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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE JUNIO DEL AÑO 2004 (24/06/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 36

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G31/G32/G34/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 24 de junio de 2004 ciones 2004 de la Sede del Gobierno Regional de Apurí- mac, los seis (6) proyectos de inversión que a la fechacuenta con viabilidad, para la ejecución de obras por Administración Directa, las mismas que se detallan a continuación; Que, el Artículo 8º del Decreto Supremo Nº 013-2001- PCM, que reglamenta la Ley de Adquisiciones y Contra- taciones del Estado, estipula que “Las Licitaciones Pú-blicas, Concursos Públicos y Adjudicaciones Directas no contenidas en el Plan Anual deberán ser aprobados por el Titular del Pliego o la máxima autoridad administrativade la Entidad, según corresponda, para su inclusión en el mismo, lo cual deberá informarse al CONSUCODE, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a dichaaprobación"; Que, el numeral 7 de las Disposiciones Específi- cas de la Directiva Nº 005-2003/CONSUCODE/PRE,establece que el Plan Anual de Adquisiciones y Con- trataciones podrá ser modificado en cualquier momen- to, durante el curso del ejercicio presupuestal, siem-pre que se produzca una reprogramación de las me- tas institucionales propuestas o una modificación del presupuesto institucional. En tal sentido toda modifi-cación del Plan Anual de Adquisiciones y Contrata- ciones sea por inclusión o exclusión de algún proceso de selección para la adquisición y/o contratación debienes, servicios u obras deberá ser aprobada, en cual- quier caso, mediante instrumento emitido por el órga- no o funcionario en el que se haya delegado la com-petencia para la aprobación del Plan Anual de Adqui- siciones y Contrataciones; CORR. META PROYECTO 0059Mejoramiento y Ampliación Colegio Secunda- rio de Menores Fray Diego del distrito de Pro- greso 0060Mejoramiento y Construcción Centro Educati- vo de aplicación de la provincia de Grau 0061Mejoramiento y Construcción Colegio Secun- dario de Menores del distrito de Cachora 0062Ampliación Colegio Estatal Mixto Agropecua- rio del distrito de Chalhuahuacho 0063Construcción Instituto Superior Tecnológico de la provincia de Antabamba 0064Mejoramiento de Aula y Construcción de Ser- vicios Higiénicos del C.E.I. Nº 14 de la provin-cia de Aimaraes Estando a lo expuesto en los considerandos prece- dentes y contando con el Visto Bueno, de los Directores Regionales de Administración, Asesoría Jurídica, Geren-cia Regional de Infraestructura, Gerencia Regional de Presupuesto, Planeamiento y Acondicionamiento Terri- torial y Gerente General Regional; en uso de las faculta-des conferidas mediante Ley Nº 27867 Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales y su modificatoria Ley Nº 27902 y credencial de Jurado Nacional de Eleccionesdel 17 de diciembre del 2003; SE RESUELVE : Artículo Primero.- APROBAR la “Inclusión de Bie- nes en los Procesos de Selección” que modifica el PlanAnual de Adquisiciones y Contrataciones para el ejerci- cio 2004 del Gobierno Regional Apurímac, referidos a los proyectos de inversión señalados en la parte consi-derativa. Artículo Segundo.- DISPONER que la Dirección Regional de Administración comunique al Consejo Su-perior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE y a la Comisión de Promoción de la Pe- queña Empresa PROMPYME, la modificación efectua-da a través de la presente Resolución dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de aproba- ción.Artículo Tercero.- DISPONER a la Dirección Re- gional de Administración, para que publique la pre-sente resolución en el Diario Oficial El Peruano den- tro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de su aprobación, así como la publicación de la mo-dificatoria del Plan Anual de Adquisiciones y Contra- taciones en la página WEB del Gobierno Regional de Apurímac. Artículo Cuarto.- TRANSCRIBIR, la presente Reso- lución al Órgano de Control Institucional, y a los órganos operativos del Gobierno Regional de Apurímac, para suconocimiento y fines. Regístrese y comuníquese. LUIS BELTRÁN BARRA PACHECO Presidente 11914 GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUE /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G65/G6A/G65/G63/G75/G74/G61/G72/G20/G6F/G62/G72/G61/G73/G20/G79/G20/G61/G63/G74/G69/G76/G69/G64/G61/G64/G65/G73 /G64/G65/G20/G72/G65/G68/G61/G62/G69/G6C/G69/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G53/G65/G63/G74/G6F/G72/G20/G41/G67/G72/G69/G63/G75/G6C/G74/G75/G2D/G72/G61/G2C/G20/G6D/G65/G64/G69/G61/G6E/G74/G65/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G61/G64/G6A/G75/G64/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G64/G65/G20/G6D/G65/G6E/G6F/G72/G20/G63/G75/G61/G6E/G74/GED/G61 RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 352-2004-GR.LAMB/PR Chiclayo, 16 de junio de 2004 VISTO:El Oficio Nº 758-2004-GR-LAMB/GRIN y el Informe Legal Nº 233-2004-GR-LAMB/ORAJ, emitidos por la Ge-rencia Regional de Infraestructura y la Oficina Regional de Asesoría Jurídica, respectivamente, de la sede del Gobierno Regional Lambayeque; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 027-2004-PCM publicado el día 30 de marzo del 2004 en el Diario Ofi- cial El Peruano, se DECLARA en Estado de Emergencia por desastres naturales del departamento de Lamba-yeque, por un plazo de sesenta (60) días naturales, para la ejecución de obras y actividades de Rehabilitación del Sector Agricultura, conforme a las razones expuestas enla parte considerativa del presente Decreto Supremo, exonerando de los procesos de selección correspondien- tes; Que, con Decreto Supremo Nº 041-2004-PCM, publicado el día 3 de junio de 2004, en el Diario Oficial El Peruano, se prorroga por el término de sesenta (60)días naturales, el Estado de Emergencia que fue decla- rado por el Decreto Supremo Nº 027-2004-PCM, en el departamento de Lambayeque, las provincias de Ayaba-ca, Huancabamba y Morropón del departamento de Piu- ra y la provincia de Santa Cruz del departamento de Caja- marca; Que, el literal c) del Art. 19º del Texto Único Ordena- do de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Es- tado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM,establece que están exonerados de los Procesos de Li- citación Pública, Concurso Público o Adjudicaciones Di- rectas, según sea el caso, las contrataciones que se rea-licen en Situación de Emergencia declaradas de confor- midad con el referido texto normativo; Que, una vez aprobada la exoneración correspondien- te, la contratación debe efectuarse a través de un Proce- so de Adjudicación de Menor Cuantía conforme a lo es- tablecido en el literal b) numeral 4 del Art. 14º del Regla-mento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del