Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE JUNIO DEL AÑO 2004 (23/06/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 44

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G31/G31/G39/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 23 de junio de 2004 cipal de Transporte Urbano (Arteriales, Expresas y Co- lectores de la Ordenanza 341). La propuesta deberá serpresentada dentro de los quince (15) días naturales del primer mes del trimestre respectivo y deberá contener: 1. Un Plano general (en formato A-1) de ubicación donde se muestre el recorrido de la ruta y todos los pa- raderos propuestos. 2. Un croquis de ubicación precisando el norte geográ- fico por cada paradero de ruta (escala 1:500 y formato A-4), donde se muestren las características operaciona-les de la vía (número de carriles, sentidos de circula- ción, bermas laterales y centrales, tipo de pavimento, proximidad a semáforos, veredas, etc.) y puntos dereferencia (colegios, mercados, puentes peatonales, u otros puntos atractores). 3. Por lo menos 2 fotografías por cada punto propuesto para paradero de ruta donde se visualice la capacidad del paradero propuesto así como las características ope- racionales de la vía. Los paraderos de ruta solicitados deben estar ubica- dos a una distancia ideal de 300 metros entre sí. Comomínimo debe haber una distancia de 250 metros entre los paraderos de ruta y como máximo, 500 metros, salvo imposibilidad física en la vía o necesidad debidamentesustentada en la excesiva o poca demanda, que justifi- quen variar dichas distancias. Es facultad de la empresa presentar su propuesta de paraderos en la totalidad de las vías Arteriales, Expresas y Colectoras que comprenden el itinerario de la ruta que tiene concesionada o autorizada en el primer trimestre ode manera trimestral según la relación de vías que esta- blezca la Dirección Municipal de Transporte Urbano. Artículo 4º.- La Dirección General de Transportes au- torizará el lugar de instalación del paradero de ruta y la Dirección de Señalización establecerá la instalación e implementación de las señales respectivas. La Dirección General de Transportes ordenará la instalación de los paraderos de ruta en forma prorrateada y equitativa en- tre todas las empresas que comparten la vía en estudio. Las empresas que presenten su solicitud con fecha posterior a la establecida en el artículo 3º sobre para- dero de ruta, será declarada improcedente de plano, sinmayor trámite que la comprobación de que se ha incurri- do en la situación prevista en este numeral. Todas las empresas, hayan o no presentado su solici- tud, están obligadas a respetar los paraderos de ruta. Quien no haya participado en el trámite o no haya cum- plido con la implementación de los paraderos de ruta, noserá acreedora al porcentaje de descuento del trimestre correspondiente, así como los restantes establecidos en el presente anexo. Después de la presentación de la solicitud de la empresa, el proceso de evaluación de la autorización de los paraderos de ruta, es el siguiente: 1. Al día siguiente de recibida la solicitud la Dirección General de Transportes remitirá a la Oficina de Estudiosy Proyectos, el expediente presentado, a fin de elaborar el informe técnico respectivo, que será emitido dentro de los veinte (20) días naturales siguientes a la presenta-ción de la solicitud, luego de los cuales se remitirá a la Dirección General de Transportes. Los parámetros para la elaboración del informe técni- co para aprobar la instalación de un paradero de ruta son: a. Clasificación y estudio de las vías donde se ha solicitado la instalación de los paraderos de ruta. b. Necesidad del paradero de ruta, en función de la afluencia de público y centros atractores (demanda). Se podrá definir la instalación del paradero de ruta en un lugar distinto al solicitado por la empresa. 2. La Dirección General de Transportes, remitirá al siguiente día a la Oficina de Asesoría Legal, el informe técnico de la Oficina de Estudios y Proyectos, a fin deque dentro de los dos (2) días siguientes, emita la opi- nión correspondiente.3. La resolución o resoluciones serán emitidas por la Dirección General de Transportes al siguiente día de re-cibido el informe legal, en la cual se precisará: a) Autorización de la instalación de los paraderos de ruta factibles, con expresa y exacta determinación del lugar en el que se instalarán los mismos. b) Denegará los que no se ajusten a los parámetros técnicos. 4. Al día siguiente de emitida, se derivará la resolución y sus antecedentes (solicitud, informes y demás documentos que integran el expediente) a la Dirección de Señalización. Artículo 5º.- Al día siguiente de recibida la resolu- ción de la Dirección General de Transportes y sus an- tecedentes, la Dirección de Señalización dispondrá larealización del informe técnico correspondiente, con la finalidad de determinar las señales necesarias para el correcto funcionamiento del paradero de ruta. 1. El informe técnico deberá ser emitido dentro de los quince (15) días naturales siguientes de recibida la re-solución y antecedentes. 2. Con el informe técnico, la Dirección de Señaliza- ción recomendará la instalación e implementación de lasseñales respectivas, estableciendo sus materiales, co- lores, dimensiones y demás características de confor- midad con el Manual de Dispositivos de Control del Trán-sito Automotor para Calles y Carreteras, aprobado por Resolución Ministerial Nº 210-2000-MTC/15.02. 3. La Dirección de Señalización al día siguiente de la emisión de su informe técnico remitirá copia del mismo con todos los antecedentes a la Dirección General de Transportes. Artículo 6º.- Una vez recibido el informe técnico de la Dirección de Señalización, la Dirección General deTransportes notificará su resolución indicada en el artí- culo 4º, acompañada del informe mencionado en el pre- sente artículo, para la implementación del paradero yseñales, a cargo y por cuenta de la empresa. Artículo 7º.- Los paraderos de ruta serán implemen- tados de la siguiente manera: 1. Se instalará la señal vertical I-20, cumpliendo con los parámetros establecidos en el Manual de Dispositi-vos de Control del Tránsito Automotor para Calles y Carre- teras, aprobado por Resolución Ministerial Nº 210-2000- MTC/15.02. 2. En el caso que lo amerite y de acuerdo al informe técnico, serán instaladas adicionalmente las siguientes señales: 2.1. R-27: Cuando sea necesario evitar el estaciona- miento en zona prohibida. 2.2. R-29: Cuando existan en las inmediaciones hospi- tales o centros de salud. 2.3. R-34: Cuando sea necesario desagregar la circulación de los vehículos de transporte público del particular, debido a los niveles de congestión. En este caso, deberá complementarse con marcas en el pavi-mento con inscripciones “SOLO BUSES”. 2.4. R-44: Cuando sea necesario informar al conductor de que está prohibido el uso de la zona como paradero de ruta. 2.5. P-48: Cuando el cruce peatonal previamente deli- mitado sea de uso constante por los peatones. 3. La Dirección de Señalización podrá disponer la ins- talación de otras señales verticales o marcas en el pavi- mento, que se encuentren sustentadas en el informe téc-nico. Artículo 8º.- La instalación e implementación del pa- radero de ruta y de las señales y marcas corre por cuen- ta y a cargo de la empresa. Artículo 9º.- La Dirección General de Transportes, una vez notificada la resolución, conforme al artículo 6º, proce- derá a disponer que la Dirección de Supervisión, Control y