Norma Legal Oficial del día 09 de junio del año 2004 (09/06/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 34

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 9 de junio de 2004

2. El directorio de la sociedad a traves de sesion del 26 de MORDAZA de 1999 otorgo "poderes de representacion judicial" a MORDAZA MORDAZA Pestana MORDAZA (asiento C00003); asimismo, mediante sesion del 20 y 30 de MORDAZA de 2003 el directorio acordo ratificarlo en el cargo (asiento C00008). De otro lado, segun aparece del asiento C00009, el cargo de gerente general es actualmente ocupado por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en calidad de "interino" y en reemplazo de MORDAZA MORDAZA Freundt (asiento C00003 y C00005), ello en virtud de un mandato judicial. En efecto, del titulo archivado Nº 3636 del 22 de octubre de 2003, que dio merito a la extension del asiento C00009, aparece que mediante Resolucion Nº 1 del 3 de octubre de 2002 y su aclaratoria del 2 de diciembre del mismo ano (Exp. 302-2003-2JCB, en los seguidos por la Sucesion Testamentaria MORDAZA MORDAZA MORDAZA, sobre medida cautelar), el MORDAZA Juzgado Civil de Huaura que despacha el Juez MORDAZA MORDAZA MORDAZA Culantres concedio una medida cautelar generica o innominada disponiendo: "suspender el acuerdo social de ratificacion del senor MORDAZA MORDAZA Freundt como gerente general (...)" y "designar al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, gerente general interino (...)". 3. Mediante el titulo venido en grado, el referido gerente general interino, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en ejercicio de las facultades reconocidas en el articulo 33 del estatuto, literal B), decidio remover del cargo de "apoderado judicial" a MORDAZA MORDAZA Pestana MORDAZA, a traves de escritura publica del 17 de febrero de 2004, notario de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ugarte. Siendo que la observacion formulada se centra en los alcances del articulo 33 del estatuto, especificamente respecto de las facultades judiciales contenidas en el literal B), referentes a "nombrar apoderados judiciales y removerlos", es que se procedera a su analisis y resolucion. 4. De acuerdo al esquema jerarquico planteado por la Ley General de Sociedades, la junta general de accionistas es el "organo supremo de la sociedad" (articulo 111). Este organo tiene como facultad elegir a los miembros del directorio (inciso 3 del articulo 114), disponer su remocion y la designacion de sus reemplazantes (inciso 1 del articulo 115). A su vez, el directorio1 designa a los gerentes - salvo que el estatuto reserve esa facultad a la junta general (articulo 185) -; siendo que en el presente caso, el estatuto social ha establecido esta facultad en favor del directorio (articulo 32 estatuto).2 En cuanto a las atribuciones que a cada uno le corresponden han sido fijadas en la Ley General de Sociedades. Respecto al directorio, sus facultades se encuentran previstas en el articulo 172 de la citada ley y, respecto al gerente, se encuentran determinadas en el articulo 188 de la misma ley. 5. Del MORDAZA normativo glosado y del propio estatuto social se colige que si bien ambos conforman la administracion de la sociedad, el directorio es un organo jerarquicamente superior al de la gerencia (incluso su eleccion y remocion dependen del primero), siendo que las facultades que a cada uno le corresponden han sido delimitadas en la ley. 6. En el presente caso, un gerente (gerente general interino) ­ mediante escritura publica del 17 de febrero de 2004 -, pretende dejar sin efecto un acuerdo adoptado por el directorio (sesion del 26 de MORDAZA de 1999 y sesiones del 20 y 30 de MORDAZA de 2003); es decir, busca remover del cargo a un apoderado judicial designado anteriormente por el directorio, sustentado en que el literal b) del articulo 33 del estatuto le faculta a "nombrar apoderados judiciales y removerlos". 7. En MORDAZA, conforme a la jerarquia de organos y division de competencias establecida en la Ley y en el propio estatuto, los acuerdos adoptados por un organo superior no podrian ser dejados sin efecto por uno inferior, salvo en aquellos casos en los que la ley 3 o el propio estatuto asi lo establezcan expresamente por con-

venir a los intereses sociales; lo cual no ocurre en el presente caso. 8. Sin perjuicio de lo anterior, debe decirse que el literal b) del articulo 33 del estatuto en que se sustenta la actuacion del gerente se refiere a aquellos casos de apoderados designados por el mismo, no asi a aquellos casos referentes a acuerdos de organos superiores. 9. Finalmente, la medida cautelar generica concedida y que diera merito a la inscripcion en el asiento C0009 de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como gerente general interino, no ha afectado en modo alguno las facultades del directorio. En conclusion, corresponde confirmarse la observacion formulada por el Registrador Publico del Registro de Sociedades de la MORDAZA Registral Nº IX ­ Sede Huacho. Estando a lo acordado por unanimidad; VII. RESOLUCION CONFIRMAR la observacion formulada por el Registrador Publico al titulo referido en el encabezamiento, conforme a los fundamentos expuestos en la presente Resolucion. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta (e) de la MORDAZA Sala del Tribunal Registral MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vocal del Tribunal Registral MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vocal del Tribunal Registral

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Articulo 172 de la Ley General de Sociedades.- Gestion y representacion del directorio El directorio tiene las facultades de gestion y de representacion legal necesarias para la administracion de la sociedad dentro de su objeto, con excepcion de los asuntos que la ley o el estatuto atribuyan a la junta general. Articulo 32 del Estatuto: La sociedad tendra uno o mas gerentes, uno de los cuales tendra la denominacion de gerente general. El gerente sera designado por el directorio y por plazo indeterminado. Articulo 187 de la Ley General de Sociedades: El gerente puede ser removido en cualquier momento por el directorio o por la junta general, cualquiera que sea el organo del que MORDAZA emanado su nombramiento. Es nula la disposicion del estatuto o el acuerdo de la junta general o del directorio que establezca la irrevocabilidad del cargo de gerente o que imponga para su remocion una mayoria superior a la mayoria absoluta.

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SUNAT
Dejan sin efecto designaciones, ratifican y designan diversos Auxiliares Coactivos de la Intendencia de Aduana Maritima del Callao
INTENDENCIA DE ADUANA MARITIMA DEL CALLAO RESOLUCION DE INTENDENCIA Nº 118-01/2004-000441 3 de junio de 2004

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