciones Exteriores, y del Ministerio del Interior; De conformidad con lo establecido en los literales b) y l) del artículo 8º, y artículo 13º de la Ley de Áreas Natura-les Protegidas, y el numeral 2 del artículo 59º de su regla-mento; y, En uso de las facultades otorgadas mediante el artícu- lo 8º, inciso j) del Reglamento de Organización y Funcio-nes del INRENA, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2003-AG y modificado por Decreto Supremo Nº 018-2003-AG; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Constituir la Comisión encargada de revi- sar el expediente técnico de categorización de la Zona Re-servada de Tumbes y la propuesta de ampliación del Par-que Nacional Cerros de Amotape, la que estará integradapor: - Un (1) representante de la Intendencia de Áreas Naturales Protegidas del Instituto Nacional de RecursosNaturales - INRENA, quien la presidirá; - Un (1) representante del Gobierno Regional de Tum- bes; - Un (1) representante de la Municipalidad Provincial de Zarumilla; - Un (1) representante de la Universidad Nacional de Tumbes; - Un (1) representante de Pronaturaleza;- Un (1) representante de Proaves; y, - El presidente del Comité de Gestión del Parque Nacio- nal Cerros de Amotape. Artículo 2º.- La mencionada Comisión se instalará dentro del plazo de quince (15) días hábiles siguientesa la fecha de publicación de la presente resoluciónjefatural, y presentará al Ministerio de Agricultura, lapropuesta de categorización de la Zona Reservada deTumbes y la propuesta de ampliación del Parque Nacio-nal Cerros de Amotape, en un plazo máximo de sesen-ta (60) días hábiles a partir de su instalación. Esta pro-puesta será producto de un trabajo participativo y de-berá definir, entre otros, los límites de dichas áreasnaturales protegidas. Artículo 3º.- A fin de garantizar la eficiencia del proce- so de revisión del expediente técnico de categorización dela Zona Reservada de Tumbes como Reserva Nacional deTumbes y ampliación del Parque Nacional Cerros de Amo-tape, la mencionada Comisión deberá solicitar opinión alos sectores de Relaciones Exteriores, de Defensa y delInterior. Artículo 4º.- Notificar a los Ministerios de Relaciones Exteriores, de Defensa y del Interior, así como a la Presi-dencia del Consejo de Ministros, de la expedición de lapresente resolución, invitándolos a integrarse a dicha Co-misión previa opinión favorable de la Presidencia del Con-sejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese.CÉSAR ALVAREZ FALCÓN Jefe 10662 /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G65/G6E/G20/G73/G69/G74/G75/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G75/G72/G67/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G6C/G61 /G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G67/G75/G72/G6F/G20/G76/G65/G2D /G68/G69/G63/G75/G6C/G61/G72/G20/G64/G65/G6C/G20/G49/G4E/G52/G45/G4E/G41/G20/G79/G20/G61/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G65/G78/G6F/G6E/G65/G2D /G72/G61/G72/G6C/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G6C/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E INSTITUTO NACIONAL DE RECURSOS NATURALES RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 050-2004-INRENA Lima, 30 de marzo de 2004 VISTO:El Informe Técnico Legal Nº 001-2004-INRENA-OA- OAJ, que constituye el Informe Técnico Legal exigido porel artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Con-trataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por De-creto Supremo Nº 012-2001-PCM, para los casos de exo-neración de procesos de selección. CONSIDERANDO: Que, el INRENA, en el Marco del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, convocó el ConcursoPúblico Nº 003-2003-INRENA, a fin de contratar unaempresa aseguradora para la cobertura del Programade Seguros de vehículos por el período 2003, otorgán-dose la Buena Pro a la empresa Sul América Compa-ñía de Seguros S.A., según las Bases Administrativasy Slipt Técnico presentado en su propuesta técnicaeconómica, las cuales no podrán alterar, modificar nisustituir; Que, con fecha 3 de julio del 2003 se suscribió el Contra- to Nº 1368-INRENA-2003/ OA-UL entre el INRENA y laempresa Sul América Compañía de Seguros S.A. con elobjeto que dicha empresa preste los servicios de cobertu-ra de seguros para los vehículos del INRENA a nivel na-cional, el mismo que tenía vigencia hasta el 3 de enero del2004; Que, visto el plazo de vigencia de contrato y siendo necesario contar con el servicio en mención, medianteCarta Nº 009-2004-INRENA-OA de fecha 8 de enerodel 2004, se solicitó la ampliación del 30% adicional alcontrato para la prestación del Servicio de Seguro Ve-hicular, de acuerdo a lo estipulado en el artículo 141ºdel Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisi-